Recurso de inconstitucionalidad número 955/1985, planteado por el Presidente del Gobierno contra el artículo 34 de la Ley 17/1985, de 23 de julio, e inciso final del citado precepto, del Parlamento de Cataluña.

El Tribunal Constitucional, por auto,de 10 de abril corriente, ha acordado mantener la suspensión del inciso final del artículo 34, de la Ley 17/1985, de 23 de julio, del Parlamento de Cataluña, reguladora de la Función Pública de la Administración de la Generalidad, impugnados en el recurso de inconstitucionalidad número 955/1985, planteado por el Presidente del Gobierno, cuya. suspensión se dispuso, por aplicación del artículo 161.2 de la Constitución, por providencia de 6 de noviembre de 1985.

Lo que se publica para general conocimiento.

Madrid, 10 de abril de 1986.-El Presidente, Francisco Tomás y Valiente.-Firmado y rubricado.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 98 del Jueves 24 de Abril de 1986. Disposiciones generales, Tribunal Constitucional.

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