Resolución de 5 de mayo de 1995, de la Universidad «Pompeu Fabra», de Barcelona, por la que se publica la corrección de errores observados en la publicación del plan de estudios conducente a la obtención del título de licenciado en Traducción e Interpretación.

Publicado el plan de estudios conducente a la obtención del título de licenciado/a en Traducción e Interpretación, en el «Boletín Oficial del Estado» número 258, de 27 de octubre de 1992, y habiendo detectado algunos errores, que aparecen en las páginas 36348, 36352 y 36353, respectivamente, he resuelto ordenar la publicación de las correspondientes correcciones:

En la página 36348, donde dice:

«Trimestre. "Asignatura/s en las que la universidad en su caso, organiza/diversifica la materia troncal".

Primero. "Teorías sobre la traducción".

Segundo. "Modelos lingüísticos y traducción".»,

debe decir:

«Primero. "Modelos lingüísticos y traducción".

Segundo. "Teorías sobre la traducción".».

En la nota número 5, que figura al pie de la página 36352, correspondiente a las asignaturas «Neología y normalización» y «Análisis textual y traducción I», donde dice: «Debe cursarse una de estas asignaturas en el primer trimestre del tercer curso», debe decir: «Puede cursarse una de estas asignaturas en el primer trimestre del tercer curso».

En la columna «Denominación», de dicha página 36353, donde dice:

«Traducción inversa B-A.

Traducción inversa C-A.»,

debe decir:

«Traducción inversa A-B.

Traducción inversa A-C.».

En la columna «Breve descripción del contenido», correspondiente a las referidas asignaturas de dicha página 36353, donde dice:

«Ejercicios prácticos de traducción inversa B-A a nivel avanzado.

Ejercicios prácticos de traducción inversa C-A a nivel avanzado.»,

debe decir:

«Ejercicios prácticos de traducción inversa A-B a nivel avanzado.

Ejercicios prácticos de traducción inversa A-C a nivel avanzado.».

En la nota número 6 que figura al pie de las páginas 36352 y 36353, donde dice: «Asignaturas que pueden cursarse en el primero, segundo y tercer trimestre del tercer curso y en el primer trimestre del cuarto curso», debe decir: «Materias optativas cuyas asignaturas pueden cursarse en el primero, segundo y tercer trimestre del tercer curso y en el primer trimestre del cuarto curso, puesto que cada materia corresponde a cuatro asignaturas numeradas correlativamente mediante cifras romanas (I, II, III y IV), salvo en el caso de "Metodología y Práctica de la Traducción A-A" y "Metodología y Práctica de la Traducción A-A", numeradas del III al IV, respetivamente».

Barcelona, 5 de mayo de 1995.-El Rector, Enric Argullol Murgadas.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 125 del Viernes 26 de Mayo de 1995. Otras disposiciones, Universidades.

Materias

  • Planes de estudios
  • Traducción e Interpretación
  • Universidad Pompeu Fabra

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