Resolución de 8 de junio de 1998, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Gestión Universitaria de la misma.

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto 861/1985, de 24 de abril ("Boletín Oficial del Estado" de 11 de junio), modificados por el Real Decreto 1555/1991 de 11 de octubre ("Boletín Oficial del Estado" de 4 de noviembre), por el que se aprueba la reforma de los Estatutos y se dispone la publicación completa de los mismos y con el fin de atender a las necesidades del personal de administración y servicios,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 18 de la Ley 11/1983, de Reforma Universitaria, en relación con el artículo 3.e) de la misma norma, así como de los Estatutos de esta Universidad, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Gestión Universitaria de la Universidad Complutense de Madrid, con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 20 plazas por el sistema de promoción interna y sistema general de acceso libre.

Del total de plazas que se convocan, se reservará un 3 por 100, para ser cubiertas por personas con minusvalía, con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada parcialmente por la Ley 23/1988.

1.1.1 El número total de vacantes reservadas al sistema de promoción interna asciende a 17 plazas.

1.1.2 El número total de vacantes reservadas al sistema general de acceso libre asciende a 3 plazas.

1.1.3 Las plazas sin cubrir de las reservadas tanto al cupo de promoción interna como al de personas con minusvalía, se acumularán a las del sistema general de acceso libre.

En este sentido, la fase de oposición del sistema de promoción interna, finalizará antes que la correspondiente al sistema general de acceso libre. El Presidente del Tribunal coordinará ambos procesos con esta finalidad.

1.1.4 Los aspirantes que ingresen por el sistema de promoción interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril), tendrán, en todo caso, preferencia sobre los aspirantes provenientes del sistema general de acceso libre, para cubrir las vacantes correspondientes. Asimismo, podrán solicitar que se les adjudique destino en el puesto que vinieran desempeñando. En caso de que la Universidad accediera a lo solicitado, quedarán excluidos del sistema de adjudicación de destino, por el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo.

1.1.5 Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos sistemas.

1.2 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la Ley 30/1984 de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988 de 28 de junio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y de Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, los Estatutos de la Universidad Complutense y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3 El proceso selectivo constará, para acceso libre, de una fase de oposición, y para promoción interna, de una fase de concurso y una fase de oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso, una vez aplicado lo dispuesto en la base 1.1.4 de esta convocatoria.

1.6 El primer ejercicio de la oposición se iniciará a partir de la primera quincena del mes de octubre. Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a la fecha en que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de oposición, el Rectorado de la Universidad hará pública la lista de los aspirantes, con la puntuación obtenida en la fase de concurso. Dichas listas deberán ponerse de manifiesto, en todo caso, en el local donde se vaya a celebrar el primer ejercicio de la fase de oposición y en el tablón de anuncios del Rectorado de esta Universidad.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español u ostentar la condición de nacional de un Estado miembro de la Unión Europea.

2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años y no haber alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida.

2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Diplomado, Ingeniero técnico, Arquitecto técnico, Formación Profesional de tercer grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria quinta de la Ley 30/1984 de 2 de agosto, se considera equivalente al título de Diplomado Universitario, el haber superado tres cursos completos de licenciatura.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.5 No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.6 Si se trata de aspirantes a las plazas reservadas a personas afectadas de minusvalías, deberán presentar una discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100.

2.2 Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno de promoción interna deberán pertenecer el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, a un Cuerpo o Escala adscrito al grupo C, del artículo 25 de la Ley 30/1984, excluidos los Cuerpos o Escalas de Archivos y Bibliotecas, tener plaza en propiedad en la Universidad Complutense, poseer una antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a que pertenezcan y reunir los demás requisitos exigidos.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, en alguno de los Cuerpos o Escalas anteriormente citados, serán computables a efectos de antigüedad, para participar por promoción interna en estas pruebas selectivas.

2.3 Todos los requisitos enumerados en las bases 2.1 y 2.2 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán presentar modelo de instancia que les será facilitada gratuitamente en los Gobiernos de las Comunidades Autónomas, en la Dirección General de la Función Pública (calle María de Molina, 50, Madrid), en el Centro de Información Administrativa de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública (paseo de la Habana, 140, Madrid), en los Rectorados de todas las Universidades Públicas del Estado, así como en el Registro General de la Universidad Complutense de Madrid (Rectorado, avenida de Séneca, 2, Madrid). A la instancia se acompañarán dos fotocopias legibles del documento nacional de identidad o documentación acreditativa correspondiente (base 2.1.1).

Los aspirantes por el sistema de promoción interna deberán presentar, unida a su solicitud, certificación expedida por el Servicio de Personal (según modelo que figura como anexo V a esta convocatoria).

3.2 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1 "Ejemplar para el órgano convocante" del modelo de solicitud) se hará en el Registro General del Rectorado de esta Universidad o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley de 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirán al magnífico y excelentísimo señor Rector de la Universidad Complutense de Madrid.

Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.

El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen, salvo que justifique el ingreso de tales derechos mediante la cumplimentación y sellado por la entidad bancaria de la parte inferior de la solicitud destinada a tal efecto.

Todas aquellas solicitudes que no sean presentadas siguiendo el procedimiento señalado en la base 3.2 se considerarán entregadas en la fecha en que tengan entrada en el Registro General de la Universidad Complutense de Madrid.

3.3 Los aspirantes por el sistema general de acceso libre, con grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, que deseen participar en las pruebas selectivas por el cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo en el recuadro 8 de la solicitud y expresar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria, utilizando para ello el recuadro 9.

3.4 En el recuadro relativo a "Datos a consignar según las bases de la convocatoria", apartado A), se deberá consignar el idioma francés, inglés y/o alemán, que los aspirantes eligen para el tercer ejercicio en sistema de promoción interna y cuarto ejercicio en el sistema general de acceso libre, optativo y de mérito.

3.5 Los derechos de examen serán de 3.500 pesetas, y se ingresarán en la cuenta número 2014012633 de la entidad Banco Central-Hispano (0049), agencia 2659 (oficina principal), o en la cuenta número 6000679503, DC 62, de la entidad Caja Madrid (2038), agencia 1122, bajo el nombre "Universidad Complutense de Madrid Derechos de Examen".

En la solicitud deberá figurar el sello de la entidad bancaria a través de la cual se realiza la transferencia a la cuenta indicada, acreditativo del pago de los derechos y cuya falta determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la presentación y pago en la mencionada entidad supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

3.7 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 3.2. para la presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza, salvo causa excepcional sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por el Tribunal.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias el Rector de la Universidad Complutense de Madrid dictará Resolución, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", y en la que, además de declarar aprobada la relación de admitidos y excluidos, se recogerá el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio, así como la relación de los aspirantes excluidos, con indicación de las causas de exclusión. En la relación deberá constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número del documento nacional de identidad.

La relación de admitidos y excluidos aprobada en dicha Resolución se publicará en los tablones de anuncios del Rectorado (avenida de Séneca, 2, Madrid).

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión, o su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión, justificando su derecho a estar incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

La Resolución que apruebe definitivamente la lista de admitidos, pondrá fin a la vía administrativa, y, contra la misma, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala Segunda de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, previa comunicación al Rectorado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.3 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, solamente a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la realización de las pruebas selectivas.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como anexo III en esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran circunstancias previstas en la presente base.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado", resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del Tribunal, que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal, con asistencia del Presidente y del Secretario y la de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal para actuar válidamente requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad Complutense.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías, gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías que lo soliciten, en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral, sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Si en la realización de los ejercicios se suscitaran dudas al Tribunal, respecto de la capacidad de un aspirante por el cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad, para el desempeño de las actividades habitualmente desarrolladas por los funcionarios de la Escala a que se opta, podrá recabar el correspondiente dictamen de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de la oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del entonces Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial del Estado" del 22) o cualesquiera otros equivalentes, previa aprobación por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren nombres, marcas o signos que permitan conocer la identidad del opositor.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad Complutense de Madrid (avenida de Séneca, 2) teléfonos: 91 394 10 00 y 91 394 33 40).

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas, tendrá la categoría segunda de las recogidas en el anexo IV del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" del 19).

5.12 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra Ñ, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 15 de abril de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" del 18), por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 3 del mismo mes.

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo, en todo caso, excluidos de la oposición quienes no comparezcan al mismo, dado el carácter de unidad de acto de la convocatoria, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados por el Tribunal.

6.4 Concluido cada uno de los ejercicios, los aspirantes podrán llevarse los cuestionarios de examen correspondientes, y el Tribunal procederá a publicar en los locales a que se refiere el párrafo siguiente el cuestionario de examen y la plantilla de respuestas, correspondientes al primer ejercicio, en un plazo máximo de cuarenta y ocho horas, a contar desde la fecha de realización de los mismos.

6.5 La publicación del anuncio de celebración del segundo ejercicio y los posteriores, se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado el primero o anteriores ejercicios, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y por cualesquiera otros medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación del mismo. Cuando se trate del mismo ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde se haya celebrado, en la citada sede del Tribunal, y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con doce horas, al menos, de antelación.

6.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad convocante, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y en aquellos otros que estime oportuno, la relación de aspirantes aprobados, por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su documento nacional de identidad.

El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista de aprobados al Rector de la Universidad, especificando, igualmente, el número de aprobados en cada uno de los ejercicios.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hicieron públicas las listas de aprobados en el lugar o lugares de examen, los opositores aprobados deberán presentar en el Servicio de Personal de Administración de la Universidad Complutense de Madrid los siguientes documentos:

A) Fotocopia del título de Diplomado Universitario, Ingeniero técnico, Arquitecto técnico, Formación Profesional de tercer grado o equivalente o certificación de haber superado tres cursos completos de licenciatura universitaria.

B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo IV a esta convocatoria.

C) Los aspirantes con minusvalía con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 deberán acreditar tal condición, si obtuvieran plaza, mediante certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.

8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo del que dependiesen para acreditar tal condición, con expresión del número e importe de trienios así como la fecha de su cumplimiento.

8.3 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base 2.1, no podrán ser nombrados funcionarios, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.4 La petición de destinos por parte de los aspirantes aprobados deberá realizarse por orden de puntuación ante el Rectorado de la Universidad, previa oferta de los mismos, de acuerdo con lo establecido en el punto 1.5 de esta convocatoria.

8.5 Por la autoridad convocante y a propuesta del Tribunal calificador se procederá al nombramiento de funcionarios de carrera, mediante Resolución, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación del destino adjudicado.

La propuesta de nombramiento deberá acompañarse de fotocopia del documento nacional de identidad de los aspirantes aprobados, del ejemplar de la solicitud de participación en las pruebas selectivas enviado a la Universidad convocante, así como del certificado a que se refiere la base 3.1.

8.6 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será efectuada en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la fecha de publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".

9. Norma final

La presente convocatoria, y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados, en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las Resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en dicha Ley de Procedimiento Administrativo.

Madrid, 8 de junio de 1.998.-El Rector, Rafael Puyol Antolín.

ANEXO I

Fases, ejercicios y valoración

1. Ejercicios

1.1 El procedimiento de selección por el sistema de promoción interna, constará de las siguientes fases: Concurso y oposición.

1.1.1 En la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán, conforme al punto 2.1.1 de este anexo, los servicios efectivos prestados o reconocidos, al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de enero de 1979), hasta la fecha de publicación de esta convocatoria en algunos de los Cuerpos, Escalas o plazas señaladas en la base 2.2 de esta convocatoria, así como el grado personal consolidado y el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se tenga en propiedad en esa misma fecha.

A efectos de esta valoración, deberá aportarse, junto con la solicitud de admisión a las pruebas, certificación expedida, de acuerdo con el modelo que figura como anexo V de esta Resolución, por el Servicio de Personal de Administración de la Universidad.

1.1.2 La fase de oposición estará formada por los ejercicios que a continuación se indican, siendo eliminatorios los dos primeros:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de 100 preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el contenido del programa de estas pruebas a que hace referencia el anexo II, exceptuando las materias comprendidas en el grupo I. "Organización del Estado y de la Administración Pública" (temas 1 al 14, ambos inclusive). Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente.

El citado cuestionario será elegido, de entre tres propuestos por el Tribunal, mediante la realización de un sorteo público antes del comienzo del ejercicio.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de noventa minutos.

Segundo ejercicio: El Tribunal presentará, desglosados en preguntas, ocho supuestos de carácter práctico, dos de cada uno de los siguientes grupos de materias del programa: Derecho Administrativo, Gestión de Personal, Gestión Financiera y Gestión Universitaria.

En el mismo acto del ejercicio, se procederá a elegir, mediante sorteo público antes del comienzo del mismo, cuatro supuestos de los ocho presentados por el Tribunal, uno de cada uno de los citados grupos de materias del programa. Los aspirantes optarán por dos de los cuatro supuestos prácticos obtenidos del sorteo indicado.

Para su resolución los aspirantes deberán desarrollar por escrito las diferentes preguntas que se planteen en cada uno de los supuestos prácticos elegidos.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas.

Este ejercicio deberá ser leído por los opositores en sesión pública ante el Tribunal. Se valorará especialmente la formación y los conocimientos generales, la claridad y orden de ideas.

Tercer ejercicio (voluntario y de méritos): Consistirá en una traducción directa, sin diccionario.

Los idiomas sobre los que versará dicha traducción serán francés, inglés y/o alemán, a elección del aspirante.

Para la realización de este ejercicio se dispondrá de un tiempo máximo de una hora para cada idioma.

1.2 El procedimiento de selección de los aspirantes por el sistema general de acceso libre será el de oposición.

1.2.1 La fase de oposición, estará formada por los ejercicios que a continuación se indican, siendo eliminatorios los tres primeros:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de 125 preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el contenido del programa de estas pruebas a que hace referencia el anexo II.

El citado cuestionario será elegido, de entre tres propuestos por el Tribunal, mediante la realización de un sorteo público antes del comienzo del ejercicio.

Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de dos horas.

Segundo ejercicio: El Tribunal presentará, desglosados en preguntas, ocho supuestos de carácter práctico, dos de cada uno de los siguientes grupos de materias del programa: Derecho Administrativo, Gestión de personal, Gestión financiera y Gestión universitaria.

En el mismo acto del ejercicio, se procederá a elegir, mediante sorteo público antes del comienzo del mismo, cuatro supuestos de los ocho presentados por el Tribunal, uno de cada uno de los citados grupos de materias del programa.

Para su resolución los aspirantes deberán desarrollar por escrito las diferentes preguntas que se planteen en cada uno de los cuatro supuestos prácticos propuestos.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuatro horas.

Este ejercicio deberá ser leído por los opositores en sesión pública ante el Tribunal. Se valorará especialmente la formación y los conocimientos generales, la claridad y orden de ideas.

Tercer ejercicio: Los aspirantes, en un tiempo máximo de tres horas, deberán desarrollar por escrito cuatro epígrafes de entre cinco propuestos, según el procedimiento que se indica en el siguiente párrafo.

En el mismo acto del ejercicio, se procederá a elegir, mediante sorteo, cinco temas, uno de cada uno de los siguientes grupos de materias del programa: Organización del Estado y de la Administración Pública, Derecho Administrativo, Gestión de personal, gestión financiera y Gestión universitaria. De cada uno de los temas resultantes, el Tribunal propondrá un epigrafe relacionado con el tema en cuestión, sin que tengan que coincidir literalmente con los contenidos en el programa.

Este ejercicio deberá ser leído por los opositores en sesión pública ante el Tribunal. Se valorará especialmente la formación y los conocimientos generales, la claridad y orden de ideas.

Cuarto ejercicio (voluntario y de méritos): Consistirá en una traducción directa, sin diccionario.

Los idiomas sobre los que versará la traducción serán francés, inglés y/o alemán, a elección del aspirante.

Para la realización de este ejercicio se dispondrá de un tiempo máximo de una hora para cada idioma.

2. Valoración de méritos y calificación de los ejercicios

2.1 Sistema de promoción interna:

2.1.1 Fase de concurso: La valoración de los méritos señalados en el apartado 1.1.1 de este anexo, se realizará de la forma siguiente:

a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario en Cuerpos o Escalas del grupo C incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto (artículo 1.1), a que se refiere la base 2.2, se valorará teniendo en cuenta los servicios prestados hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, asignándose a cada año completo de servicio efectivo una puntuación de 0,20 hasta un máximo de 5 puntos.

b) Grado personal consolidado: Según el grado personal que se tenga consolidado y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente el día de publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", se otorgará la siguiente puntuación:

Hasta el grado 14: 4,25 puntos, y por cada unidad de grado que exceda de 14, 0,25 puntos, hasta un máximo de 6,25 puntos.

c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se tenga en propiedad el día de publicación de esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:

Nivel 18: 7,00 puntos, y por cada unidad de nivel que exceda de 18, 0,50 puntos, hasta un máximo de 12 puntos. La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia de los efectos económicos de las mismas.

d) Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación final a efectos de establecer el orden definitivo de aspirantes aprobados. Esos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

2.1.2 Fase de oposición:

Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos. Para superar el ejercicio será preciso obtener un mínimo de 5 puntos.

Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos cada uno de los supuestos prácticos, siendo necesario para superarlo y pasar al siguiente, obtener un mínimo total de 10 puntos y no haber obtenido 0 puntos en ninguno de los supuestos.

Tercer ejercicio: Se calificará de 0 a 3 puntos cada uno de los idiomas.

2.1.3 La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.

2.2 Sistema general de acceso libre:

2.2.1 Fase de oposición:

Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos. Siendo necesario para superarlo y pasar al ejercicio siguiente, obtener un mínimo de 5 puntos.

Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos cada uno de los supuestos prácticos, siendo necesario para superarlo y pasar al ejercicio siguiente, obtener un mínimo total de 20 puntos, sin haber obtenido 0 puntos en ninguno de los supuestos.

Tercer ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos cada uno de los epígrafes, siendo necesario para superarlo y pasar al siguiente, obtener un mínimo total de 20 puntos, y no haber obtenido 0 puntos en ninguno de los epígrafes.

Cuarto ejercicio: Se calificará de 0 a 3 puntos cada uno de los idiomas.

2.2.2 La calificación final de las pruebas, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la oposición. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.

ANEXO II

Programa

I. Organización del Estado y de la Administración Pública

Tema 1. La Constitución Española de 1.978: Estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo. Reforma de la Constitución.

Tema 2. La Jefatura del Estado: La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo.

Tema 3. Las Cortes Generales. Composición y atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado.

Tema 4. El Gobierno y las Administraciones. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. Designación, duración y responsabilidad del Gobierno.

Tema 5. El Poder Judicial. El principio de unidad jurisdiccional. El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo. El Ministerio Fiscal. La organización judicial española.

Tema 6. La Administración Central del Estado. El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros. Secretarios de Estado. Subsecretarios. Secretarios generales y Directores generales. Otros órganos de la Administración Central. La Administración periférica del Estado.

Tema 7. La Administración Institucional: Concepto y clasificación de los entes públicos no territoriales.

Los Organismos Autónomos. La Administración consultiva. El Consejo de Estado.

Tema 8. El Estado y las Comunidades Autónomas. Distribución de competencias. La coordinación entre las diferentes Administraciones Públicas.

Tema 9. Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Estatutos de Autonomía. El sistema institucional de las Comunidades Autónomas.

Tema 10. Organización territorial del Estado. La Administración Local: La provincia y el municipio. Otras entidades de la Administración Local.

Tema 11. La Comunidad de Madrid. El Estatuto de Autonomía: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea Legislativa: Composición, funciones y potestades.

Tema 12. Nacimientos y objetivos de las Comunidades Europeas. Tratados originarios y modificativos.

Tema 13. Las Instituciones de la Unión Europea. Consejo. Parlamento y Tribunal de Justicia. Otras Instituciones.

Tema 14. El Derecho Comunitario. Sus fuentes. Relaciones entre el Derecho Comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros. Adecuación del ordenamiento jurídico español al Derecho Comunitario. La participación de las Comunidades Autónomas en la aplicación del Derecho Comunitario.

II. Derecho Administrativo

Tema 1. Fuentes del Derecho Administrativo: Concepto. El papel de la costumbre. Los principios generales del derecho.

Tema 2. La Constitución como norma jurídica. La Ley: Concepto y reserva de Ley. Leyes orgánicas y Leyes ordinarias. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley: Decretos-leyes y Decretos Legislativos.

Tema 3. El Reglamento: Concepto, naturaleza y clases. Límites de la potestad reglamentaria: Formales y sustanciales. Reglamentos ilegales: Sanción, medios técnicos de reacción y remedios activos. La inderogabilidad singular de los Reglamentos.

Tema 4. El acto administrativo: Concepto y clases. Elementos del acto administrativo: Sujeto, causa, fin y forma.

Tema 5. El acto administrativo: Motivación. Notificación. Publicación. Actos presuntos.

Tema 6. El acto administrativo. Efectos: Eficacia demorada y eficacia retroactiva. Procedimientos de ejecución.

Tema 7. Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Objeto y ámbito de aplicación. Principios generales.

Tema 8. Los interesados en el procedimiento administrativo. Los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas. Términos y plazos: Cómputo, ampliación y tramitación de urgencia.

Tema 9. El procedimiento administrativo: Iniciación. Ordenación. Instrucción. Finalización.

Tema 10. Los recursos administrativos: Principios generales. Recurso ordinario. Recurso de revisión. Reclamaciones previas al ejercicio de las acciones civiles y laborales.

Tema 11. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa: Naturaleza, extensión y límites. Órganos de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Las partes en el proceso contencioso-administrativo. Objeto del recurso contencioso-administrativo.

Tema 12. Ley de Contratos de las Administraciones Públicas: Ámbito de aplicación. Requisitos para contratar con la Administración.

Tema 13. De los procedimientos y formas de adjudicación de los contratos. Revisión de precios en los contratos de la Administración.

Tema 14. Perfección y formalización de los contratos. Ejecución y modificación. Extinción de los contratos.

Tema 15. El contrato de obras.

Tema 16. El contrato de gestión servicios públicos.

Tema 17. El contrato de suministro.

Tema 18. El contrato de consultoria y asistencia. El contrato de servicios. El contrato de trabajos específicos y concretos no habituales de la Administración.

Tema 19. La responsabilidad patrimonial de la Administración. La responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

III. Gestión de personal

Tema 1. Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública: Ámbito de aplicación. Órganos superiores de la Función Pública. Registros de personal.

Tema 2. Planificación de Recursos Humanos. Relaciones de puestos de trabajo.

Tema 3. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos y deberes de los funcionarios.

Tema 4. Ingreso en Cuerpos o Escalas de funcionarios: Normas generales. Oferta de empleo público. Órganos de selección. Convocatorias y procedimiento selectivo.

Tema 5. Provisión de puestos de trabajo: Disposiciones generales. Concurso. Libre designación. Otras formas de provisión.

Tema 6. Carrera profesional: Grado personal. Intervalo de niveles y garantía del puesto de trabajo. La promoción interna.

Tema 7. Situaciones administrativas: Supuestos y efectos de cada una de ellas.

Tema 8. Sistema de retribuciones de los funcionarios: Conceptos retributivos y determinación de la cuantía de los conceptos retributivos. Retribuciones de los funcionarios en prácticas. Retribuciones de los funcionarios destinados en el extranjero. Indemnizaciones por razón del servicio.

Tema 9. Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas: Principios generales y ámbito de aplicación. Actividades públicas. Actividades privadas. Disposiciones comunes.

Tema 10. El régimen disciplinario de los funcionarios: Personas responsables. Faltas y sanciones disciplinarias. Procedimiento para la sanción de las faltas disciplinarias.

Tema 11. Los órganos de representación de los funcionarios públicos. La negociación colectiva y la participación en la determinación de las condiciones de trabajo de los funcionarios públicos. El derecho de reunión.

Tema 12. El contrato de trabajo: Forma, validez y capacidad para contratar. Derechos y deberes laborales básicos. Derechos y deberes derivados del contrato. Período de prueba.

Tema 13. Contratos formativos: Contrato de trabajo en prácticas y contrato para la formación. Contrato a tiempo parcial, contrato fijo-discontinuo y contrato de relevo. Contratos de duración determinada.

Tema 14. Modificación del contrato de trabajo: Movilidad funcional, movilidad geográfica y modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. Garantías por cambio de empresario. La suspensión del contrato de trabajo.

Tema 15. La extinción del contrato de trabajo: Causas. Extinción por voluntad del trabajador. Extinción por causas objetivas. Despido colectivo, disciplinario e improcedente.

Tema 16. La libertad sindical. Órganos de representación: Delegados de personal y comités de empresa. Derecho de reunión.

Tema 17. Los Convenios Colectivos: Naturaleza y efectos. Legitimación. Tramitación, aplicación e interpretación. Adhesión y extensión.

Tema 18. Los conflictos colectivos. El derecho de huelga. El cierre patronal.

Tema 19. La Seguridad Social: Campo de aplicación y estructura del sistema de la Seguridad Social. Afiliación y cotización.

Tema 20. Régimen general de la Seguridad Social: Acción protectora. Incapacidad temporal. Invalidez.

Tema 21. Régimen general de la Seguridad Social: Jubilación. Muerte y supervivencia. Prestaciones familiares por hijo a cargo.

IV. Gestión financiera

Tema 1. El presupuesto: Concepto y clases. El presupuesto por programas: Objetivos, progranas y su evaluación. Presupuesto en base cero: Objetivos, unidades y paquetes de decisión y asignación de prioridades.

Tema 2. Los Presupuestos Generales del Estado: Principios y estructura. El ciclo presupuestario. Créditos presupuestarios. Gastos plurianuales.

Tema 3. Modificaciones de los créditos: Transferencias de crédito. Créditos extraordinarios. Suplementos de créditos. Ampliaciones de créditos. Incorporación de créditos. Generaciones de créditos. Desglose de aplicaciones presupuestarias.

Tema 4. Los ingresos: Concepto. Impuestos directos: Concepto y clasificación. Impuestos indirectos: Concepto y clasificación. Tasas y precios públicos.

Tema 5. Los gastos: Concepto. Gastos de personal. Gastos para la compra de bienes y servicios. Transferencias corrientes y de capital. Gastos de inversión.

Tema 6. Los pagos: Concepto. Pagos por obligaciones presupuestarias. Pagos por ejercicios cerrados. Anticipos de Caja fija. Pagos "a justificar". Justificación de libramientos.

Tema 7. El procedimiento de ejecución presupuestaria: Fases del procedimiento. Documentos contables. Disposición de fondos del Tesoro Público.

Tema 8. El control presupuestario: Concepto y ámbito de aplicación. Control interno: La Intervención General del Estado. El control externo: El Tribunal de Cuentas. Especial referencia al control de legalidad. Tema 9. La Contabilidad Pública: El Plan General de Contabilidad Pública. La Cuenta General del Estado.

V. Gestión universitaria

Tema 1. La autonomía universitaria: Reconocimiento constitucional, contenido y alcance. Creación, régimen jurídico y estructura de las Universidades. Los Estatutos de las Universidades. El Consejo de Universidades.

Tema 2. Universidad Complutense de Madrid: Naturaleza, fines y competencia. Organización académica: Departamentos, Facultades y Escuelas Universitarias.

Tema 3. Universidad Complutense de Madrid. Organización académica: Institutos Universitarios e Institutos propios. Centros de Enseñanza Superior. Escuelas de Especialización Profesional. Colegios Mayores. Hospitales universitarios y Hospitales asociados. Restantes centros.

Tema 4. Universidad Complutense de Madrid. Órganos de gobierno y administración colegiados: Consejo Social. Claustro Universitario. Junta de Gobierno. Juntas de Facultad y Escuelas. Consejos de Departamentos y de Institutos Universitarios.

Tema 5. La Universidad Complutense de Madrid. Órganos de gobierno y administración unipersonales: Rector. Vicerrectores. Secretario general. Gerente. Decanos, Vicedecanos y Secretarios de Facultades. Directores, Subdirectores y Secretarios de Escuelas Universitarias. Directores de Departamentos e Institutos y Secretarios de Departamento.

Tema 6. La Universidad Complutense de Madrid. Profesorado: Clases y régimen jurídico. Retribuciones.

Tema 7. Universidad Complutense de Madrid. Personal de Administración y Servicios Funcionario: Baremo General de Provisión de Puestos de trabajo mediante concurso reservado a personal funcionario.

Tema 8. Personal de Administración y Servicios Laboral: Convenio Colectivo de Universidades. Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo, Traslados, Promoción y Selección del Personal Laboral.

Tema 9. Universidad Complutense de Madrid. Alumnado: Estatuto del Estudiante. La Delegación de Estudiantes.

Tema 10. Ingreso en la Universidad Complutense de Madrid. Acceso. Admisión. Ingreso de alumnos con estudios extranjeros.

Tema 11. Normas de matrícula e ingreso en la Universidad Complutense de Madrid. Convocatorias y permanencia. Traslados de expediente. Convalidación de estudios. Simultaneidad de estudios. Becas y ayudas al estudio. Títulos académicos universitarios.

Tema 12. Planes de estudio. La regulación de los estudios de tercer ciclo. Titulaciones propias de la Universidad Complutense de Madrid.

Tema 13. Universidad Complutense de Madrid. Investigación: Proyección investigadora, científica y cultural. Participación en programas de la Unión Europea. Los contratos del artículo 11 de la Ley de Reforma Universitaria.

Tema 14. Universidad Complutense de Madrid. Servicios Centrales. Ceremonias, festividades y honores. Régimen jurídico. Reforma de los Estatutos.

ANEXO III

Tribunal

Titulares:

Presidente: Don Dionisio Ramos Martínez, ilustrísimo señor Gerente general de la Universidad Complutense de Madrid.

Vocales: Don Fernando Lanzaco Bonilla, Gerente general de la Universidad Politécnica de Madrid; don José Ramón Cobos Alonso, Jefe de Servicio de Organización y Proyectos de la Universidad Complutense de Madrid, en representación de la Junta de Personal; don Javier Pérez-Brotons Pérez, Adjunto a la Gerencia General de la Universidad Complutense de Madrid, funcionario de carrera elegido por sorteo de entre los pertenecientes a los grupos A y B, y don Francisco del Campo Gutiérrez, Gerente de la Facultad de Medicina, de la Universidad Complutense de Madrid. Este último Vocal actuará como Secretario.

Suplentes:

Presidente: Don Jorge Montserrat Garrocho, Vicegerente general de la Universidad Complutense de Madrid.

Vocales: Don Juan Pérez Rodríguez, Jefe de Servicio de Programación de la Dirección General de Universidades, de la Comunidad Autónoma de Madrid; doña Victoria Fernández Sánchez, Gerente de la Facultad de Ciencias Matemáticas de la Universidad Complutense de Madrid, en representación de la Junta de Personal; don Rafael Gabriel Escribano, Jefe de Servicio de Patrimonio y Contratación de la Universidad Complutense de Madrid, funcionario de carrera elegido por sorteo de entre los pertenecientes a los grupos A y B, y don Juan José Fernández Fernández, Jefe del Servicio de Asesoría Jurídica de la Universidad Complutense de Madrid. Este último Vocal actuará como Secretario.

ANEXO IV

Don con domicilio y con documento nacional de identidad número declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala de Gestión Universitaria de la Universidad Complutense de Madrid, que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

En a de de 1998.

ANEXO V

Don cargo Certifico: Que de los antecedentes obrantes en este centro, relativos al opositor abajo indicado, se justifican los siguientes extremos:

Datos del opositor

Apellidos y nombre Cuerpo o Escala a la que pertenece DNI NRP Promoción interna

1. Destino actual

2. Total de servicios reconocidos en el Cuerpo o Escala de pertenencia:

años meses días

2.1 Antigüedad en el Cuerpo o Escala como funcionario de carrera hasta el día de publicación de la convocatoria:

años meses días

2.2 Servicios previos reconocidos al amparo de la Ley 70/1978 (base 2.2 de la convocatoria).

años meses días

3. Grado consolidado en la fecha de publicación de la convocatoria

4. Nivel de complemento de destino del puesto de trabajo que se tenga en propiedad, en la fecha de publicación de esta convocatoria Y para que conste, expido la presente certificación en Madrid, a

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 146 del Viernes 19 de Junio de 1998. Autoridades y personal, Universidades.

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