Orden de 2 de marzo de 1987 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala Quinta del Tribunal Supremo, en el recurso contencioso-administrativo promovido por el Consejo General de Colegios Oficiales de Doctores y Licenciados en Ciencias Químicas y Fisicoquímicas.

Ilmos. Sres.: En el recurso contencioso-administrativo promovido por el Consejo General de Colegios Oficiales de Doctores y Licenciados en Ciencias Químicas y Fisicoquímicas, como demandante, y como demandada la Administración Pública, representada y defendida por el Abogado del Estado, sobre impugnación de las Ordenes de 8, 25 y 29 de marzo de 1985, sobre acceso en vía de promoción interna de los Cuerpos de la Administración del Estado y a las escalas interdepartamentales o departamentales de Organismos autónomos de la Administración del Estado, la Sala Quinta del Tribunal Supremo, con fecha 9 de diciembre de 1986, ha dictado sentencia, en cuya parte dispositiva dice lo siguiente:

"Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo número 713/1986, promovido por el Procurador don Juan Antonio García San Miguel en nombre del ilustrísimo Consejo Superior de Colegios de Doctores y Licenciados en Ciencias Químicas y Fisicoquímicas, contra las dos Ordenes de 29 de marzo de 1985 por las que se han las pruebas de acceso, respectivamente, a la Escala de Técnicos Facultativos Superiores y Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de mismos autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación; debemos anular y anulamos la primera de ellas, referente a los Técnicos Facultativos Superiores, en cuanto omitieron en la relación a los Auxiliares de laboratorios, Licenciados en Ciencias Químicas y declarando el derecho de éstos a participar en las pruebas de acceso, tanto a la Escala de Técnicos Facultativos Superiores, como a la de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, por el sistema de promoción interna, no hacemos pronunciamiento especial sobre las costas causadas."

Este Ministerio para las Administraciones Públicas ha tenido a bien disponer se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia, publicándose en el "Boletín Oficial del Estado" el aludido fallo, según lo prevenido en el artículo 103 y siguientes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 2 de marzo de 1997.- P. D. (Orden de 13 de octubre de 1986), el Subsecretario, Juan Ignacio Moltó García.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Función Pública.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 91 del Jueves 16 de Abril de 1987. Otras disposiciones, Ministerio Para Las Administraciones Públicas.

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