Corrección de erratas del Decreto 3176/1968, de 26 de diciembre, por el que se prorrogan los beneficios de inclusión en la Relación-apéndice del Arancel, con derechos reducidos, de los bienes de equipo que se relacionan: 84.11 C.2.b, 84.23 A. 84.23 B, 84.23 D, 84.47 B.2 84.56 B, 84.59 F y 86.04. Se modifica la redacción de la subpartida 84.22 F.1.

Padecido error en la insercion del citado Decreto, publicado en el -Boletín Oficial del Estado- número 5 de fecha 6 de enero de 1969, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:

En la página 226, en el texto de la posición arancelaria 84.23.A, donde dice: -Excavadoras, retroexcavadoras, palas mecánicas sobre orugas, palas mecánicas sobre ruedas de chasis articulado de más de un metro cúbico-, debe decir: -Excavadoras, retroexcavadoras, palas mecánicas sobre orugas, palas mecánicas sobre ruedas de chasis articulado, de más de un metro cúbico...-

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 39 del Viernes 14 de Febrero de 1969. Disposiciones generales, Ministerio De Comercio.

Materias

  • Arancel de Aduanas
  • Bienes de equipo
  • Maquinaria

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