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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 9/4/2024 - Page 35

Daniel Rodriguez, Secretaría Única a cargo de quien suscribe, en los autos caratulados: “Jourdan, María Fernanda s/ Sucesorio ab intestato” (Expte. Nº 10666), cita y emplaza por el término de treinta (30) días corridos a herederos y acreedores de: MARÍA FERNANDA JOURDAN, D.N.I. N°24.817.255, fallecido en esta ciudad de Concordia el día 09/06/2020, vecino que fuera de esta ciudad de Concordia. La resolución que así lo ordena en su parte pertinente dice: “Concordia, 20 de marzo de 2024. Visto… Resuelvo: 1.-Tener por presentadas a las Sras. Sofía Ayelen Oribe y Karen Magali Oribe, en ejercicio de su propio derecho, con el patrocinio letrado de las Dras. María Dolores Menoni y Lucrecia María Julia Gaetano, con el domicilio real ... Read more

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/4/2024 - Page 33

. Sofía Ayelen Oribe y Karen Magali Oribe, en ejercicio de su propio derecho, con el patrocinio letrado de las Dras. María Dolores Menoni y Lucrecia María Julia Gaetano, con el domicilio real denunciado y procesal constituido, por parte, déseles intervención conforme a derecho. 2.-Estando acreditada prima facie la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de la partida de defunción acompañada, decretar la apertura del juicio sucesorio de María Fernanda Jourdan, DNI Nº 24.817.255, fallecida en Concordia el día 09 de junio de 2020, vecina que fuera de esta ciudad. 3.- Mandar a publicar Edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario local para que en el plazo de treinta días... Read more

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 8/4/2024 - Page 23

treinta (30) días corridos a herederos y acreedores de: MARÍA FERNANDA JOURDAN, D.N.I. N°24.817.255, fallecido en esta ciudad de Concordia el día 09/06/2020, vecino que fuera de esta ciudad de Concordia. La resolución que así lo ordena en su parte pertinente dice: “Concordia, 20 de marzo de 2024. Visto… Resuelvo: 1.-Tener por presentadas a las Sras. Sofía Ayelen Oribe y Karen Magali Oribe, en ejercicio de su propio derecho, con el patrocinio letrado de las Dras. María Dolores Menoni y Lucrecia María Julia Gaetano, con el domicilio real denunciado y procesal constituido, por parte, déseles intervención conforme a derecho. 2.-Estando acreditada prima facie la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a... Read more

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