Periódico Oficial del Estado de México del día 11/02/2015 (Sección Cuarta)
Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.
Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)
GAC
Página 6
E TA
EJEL GOBIERNO
I
1 de febrero de 2015
Artículo 7. Tratándose de instrumentos en que se consignen operaciones traslativas de vivienda de social progresi , interés social o popular, en los programas de vivienda o de regularización de la propiedad inmobilia la en que intervengan instituciones federales, estatales o municipales, salvo convenio en contrario celebrada con el Colegio, se cobrarán:
39 DSMGV
CANCELACIÓN DE RESERVA DE DOMINIO
Artículo 8. En las escrituras en que se haga constar la transmisión de propiedad cuyo dominio se hubiese reservad el vendedor o el cumplimiento de la condición, se cobrará el importe de:
80 DSMGV
VARIOS ACTOS EN UN SOLO INSTRUMENTO
Artículo . Tratándose de instrumentos en los que se consignen dos o más actos jurídicos, los honorarios se cobrarán tendiendo a la tarifa completa del de mayor valor y en un 50% de la tarifa que les corresponda a los subsecu ntes.
CANCELACIONES
Artículo O. Por la escritura de cancelación de hipoteca o extinción de obligaciones, por la primera hipoteca u obligació que se cancele se cobrarán:
70 DSMGV
Tratándo e de instrumentos en que se consignen cancelaciones de hipoteca o extinción de obligaciones, de vivienda ocial o popular, por la primera hipoteca u obligación que se cancele se cobrarán:
35 DSMGV
Y por las ubsecuentes cancelaciones se cobrará la mitad de ese monto por cada una de ellas.
CRÉDITOS PUENTE
Artículo 1. Al cancelarse las garantías de créditos puente relacionados con vivienda social progresiva o de interés so .al,para ser sustituidos por créditos individuales se cobrarán:
20 DSMGV