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Boletín Oficial de la República Argentina del 02/01/2002 - Segunda Sección - Page 30

de la LC). 2°) Actuará el mismo Síndico de la quiebra principal, Contador Público Nacional Juan Arnaldo Venturini, quien ha constituido domicilio especial en calle 25 de Mayo 1088 de esta ciudad. 3°) Ordenar la citada fallida y a terceros, para que entreguen al Síndico los bienes o documentación de aquella que estuvieren en su poder. 4°) Prohibir efectuar pagos a la fallida, los que serán ineficaces. 5°) Oportunamente se fijarán las fechas que prevé el art. 88 de la ley concursal. 6°) La resolución deberá notificarse a la demandada en su domicilio legal y mediante edictos que se publicarán por cinco días en los Boletines Oficiales de la Provincia de Santa Fe y de la Nación y diarios “El Informe” de Venado Tuerto y “Clarín” de Capital... Read more

Boletín Oficial de la República Argentina del 18/07/2002 - Segunda Sección - Page 29

COMERCIAL DE LA 2ª NOMINACION VENADO TUERTO - SANTA FE Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Jueves 18 de julio de 2002 29 Nominación de Venado Tuerto, Pcia. de Santa Fe, se hace saber que dentro de los autos caratulados: “SINDICO BANCO INTEGRADO DEPARTAMENTAL COOP. LTDO. s/Quiebra c/ESMERALDA TELEVISION S.A. s/Extensión de Quiebra-Hoy Declarada” (Expte. N° 2845/1996) se ha dispuesto, mediante resolución N° 448 de fecha 21 de junio de 2002 ampliar la resolución 1124/01 de fecha 3/12/01, en el siguiente sentido: 1) Fijar como fecha hasta la cual los acreedores deberán presenta al Síndico C.P.N. Juan Arnaldo Venturini, con domicilio constituido en calle 25 de Mayo 1088 de esta ciudad... Read more

Boletín Oficial de la República Argentina del 31/12/2001 - Segunda Sección - Page 22

domicilio en esa ciudad y disponiéndose en consecuencia lo siguiente: 1°) Se formará masa sepa- rada de la quiebra del ex Banco BID (Art. 166 y sgtes. L.C., sin perjuicio de lo dispuesto por el art. 39 de la LC). 2°) Actuará el mismo Síndico de la quiebra principal, Contador Público Nacional Juan Arnaldo Venturini, quien ha constituido domicilio especial en calle 25 de Mayo 1088 de esta ciudad. 3°) Ordenar la citada fallida y a terceros, para que entreguen al Síndico los bienes o documentación de aquella que estuvieren en su poder. 4°) Prohibir efectuar pagos a la fallida, los que serán ineficaces. 5°) Oportunamente se fijarán las fechas que prevé el art. 88 de la ley concursal. 6°) La resolución deberá notificarse a la demandada en su... Read more

Boletín Oficial de la República Argentina del 27/12/2001 - Segunda Sección - Page 8

/ESMERALDA TELEVISION SA s/Extensión de Quiebra” (Expte. N° 2845/año 1996) se ha dispuesto, mediante resolución N° 1124 de fecha 03/12/2001, declarar la quiebra por extensión de la sociedad ESMERALDA TELEVISON S.A., inscripta en la Inspección General de Justicia de Buenos Aires, en fecha 28/09/94 bajo el N° 9922 del Libro 115 T° A, con domicilio en esa ciudad y disponiéndose en consecuencia lo siguiente: 1°) Se formará masa separada de la quiebra del ex Banco BID (Art. 166 y sgtes. L.C., sin perjuicio de lo dispuesto por el art. 39 de la LC). 2°) Actuará el mismo Síndico de la quiebra principal, Contador Público Nacional Juan Arnaldo Venturini, quien ha constituido domicilio especial en calle 25 de Mayo 1088 de esta ciudad. 3°) Ordenar la citada... Read more

Boletín Oficial de la República Argentina del 17/07/2002 - Segunda Sección - Page 37

BOLETIN OFICIAL Nº 29.942 2ª Sección Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Venado Tuerto, pcia. de Santa Fe, se hace saber que dentro de los autos caratulados: “SINDICO BANCO INTEGRADO DEPARTAMENTAL COOP. LTDO. s/Quiebra c/V.T.TV S.A. s/Extensión de Quiebra-Hoy Declarada” (Expte. N° 2745/1996) se ha dispuesto, mediante resolución N° 449 de fecha 21 de junio de 2002 ampliar la resolución 797/01 de fecha 30/10/01, en el siguiente sentido: 1) Fijar como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico C.P.N. Juan Arnaldo Venturini, con domicilio constituido en calle 25 de Mayo 1088 de esta ciudad, los títulos justificativos de sus créditos, hasta el día... Read more

Boletín Oficial de la República Argentina del 25/02/1999 - Segunda Sección - Page 35

de Buenos Aires. 2) Disponer en el presente procedimiento la formación de una masa separada de la quiebra actora y que actuará como Síndico el C.P.N. Juan Arnaldo Venturini, como Síndico ya designado dentro de los autos Nº 1379/95. 3) Confirmar la Inhibición General de la demandada, disponiéndose su traba mediante oficio, en el caso de que aún no se hubiere efectivizado dicha medida. 4) Ordenar a la demandada y a los terceros que oportunamente entreguen al Síndico todos los bienes de aquella, debiendo, además, entregar al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5) Prohíbese hacer pagos a la fallida los que de hacerse serán ineficaces, intercéptese la correspondencia y entréguesela al Síndico... Read more

Boletín Oficial de la República Argentina del 15/07/2002 - Segunda Sección - Page 14

caratulados: “SINDICO BANCO INTEGRADO DEPARTAMENTAL COOP. LTDO. s/Quiebra c/ESMERALDA TELEVISION S.A. s/Extensión de Quiebra-Hoy Declarada” (Expte. N° 2845/1996) se ha dispuesto, mediante resolución N° 448 de fecha 21 de junio de 2002 ampliar la resolución 1124/01 de fecha 3/12/01, en el siguiente sentido: 1) Fijar como fecha hasta la cual los acreedores deberán presenta al Síndico C.P.N. Juan Arnaldo Venturini, con domicilio constituido en calle 25 de Mayo 1088 de esta ciudad, los títulos justificativos de sus créditos, hasta el día 20 de septiembre de 2002. 2) Fijar fecha para la presentación de los Informes Individuales para el día 31 de octubre de 2002. 3) Fijar fecha para la presentación del Informe General para el día 13 de diciembre de... Read more

Boletín Oficial de la República Argentina del 23/02/1999 - Segunda Sección - Page 37

:…; Resulta:…; Y Considerando:…; Resuelvo: 1) Haciendo lugar a la demanda y declarando la quiebra por extensión de la sociedad “EXPORA SOCIEDAD ANONIMA”, inscripta en la Inspección General de Justicia al Tomo A de S.A., Libro 94, Nº 3507 año 1981, con domicilio legal en calle Maipú 350, Piso 1º, Of. “D” de la ciudad de Buenos Aires. 2) Disponer en el presente procedimiento la formación de una masa separada de la quiebra actora y que actuará como Síndico el C.P.N. Juan Arnaldo Venturini, como Síndico ya designado dentro de los autos Nº 1379/95. 3) Confirmar la Inhibición General de la demandada, disponiéndose su traba mediante oficio, en el caso de que aún no se hubiere efectivizado dicha medida. 4) Ordenar a la demandada y a los terceros que... Read more

Boletín Oficial de la República Argentina del 22/02/1999 - Segunda Sección - Page 19

presente procedimiento la formación de una masa separada de la quiebra actora y que actuará como Síndico el C.P.N. Juan Arnaldo Venturini, como Síndico ya designado dentro de los autos Nº 1379/95. 3) Confirmar la Inhibición General de la demandada, disponiéndose su traba mediante oficio, en el caso de que aún no se hubiere efectivizado dicha medida. 4) Ordenar a la demandada y a los terceros que oportunamente entreguen al Síndico todos los bienes de aquella, debiendo, además, entregar al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5) Prohíbese hacer pagos a la fallida los que de hacerse serán ineficaces, intercéptese la correspondencia y entréguesela al Síndico oficiándose a tales fines. 6) Disponer la... Read more

Boletín Oficial de la República Argentina del 08/07/1999 - Segunda Sección - Page 43

actora y que actuará como Sín- Jueves 8 de julio de 1999 43 dico el C.P.N. Juan Arnaldo Venturini, como Síndico ya designado dentro de los autos Nº 1379/95. 3) Confirmar la Inhibición General de la demandada, disponiéndose su traba mediante oficio, en el caso de que aún no se hubiere efectivizado dicha medida. 4) Ordenar a la demandada y a los terceros que oportunamente entreguen al Síndico todos los bienes de aquélla, debiendo, además, entregar al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5) Prohíbese hacer pagos a la fallida los que de hacerse serán ineficaces, intercéptese la correspondencia y entréguesela al Síndico oficiándose a tales fines. 6) Disponer la prohibición de ausentarse del país a... Read more