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Advertidos errores en la inserción del texto de la Circular 1/1999, de 4 de noviembre, de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, sobre la implantación de la preasignación de operador por los operadores dominantes en el mercado de redes públicas de telecomunicación fijas (publicada en el "Boletín Oficial del Estado" número 270, de 11 de noviembre), se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
En la página 39297, en el segundo párrafo del apartado 3.3.1, descripción del proceso, donde dice: "El operador de acceso procederá a notificar al operador preseleccionado la nueva situación del abonado cuando se produzca alguno de los supuestos contemplados en la sección no se encuentra el origen de la referencia"; deberá decir: "El operador de acceso procederá a notificar al operador preseleccionado la nueva situación del abonado cuando se produzca alguno de los supuestos contemplados en la sección 3.3.3".
En la página 39298, en el subapartado 1 del apartado 3.3.2, interacciones/mensajes del proceso, donde dice: "Un abonado de un operador de acceso pasa a una de las situaciones contempladas en la sección no se encuentra el origen de la referencia"; deberá decir: "Un abonado de un operador de acceso pasa a una de las situaciones contempladas en la sección 3.3.3".
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 277 del Viernes 19 de Noviembre de 1999. Disposiciones generales, Ministerio De Fomento.