Corrección de erratas de la Orden de 19 de diciembre de 1988 sobre inversiones españolas en el exterior.

Padecidos errores en la inserción de la citada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 306, de 22 de diciembre de 1988, páginas 35904 a 35907, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

Capítulo II, art. 9.° 3, donde dice: «de la sucursales», debe decir: «de las sucursales».

Capítulo III, art. 14.° 1, donde dice: «El inversor respañol», debe decir «El inversor español».

Capítulo III, art. 16, párrafo segundo, donde dice: «Lo anteriormente será de aplicación», debe decir «Lo anterior será de aplicación».

Capítulo IV, art. 19.° 1, donde dice: «los proyectos de inversión de inmuebles», debe decir «los provectos de inversión en inmuebles».

Capítulo IV, art. 19.° 2, donde dice: «que habrá de realizarse en el plazo de seis meses», debe decir «que habrá de realizarse en el plazo máximo de seis meses».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 29 del Viernes 3 de Febrero de 1989. Disposiciones generales, Ministerio De Economía Y Hacienda.

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  • Inversiones
  • Títulos valores

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