Real Decreto 1179/1991, de 26 de julio, por el que se modifica parcialmente el Real Decreto 568/1989, de 12 de mayo, por el que se regula la remisión de información en materia de normas y reglamentaciones técnicas.

Por Real Decreto 568/1989, de 12 de mayo, se traspuso al ordenamiento interno la Directiva 83/189/CEE, de 28 de marzo, modificada por la 88/182/CEE, de 22 de marzo, en virtud de la cual se impone a los Estados miembros el seguimiento de determinadas reglas de actua­ción en relación con las normas y reglamentaciones técnicas aplicables a los productos de fabricación industrial y a los productos agrícolas, y se establece la obligación de comunicar a la Comisión de las Comunida­des Europeas y a los Organismos nacionales de normalización de los demás Estados miembros los programas de normalización establecidos, así como los proyectos normativos en la materia.

A efectos de facilitar el cumplimiento de dicha obligación, la Directiva de referencia incorpora como anexo una relación de Organis­mos nacionales de normalización, que también ha sido recogido en forma de anexo por el Real Decreto citado.

Recientemente, la Decisión 90/230/CEE, de 3 de mayo, ha modifi­cado este anexo al haberse producido variaciones en los Organismos de normalización, circunstancia que obliga a modificar el correspondiente anexo del Real Decreto de trasposición mediante norma de idéntico rango.

Por otro lado, dado que es previsible que se produzcan en el futuro nuevos cambios en el contenido del citado anexo, y estimando que el carácter puramente formal de los mismos no justifica su trasposición mediante una norma de rango del Real Decreto, se ha estimado conveniente habilitar al Ministerio de Asuntos Exteriores para hacerlo mediante Orden.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Asuntos Exteriores y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de julio de 1991,

DISPONGO:

Artículo 1.ºComentar este artículo

Se sustituye el anexo 1 del Real Decreto 568/1989. de 12 de mayo, por el que figura a continuación del presente Real Decreto.

Art. 2.°

Se faculta al Ministro de Asuntos Exteriores para trasponer al ordenamiento interno, mediante Orden, las sucesivas modificaciones del anexo de la Directiva 83/189/CEE, de 28 de marzo.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a 26 de julio de 1991.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Asuntos Exteriores,

FRANCISCO FERNÁNDEZ ORDÓÑEZ

ANEXO 1

Organismos de normalización

AFNOR (Francia), Association Française de Normalisation, Tour Europe-Ceddex 7, F-92080 Paris-La Défense.

UTE (Francia), Union Technique de l'Electricité (UTE). Cedex 64. F-92052 Paris-La Défense.

BSI (Reino Unido), British Standards Institution, 2, Park Street, GB-London WIA 2BS.

BEC (Reino Unido), British Electrotechnical Committee, British Standards Institution, 2, Park Street, GB-London WIA 2BS.

DS (Dinamarca), Dansk Standardiseringsrad, Aurehojvej 12, Post­boks 77, DK-2900 Hellerup 12.

DEK (Dinamarca), Dansk Elektroteknisk Komité (DEK), Strand­gade, 36 st., DK-1401 Kobenhavn K.

DIN (Alemania), DIN Deutsches Institut fr. Normung e.V., Burggra­fenstrasse 6, Postfach 1107, D-1000 Berlin 30.

DKE (Alemania), Deutsche Elektrotechnische Kommission im DIN und VDE (DKE), Stresemannallee 15, D-600 Frankfurt am Main 70.

ELOT (Grecia), Hellenic Organization for Strandardization (ELOT), Acharnon St, 313, GR-11145 Athens.

IBN/BIN (Bélgica), Institut Belge de Normalisation (IBN). Belgisch Instituut voor Normalisatie (BIN), 29, avenue de la Brabanconne/Brabanconnelaan, B-1040 Bruxelles/Brussel.

CEB/BEC (Bélgica), Comité Electrotechnique Belge (CEB), Belgisch Elektrotechnisch Comité (BEC), 3 Galerie Ravenstein, boîte 11, 3, Ravensteingalerij, bus 11, B-1000 Bruxelles/Brussel.

IPQ (Portugal), Instituto Portugués da Qualidade, Rua José Estevao, 83 A, P-1199 Lisboa Codex.

ITM (Luxemburgo), Inspection du Travail et des Mines, 26, rue Zithe-BP 27, L-2010-Luxembourg.

Service de l'Energie de l'Etat (Luxemburgo), 34, avenue Marie‑Thérèse, BP 10, L-2010 Luxembourg.

NSAI (Irlanda), National Standards Authority of Ireland, Glasnevin, IRL-Dublin 9.

ETCI (Irlanda), Electro-Technical Council of Ireland (ETCI), Natio­nal Standards Authority of Ireland, Glasvenin, IRL-Dublin 9.

NNI (Países Bajos), Nederlands Normalisatie Instituut, Postbus 5059, NL-2600 GB Delft.

NEC (Países Bajos), Nederlands Elektrotechnisch Comité (NEC), Kalfjeslaan 2, Postbus 5059, NL-2600 AA Delft.

UNI (Italia), Ente Nazionale Italiano di Unificaciones, Piazza Armando Diaz 2, I-20123 Milano.

CEI (Italia), Comitato Elettrotecnico Italiano (CEI), Viale Monza 259, I-20126 Milano.

CEN, Comité Européen de Normalisation, 2, rue Bréderode, bte 5, B-1000 Bruxelles.

CENELEC, Comité Européen de Normalisation Electrotechnique, 2, rue Bréderode, bte 5, B-1000 Bruxelles.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 182 del Miércoles 31 de Julio de 1991. Disposiciones generales, Ministerio De Asuntos Exteriores.

Notas

  • Entrada en vigor 1 de agosto de 1991.

Referencias anteriores

Materias

  • Comisión Europea
  • Comunidad Económica Europea
  • Normalización

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