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Boletín Oficial de la República Argentina del 14/03/2005 - Segunda Sección - Page 54

prohíben los pagos, y entrega de bienes a la fallida, so pena de considerarlos ineficaces. Se intima a quienes tengan bienes y documentación de la fallida para que los pongan a disposición del síndico en cinco días. Buenos Aires, 24 de febrero de 2005. Valeria Pérez Casado, secretaria. e. 9/3 N° 473.354 v. 15/3/2005 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 5, a cargo del Dr. Gerardo Vassallo, Secretaría N° 09, a cargo de la Dra. Valeria Pérez Casado, sito en Av. Roque Sáenz Peña 1211, 8° piso de esta Capital Federal, comunica por cinco días que con fecha 21.02.05, se decretó la quiebra de JUAN CARLOS BATTINI designándose como síndico al contador Héctor Rodolfo Arzu, con domicilio en Junín 55, 9° 1, tel. 4-951-2638, ante... Read more

Boletín Oficial de la República Argentina del 15/03/2005 - Segunda Sección - Page 24

Primera Instancia en lo Comercial N° 5, a cargo del Dr. Gerardo Vassallo, Secretaría N° 09, a cargo de la Dra. Valeria Pérez Casado, sito en Av. Roque Sáenz Peña 1211, 8° piso de esta Capital Federal, comunica por cinco días que con fecha 21.02.05, se decretó la quiebra de JUAN CARLOS BATTINI designándose como síndico al contador Héctor Rodolfo Arzu, con domicilio en Junín 55, 9° 1, tel. 4-951-2638, ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 10.05.05. El síndico presentará los informes previstos en los arts. 35 y 39 LC los días 23.06.05 y 22.09.05. Se intima a la deudora y sus administradores para que cumplimente los siguientes recaudos: a) constituya... Read more

Boletín Oficial de la República Argentina del 09/03/2005 - Segunda Sección - Page 43

. 9/3 N° 35.741 v. 10/3/2005 Secretaría N° 09, a cargo de la Dra. Valeria Pérez Casado, sito en Av. Roque Sáenz Peña 1211, 8° piso de esta Capital Federal, comunica por cinco días que con fecha 21.02.05, se decretó la quiebra de JUAN CARLOS BATTINI designándose como síndico al contador Héctor Rodolfo Arzu, con domicilio en Junín 55, 9° 1, tel. 4-951-2638, ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 10.05.05. El síndico presentará los informes previstos en los arts. 35 y 39 LC los días 23.06.05 y 22.09.05. Se intima a la deudora y sus administradores para que cumplimente los siguientes recaudos: a) constituya domicilio procesal, bajo apercibimiento de... Read more

Boletín Oficial de la República Argentina del 11/03/2005 - Segunda Sección - Page 26

Peña 1211, 8° piso de esta Capital Federal, comunica por cinco días que con fecha 21.02.05, se decretó la quiebra de JUAN CARLOS BATTINI designándose como síndico al contador Héctor Rodolfo Arzu, con domicilio en Junín 55, 9° 1, tel. 4-951-2638, ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 10.05.05. El síndico presentará los informes previstos en los arts. 35 y 39 LC los días 23.06.05 y 22.09.05. Se intima a la deudora y sus administradores para que cumplimente los siguientes recaudos: a) constituya domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado (LC: 88:7). b) Se abstengan de salir del país sin previa... Read more

Boletín Oficial de la República Argentina del 10/03/2005 - Segunda Sección - Page 37

JUAN CARLOS BATTINI designándose como síndico al contador Héctor Rodolfo Arzu, con domicilio en Junín 55, 9° 1, tel. 4-951-2638, ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 10.05.05. El síndico presentará los informes previstos en los arts. 35 y 39 LC los días 23.06.05 y 22.09.05. Se intima a la deudora y sus administradores para que cumplimente los siguientes recaudos: a) constituya domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado (LC: 88:7). b) Se abstengan de salir del país sin previa autorización del Tribunal (LC 103). Se prohíben los pagos y entrega de bienes a la fallida, so pena de considerarlos... Read more

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