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Advertidos errores numéricos en la inserción del artículo 3 de la Orden
de 8 de julio de 1998 por la que se establecen las normas para la solicitud
y concesión de las ayudas al lino textil y al cáñamo para la campaña
de comercialización 1998-1999, publicada en el "Boletín Oficial del Estado"
número 170, del 17, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En la página 24146, artículo 3, cuantía y límites de las ayudas, en:
Lino enriado sin desgranar, donde dice: "615,16 ecus/hectárea", debe
decir: "615,40 ecus/hectárea".
Cáñamo, donde dice: "622,88 ecus/hectárea", debe decir: "662,88
ecus/hectárea".
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 37 del Viernes 12 de Febrero de 1999. Otras disposiciones, Ministerio De Agricultura, Pesca Y Alimentación.