Resolución de 22 de diciembre de 1993, del Secretario de Estado de Hacienda, por la que se delegan determinadas atribuciones en la Dirección General del Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria.

El Real Decreto 1558/1977, de 4 de julio, atribuye a los Secretarios de Estado, respecto de las unidades que se les adscriben, las facultades para contratar y para disponer de los gastos propios de los servicios de tales unidades e interesar la ordenación de pagos correspondientes.

Con la finalidad de lograr una mayor agilidad y eficacia en la gestión de las funciones encomendadas al Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria, se estima conveniente proceder a la delegación de determinadas facultades, todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En función de lo que antecede, he resuelto:

Primero.-Se delegan en el Director General del Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria las siguientes atribuciones:

a) Las facultades para celebrar los contratos que sean precisos para el cumplimiento de las funciones encomendadas a la citada Dirección General, hasta el límite de 100.000.000 de pesetas.

b) La autorización y disposición de gastos, tanto corrientes como de capital, que sean propios de la Dirección General del Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria, así como el interesar la ordenación de los correspondientes pagos, con idéntico límite cuantitativo que el señalado en el apartado anterior.

Segundo.-La delegación de facultades contenida en la presente resolución se entiende sin perjuicio de que en cualquier momento el órgano delegante pueda avocar para sí el conocimiento y resolución de cuantos asuntos considere oportunos.

Asimismo el Director general, a cuyo favor se efectúa la presente delegación, puede en el ámbito de las competencias que por esta Resolución se delegan, someter al Secretario de Estado de Hacienda los expedientes que por su trascendencia considere oportunos.

Tercero.-Siempre que se haga uso de la delegación contenida en la presente disposición, deberá hacerse constar así expresamente en la resolución correspondiente.

Cuarto.-La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.

Madrid, 22 de diciembre de 1993.-El Secretario de Estado de Hacienda, Enrique Martínez Robles.

Ilma. Sra. Directora general del Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 11 del Jueves 13 de Enero de 1994. Otras disposiciones, Ministerio De Economía Y Hacienda.

Notas

  • Entrada en vigor 14 de enero de 1994.
  • Esta norma ha dejado de estar vigente

Materias

  • Delegación de atribuciones
  • Dirección General del Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria
  • Ministerio de Economía y Hacienda
  • Secretaría de Estado de Hacienda

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