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Advertidos errores en el texto del citado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 251, de 18 de octubre de 1980, páginas 23221 a la 23236, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
Exposición de motivos, apartado tercero, donde dice: «... al sometimiento de los órganos jurisdiccionales...», debe decir: «... al sometimiento a los órganos jurisdiccionales...».
Artículo segundo dos, a), donde dice: «... a quienes ostentado tal condición...», debe decir: «... a quienes ostentando tal condición...».
Artículo segundo, dos, d), donde dice: «... con lo que disponga el título primero...», debe decir: «... con lo que dispone el título primero...».
Artículo tercero, uno, donde dice, «... generosidad de los deberes sociales...», debe decir: «... generosidad los deberes sociales...».
Artículo cuarto, c), donde dice: «... ideas religiosas o políticas afiliación o no a...», debe decir: «... ideas religiosas o políticas, afiliación o no a...».
Artículo cuarto, e), donde dice: «... Respecto de su intimidad...», debe decir: «... Respeto de su intimidad...».
Artículo diez, uno, donde dice: «... a fin de perfeccionar sus reconocimientos...», debe decir: «... a fin de perfeccionar sus conocimientos...».
Artículo dieciocho, dos, donde dice: «... imprescindibles la realización de toda tarea...», debe decir: «... imprescindibles en la realización de toda tarea...».
Artículo veintiséis, dos, donde dice: «... correspondientes a traslado, suspensiones...», debe decir: «... correspondientes a traslados suspensiones...».
Artículo treinta y tres, seis, donde dice: «... en turno rotativo consistan en preparar...», debe decir: «... en turno rotativo consista en preparar...».
Artículo treinta y seis, dos, donde dice: «... de un hijo menos de nueve meses...», debe decir: «... de un hijo menor de nueve meses...».
Artículo cuarenta y siete, dos, donde dice: «... excedencia que, en su caso, podrán fin al que...», debe decir: «... excedencia que, en su caso, pondrá fin al que...».
Artículo cincuenta, dos, donde dice: «... voluntaria sin comunicarlos previamente...», debe decir: «... voluntaria sin comunicarlo previamente...».
Artículo setenta y dos, tres, donde dice: «... por si interesase a su derecho a alegar...», debe decir: «... por si interesase a su derecho alegar...».
Artículo setenta y cuatro, uno, donde dice: «... que sea su procedencia coordinará...», debe decir: «... que sea su procedencia; coordinará...».
Artículo setenta y siete, uno, donde dice: «... el expediente al Ministerio de Defensa...», debe decir: «... el expediente al Ministro de Defensa ...».
Artículo ochenta y uno, dos. cuatro, donde dice: «... previsto en el artículo doscientos dos...», debe decir: «... previsto en el artículo ciento dos...».
Artículo noventa y uno, siete, donde dice: «... a suspender tamporalmente...», debe decir: «... a suspender temporalmente...».
Artículo ciento uno, al final del apartado tres, donde dice: «... La Subsecretaría de Defensa...», debe decir: «... Cuatro. La Subsecretaría de Defensa...».
Disposición transitoria primera, donde dice: «... Toda la extinción de la relación laboral...», debe decir: «... Toda extinción de la relación laboral...».
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 276 del Lunes 17 de Noviembre de 1980. Disposiciones generales, Presidencia Del Gobierno.