Periódico Oficial del Estado de México del día 17/02/2015 (Sección Cuarta)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

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AC ETA

UD r I_ G OBIERNO

17 de febrero de 2015

COORDINACIÓN DE VOLUNTADES ANTICIPADAS

OBJETI O:
Coordina , asesorar y coadyuvar con las instituciones de salud de la Entidad en la promoción, registro y cumplimiento de las de laraciones de voluntad anticipada de los habitantes del Estado de México.
FUNCIONES:
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Coordinar y vigilar la revisión, seguimiento y cumplimiento de los casos de declaraciones de voluntades anticipadas en el Estado de México.
Coor finar a las instituciones del Sector Salud de la entidad, en la aplicación de la Ley de Voluntad Anticipada del Esta o de México, a través de las unidades de medicina y cuidados paliativos de cada Institución.
Coad uvar y participar como enlace con las instituciones federales correspondientes, en el cumplimiento de la Ley Voluntad Anticipada del Estado de México.
Defin r y coordinar, con la Comisión de Bioética del Estado de México, las estrategias para la promoción y difusión de la ey de Voluntad Anticipada del Estado de México.
Esta lacar con el titular de la Comisión de Bioética del Estado de México, reuniones periódicas con los Comités de Bioética de las diferentes Instituciones del Sector Salud para dar seguimiento a los casos de declaraciones de voluntades anticipadas.
Orga izar reuniones con los responsables de las unidades de medicina y cuidados paliativos del Sector Salud para par seguimiento a las declaraciones de voluntades anticipadas.
Vigila las asesorías jurídico administrativas que se brinden a las unidades de medicina y cuidados paliativos de las instituciones de salud sobre las responsabilidades del personal de salud en la aplicación de la declaración de volun ad anticipada.
Reci ir, registrar y resguardar las Actas de Voluntad Anticipada.
Esta ecer mecanismos de control para la gestión, distribución y uso de los formatos de Acta de Voluntad Antici ada.
Supe isar la elaboración y ejecución de programas de investigación, estudio, capacitación, enseñanza, prom ción y difusión de los derechos que tienen las/los pacientes, en coordinación con las unidades de medicina y cuidos paliativos de las instituciones del Sector Salud.
Oper r, mantener, evaluar, mejorar y actualizar un sistema digitalizado de !as declaraciones de voluntad antici Dada.
Proprcionar orientación y asesoría a todas aquellas personas que lo soliciten en materia de declaraciones de volun ad anticipada.
Partic par en los Comités de Bioética de las diferentes instituciones del Sector Salud.
Anali ar e integrar los casos de las declaraciones de voluntad anticipada considerados para presentarse en la Comi ión Estatal de Bioética.
Prop ner al C. Secretario proyectos relacionados con el seguimiento y mejora de los procesos relacionados con las declaraciones de voluntad anticipada, así como de la aplicación de la Ley de Voluntad Anticipada del Estado de MÉxico.
Infor ar de manera periódica al C. Secretario de Salud sobre los alcances y atenciones brindadas en el Estado.
Desa ollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.

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SUBDIRECCIÓN DEL REGISTRO ESTATAL DE VOLUNTADES ANTICIPADAS

OBJETIVO
Coadyuva, en el enlace interinsitucional dentro del Sistema Estatal de Salud, a través de la agrupación física y virtual de un Reistro Estatal que integre la información estratégica para el control en materia de Voluntad Anticipada en el Estado de México.
FUNCIO S
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Reali r seguimiento a las solicitudes de suscripción al Registro Estatal de Voluntad Anticipada, que se realicen en las unidades hospitalarias para canalizar al personal autorizado.
Controlar y otorgar al personal autorizado los números de registro y control que deberán llevar las Actas de Volun d Anticipada.
Aseg rar la correcta y completa integración de los expedientes de las Actas de Voluntad Anticipada.
Coord nar con las instancias correspondientes la suscripción de Escrituras de Voluntad Anticipada solicitadas.
ldentif car, controlar y subsanar las irregularidades en el procedimiento del llenado de las Actas de Voluntad Antici ada.
Garan izar el control de la documentación inherente a la suscripción al Registro Estatal de Voluntad Anticipada, integr ndola y agrupándola temáticamente.
Actual zar las modificaciones de las declaraciones de voluntad anticipada cuando sean revocadas las suscri ciones.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 17/02/2015 (Sección Cuarta)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

CountryMexico

Date17/02/2015

Page count24

Edition count1838

First edition05/01/2000

Last issue28/12/2023

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