ORDEN de 31 de enero de 2000, de modificación de la Orden de 30 de noviembre de 1998, sobre delegación de determinadas atribuciones y aprobación de las delegaciones efectuadas por otras autoridades.

La Orden de 30 de noviembre de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" del día 9 de diciembre), por la que el Ministro del Interior delega determinadas atribuciones y aprueba las delegaciones efectuadas por otras autoridades, ha permitido agilizar el funcionamiento administrativo del departamento incrementando los niveles de eficacia en la gestión. En el apartado cuarto de la misma se delegan determinadas atribuciones en el Director general de la Policía.

La entrada en vigor de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social ("Boletín Oficial del Estado" del 12), aconseja, por razones de eficacia en la gestión, delegar una nueva atribución en el Director general de la Policía.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a propuesta de los centros directivos afectados, dispongo:

Primero.- Se añade un nuevo párrafo al apartado cuarto, punto 1, de la Orden de 30 de noviembre de 1998 (atribuciones que serán ejercidas por el Director general de la Policía, por delegación de las autoridades que se expresan), que queda dividido en dos números ; el número 1.1 con la redacción anterior del número 1, y con el número 1.2 el texto siguiente:

"1.2 Del Ministro titular del departamento, la resolución de los recursos de alzada que se interpongan contra las resoluciones que acuerden el retorno a su punto de origen de los extranjeros a los que en frontera no se les permita el ingreso en territorio español, conforme a lo establecido en el artículo 56.1 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social".

Segundo.- La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 31 de enero de 2000.

MAYOR OREJA

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 27 del Martes 1 de Febrero de 2000. Otras disposiciones, Ministerio Del Interior.

Notas

  • Entrada en vigor 1 de febrero de 2000.
  • Esta norma ha dejado de estar vigente

Materias

  • Delegación de atribuciones
  • Dirección General de la Policía
  • Ministerio del Interior

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