Familia Agraria - CUIT 30-71169628-4

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Company's NameFAMILIA AGRARIA
CUIT30-71169628-4

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MonotributoDP
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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 6/1/2012 - Page 6

para la familia agraria y otros emprendedores rurales en el territorio comprendido por las Rutas Nacionales 127 y 12", y CONSIDERANDO: Que el objetivo del proyecto es establecer la organización a fin de lograr la promoción y el desarrollo agropecuario sostenido y mantener una lucha continua contra la pobreza, logrando la inclusión comercial de pequeños productores y artesanos; Que el mismo se concretará a través de un conjunto de instituciones y organizaciones de competencia en el área social local y territorial, que dispone de una vasta experiencia en la temática del desarrollo agrario, con fuerte compromiso en la consolidación de valores tales como la cultura del trabajo, el asociativismo, la mejora de la calidad de vida de los productores... Read more

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 04/12/2006 - Page 24

producción, considerada en función social, deberá ser reglamentada en sus usos para el logro de los siguientes fines: a) Un adecuado desarrollo urbano por planes reguladores dictados al efecto. b) Un ordenamiento racional de la tierra fiscal rural por medio del fraccionamiento en unidades productivas que permitan el mantenimiento de la familia agraria y su favorable evolución empresaria. c) El acceso a la propiedad de los ocupantes o adjudicatarios basado en normas generales impersonales y objetivas que garanticen la correcta administración y aseguren tratamiento de fomento para las instituciones de bien público y para la radicación de industrias. Del Acceso a la Propiedad. Artículo 112.- La transmisión del dominio de la tierra fiscal municipal a... Read more

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 3/2/2004 - Page 1

Pág. 2 BOLETIN OFICIAL LEYES LEY N° 7.594 LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY: Artículo 1°.- Reglaméntase el Artículo 2.326° del Código Civil conforme las disposiciones de la presente. Artículo 2°.- A partir de la fecha de sanción de la presente ley, el fraccionamiento de predios rurales en todo el ámbito de la provincia de La Rioja, deberá responder a las normas de la Unidad Económica Agraria. Artículo 3°.- Unidad Económica Agraria: es el predio que por su superficie, ubicación, mejoras, calidad de la tierra y demás condiciones de producción, es racionalmente trabajado por una familia agraria tipo, que aporte la mayor parte del trabajo y desarrolle las actividades corrientes de la zona permitiéndole a las... Read more

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