Orden 18/1997, de 5 de febrero, por la que se modifica parcialmente la Orden 39/1996, de 29 de febrero, por la que se implantan las Delegaciones de Defensa en Cáceres, La Coruña, La Rioja, Madrid y Valencia.

La Orden número 39/1996, de 29 de febrero, de conformidad con lo previsto en la disposición adicional primera, 1 del Real Decreto 2206/1993, de 17 de diciembre, implantó las Delegaciones de Defensa en Cáceres, La Coruña, La Rioja, Madrid y Valencia.

La Delegación de Defensa de La Coruña ejerce las funciones que le corresponden desde la capital de La Coruña en todo el ámbito de dicha provincia. No obstante, y dado el elevado número de personal civil y militar existente en la ciudad de Ferrol que, potencialmente, requiere de los servicios y gestiones administrativas que la Delegación de Defensa presta, y buscando acercar la Administración Militar a los usuarios de la misma, así como facilitar la resolución de solicitudes y peticiones, evitando los constantes desplazamientos a La Coruña del citado personal, se ha estimado necesario crear en la ciudad de Ferrol una oficina permanente de la Delegación de Defensa en La Coruña, a los efectos de cumplir con los principios de inmediación, eficacia y celeridad en la gestión de los asuntos administrativos.

En su virtud, y en uso de las facultades que me confiere la disposición final primera del Real Decreto 2206/1993, de 17 de diciembre, dispongo:

Primero.-Se modifica parcialmente la Orden número 39/1996, de 29 de febrero, por la que se implantan las Delegaciones de Defensa en Cáceres, La Coruña, La Rioja, Madrid y Valencia, añadiéndosele una disposición adicional tercera del siguiente tenor:

«Disposición adicional tercera.

1. Se crea en la ciudad de Ferrol una oficina permanente de la Delegación de Defensa en La Coruña para la tramitación de los asuntos que correspondan a la misma.

2. Sin perjuicio de la coordinación a que se refiere el apartado cuarto, números 2 y 3, de la presente Orden, continuarán funcionando en la localidad de Ferrol los correspondientes servicios periféricos del Instituto Social de las Fuerzas Armadas y del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas.»

Segundo.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 5 de febrero de 1997.

SERRA REXACH

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 41 del Lunes 17 de Febrero de 1997. Disposiciones generales, Ministerio De Defensa.

Notas

  • Entrada en vigor 18 de febrero de 1997.

Materias

  • Cáceres
  • Delegaciones de Defensa
  • La Coruña
  • La Rioja
  • Madrid
  • Ministerio de Defensa
  • Organización de la Administración del Estado
  • Valencia

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