Circular número 551 de la Dirección General de Aduanas por la que se delegan en las Administraciones de Aduanas las atribuciones concedidas al Centro directivo por las Ordenanzas de la Renta en relación con la admisión de errores en los Manifiestos marítimos (artículo 66) y la recepción de radiogramas o avisos por entrada imprevista en puerto español (artículo 59).

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Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 290 del Lunes 5 de Diciembre de 1966. Disposiciones generales, Ministerio De Hacienda.

Notas

  • Esta norma ha dejado de estar vigente

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