Decreto 1383/1973, de 7 de junio, por el que se suspende por tres meses la aplicación de derechos arancelarios a la importación de alcohol etílico de síntesis, del de remolacha o de caña azucarera y del alcohol destilado de vino.
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Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 155 del Viernes 29 de Junio de 1973. Disposiciones generales, Ministerio De Comercio.
PRORROGA la suspensión de la aplicación de los derechos Clasificados en las Partidas 22.08-A y B del Arancel, aprobado por Decreto 999/1960, de 30 de mayo
DE CONFORMIDAD con el art. 6.2 de la Ley 1/1960, de 1 de mayo