Periódico Oficial del Estado de México del día 04/06/2024 (Sección Primera)

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

Martes 4 de junio de 2024

Sección Primera
Tomo: CCXVII No. 99

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE MÉXICO
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
Al margen Escudo del Estado de México y una leyenda que dice: EDUCACIÓN, Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación, y un logotipo que dice: COMECYT, Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología.
ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINA COMO OBLIGADAS AL PROCESO DE ENTREGA Y RECEPCIÓN Y
RENDICIÓN DE CUENTAS, A LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS DEL CONSEJO MEXIQUENSE DE CIENCIA Y
TECNOLOGÍA, NO COMPRENDIDAS EN LOS DOS PRIMEROS PÁRRAFOS DEL ARTÍCULO 6 DEL REGLAMENTO
PARA LOS PROCESOS DE ENTREGA Y RECEPCIÓN Y DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO.
DR. VÍCTOR DANIEL ÁVILA AKERBERG, DIRECTOR GENERAL DEL CONSEJO MEXIQUENSE DE CIENCIA Y
TECNOLOGÍA, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 78 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL
ESTADO LIBRE Y SOBERANO DEL ESTADO DE MÉXICO; 1, 2 Y 64 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; Y 6 DEL REGLAMENTO PARA LOS PROCESOS DE ENTREGA Y RECEPCIÓN Y
DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO, Y
CONSIDERANDO
Que la Administración Pública Estatal 2023-2029 está orientada al interés general, cuya finalidad es lograr el bienestar de las personas que se encuentren en el Estado, garantizando un buen gobierno que se encuentre regido por los principios de legalidad, honradez, profesionalismo, inclusión, racionalidad, imparcialidad, eficiencia, eficacia, economía y transparencia.
Que el Plan Estatal de Desarrollo del Estado de México 2023-2029, establece como primordial el Eje 1. Cero corrupción y gobierno del pueblo y para el pueblo Estado de Derecho y austeridad, en su fracción I. Diagnóstico y objetivos, particularmente en su inciso c. Transparencia y rendición de cuentas, el cual dispone en su Objetivo 1.3 Promover un gobierno honesto, transparente, responsable y austero, que rinda cuentas claras, a partir de la utilización eficaz y eficiente de los recursos públicos.
Que el 30 de julio de 2020, se publicó en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno el Reglamento para los Procesos de Entrega y Recepción y de Rendición de Cuentas de la Administración Pública del Estado de México, cuyo objeto es regular los procesos para la entrega y recepción de las unidades administrativas a cargo de las personas servidoras públicas de las dependencias y de los organismos auxiliares de la Administración Pública del Estado de México.
Que el artículo 3 fracción IX del citado Reglamento señala que por entrega y recepción se debe entender al proceso administrativo por el que una persona servidora pública que concluye su empleo, cargo o comisión hace entrega y rinde cuentas de los recursos asignados, de los programas, proyectos, asuntos y acciones a su cargo y del estado que guardan;
así como de la información documental que tenga a su disposición de manera directa, a quien reciba legalmente para sustituirle o a la persona que su superior jerárquico designe como encargada, o responsable para tales efectos, lo que significa que con dicho proceso se deja constancia de los documentos, bienes y valores necesarios para continuar con el adecuado funcionamiento de la administración pública.
Que el mismo Reglamento, en su artículo 5, establece los supuestos en los cuales se determina el momento en el que procede realizar el cargo de entrega y recepción.
Que el artículo 6 en sus párrafos primero y segundo señala como personas obligadas al proceso de entrega y recepción desde la persona titular del Poder Ejecutivo del Estado de México hasta las personas titulares de jefaturas de departamento en las dependencias, así como las equivalentes jerárquicos en los organismos auxiliares, incluyendo aquellas personas servidoras públicas que, por comisión, suplencia, encargo o bajo cualquier otra figura hayan quedado bajo el encargo provisional de alguna unidad administrativa.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 párrafo tercero del multicitado Reglamento, las personas titulares de las dependencias y organismos auxiliares, previa opinión de la persona titular del órgano Interno de Control correspondiente, determinarán, mediante Acuerdo publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno, la relación del personal del servicio público que, en adición a los ya señalados, esté obligado a realizar el proceso de Entrega y Recepción, señalando nombre, cargo, área de adscripción, ubicación física y tipo de fondos, bienes y valores públicos que tenga a su cargo.
edomex.gob.mx legislacion.edomex.gob.mx
PERIÓDICO OFICIAL

2

Gobierno del Estado de México

About this edition

Periódico Oficial del Estado de México del día 04/06/2024 (Sección Primera)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

CountryMexico

Date04/06/2024

Page count72

Edition count5209

First edition03/01/2000

Last issue09/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Junio 2024>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30