Corrección de errores de la Resolución de 24 de febrero de 1986, de la Dirección General de Transacciones Exteriores, por la que se establece la «Declaración estadística de reembolsos de exportación» para la domiciliación bancaria de las exportaciones.

Advertidos errores en el texto de la citada Resolución, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 49, de fecha 26 de febrero de 1986, a continuación se formulan las oportunas rectificaciones:

En la página 7428, segunda columna, artículo 3, 2, tercera línea, donde dice: «relativa a aplazamientos de cobro por plazo igual o superior a un», debe decir: «relativas a aplazamientos de cobro por plazo igual o superior a un».

En la página 7428, segunda columna, artículo 3, 3, tercera y cuarta línea, donde dice: «de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda, de 6 de febrero de 1986», debe decir: «de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 21 de febrero de 1986».

En la página 7429, primera columna, artículo 5, 2, cuarta línea, donde dice: «1. Cuando afecte a una operación que hubiera sido verificada», debe decir: «l.° Cuando afecte a una operación que hubiera sido verificada».

En la página 7429, segunda columna, artículo 5, 2, sexta línea, donde dice: «2. Cuando suponga un aplazamiento del cobro que exceda de», debe decir: «2.° Cuando suponga un aplazamiento del cobro que exceda de».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 70 del Sábado 22 de Marzo de 1986. Disposiciones generales, Ministerio De Economía Y Hacienda.

Materias

  • Aduanas
  • Banca
  • Dirección General de Transacciones Exteriores
  • Exportaciones

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