Corrección de errores de la Orden de 22 de abril de 1988 por la que se regula la importación de determinados productos textiles.

Advertidos errores en el texto de la mencionada Orden publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 140, de 11 de junio de 1988, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

En la página 18315, primera columna, cuarta línea, donde dice: «768/1988, 688/1988 y 669/1988», debe decir: «768/1988, 668/1988 y 669/1988».

En el artículo 1.°, donde dice: «A los efectos de determinar la aplicabilidad de los productos textiles», debe decir: «A los efectos de determinar la aplicabilidad a los productos textiles».

En el articulo 6.°, párrafo 2, segunda línea, donde dice: «Debe entenderse que incluyan también», debe decir: «Debe entenderse que incluyen también».

En la página 18344, anejo 2B, grupo III C, donde dice: «Categoría 91, 97, 100», debe decir: «Categoría 91, 97, 110».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 154 del Martes 28 de Junio de 1988. Disposiciones generales, Ministerio De Economía Y Hacienda.

Materias

  • Alfombras y tapices
  • Algodón
  • Artesanía
  • Calcetería
  • Confecciones
  • Cordelería
  • Envases
  • Fibras textiles
  • Géneros de Punto
  • Importaciones
  • Lana
  • Tejidos
  • Vestido

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