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Boletín Oficial de la República Argentina del 25/04/2007 - Primera Sección - Page 32

Miércoles 25 de abril de 2007 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.142 #I2574598I# BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA El Banco Central de la República Argentina notifica, en el Sumario Nº 657 Expediente Nº 100.893/84 caratulado “Añasco Caja de Crédito Cooperativa Limitada (en liquidación)”; que mediante Informe 381/1492/06, Resolución Nº 057 del 31.01.07 el Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias resolvió, entre otras medidas, imponer a cada uno de los señores Félix CABALLERO VEGA (C.I.P.F. Nº 7.164.060) y Mariano Esteban GARCIA (C.I.P.F Nº 10.279.390 L.E. Nº 7.292.284) multa de $ 755.000 (pesos setecientos cincuenta y cinco mil) e inhabilitación por 8 (ocho) años, al señor Atilio Régulo RONCORONI (C.I.P.F Nº... Read more

Boletín Oficial de la República Argentina del 24/04/2007 - Primera Sección - Page 20

, Resolución Nº 057 del 31.01.07 el Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias resolvió, entre otras medidas, imponer a cada uno de los señores Félix CABALLERO VEGA (C.I.P.F. Nº 7.164.060) y Mariano Esteban GARCIA (C.I.P.F Nº 10.279.390 L.E. Nº 7.292.284) multa de $ 755.000 (pesos setecientos cincuenta y cinco mil) e inhabilitación por 8 (ocho) años, al señor Atilio Régulo RONCORONI (C.I.P.F Nº 4.491.543 L.E. Nº 1.305.404) multa de $ 260.000 (pesos doscientos sesenta mil) e inhabilitación por 3 (tres) años y al señor Miguel Angel CABALLERO (C.I.P.F. Nº 8.104.966) multa de $ 220.000 (pesos doscientos veinte mil) e inhabilitación por 3 (tres) años artículo 41, incisos 3) y 5) de la Ley Nº 21.526. Los importes de las multas deberán ser... Read more

Boletín Oficial de la República Argentina del 23/04/2007 - Primera Sección - Page 30

, imponer a cada uno de los señores Félix CABALLERO VEGA (C.I.P.F. Nº 7.164.060) y Mariano Esteban GARCIA (C.I.P.F Nº 10.279.390 L.E. Nº 7.292.284) multa de $ 755.000 (pesos setecientos cincuenta y cinco mil) e inhabilitación por 8 (ocho) años, al señor Atilio Régulo RONCORONI (C.I.P.F Nº 4.491.543 L.E. Nº 1.305.404) multa de $ 260.000 (pesos doscientos sesenta mil) e inhabilitación por 3 (tres) años y al señor Miguel Angel CABALLERO (C.I.P.F. Nº 8.104.966) multa de $ 220.000 (pesos doscientos veinte mil) e inhabilitación por 3 (tres) años artículo 41, incisos 3) y 5) de la Ley Nº 21.526. Los importes de las multas deberán ser depositados en este Banco Central en “CUENTAS TRANSITORIAS PASIVAS - MULTAS - LEY DE ENTIDADES FINANCIERAS - ARTICULO 41... Read more

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