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De conformidad con lo establecido en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla en sus propios términos estimatorios la sentencia firme dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (Sección Cuarta), en el recurso número 492/1996, interpuesto por don Juan Francisco Fernández López, sobre nulidad de la Resolución núme- ro 112/1993, de 30 de noviembre, por la que se califican como viviendas militares de apoyo logístico diversas viviendas militares; con retroacción de las actuaciones al momento en que procedía dar audiencia a los interesados.
Madrid, 3 de marzo de 1998.-El Subsecretario, Adolfo Menéndez Me néndez.
Ilmo. Sr. Director general-Gerente del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 77 del Martes 31 de Marzo de 1998. Otras disposiciones, Ministerio De Defensa.