Periódico Oficial de Tlaxcala del 18/6/2024

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Source: Periódico Oficial de Tlaxcala

Página 6

Periódico Oficial No. Extraordinario, Junio 18 del 2024

Queda prohibido que la madre, el padre o cualquier persona que ejerza la patria potestad, tutela o guarda, custodia y crianza de niñas, niños y adolescentes utilice el castigo corporal o el trato humillante, como forma de corrección o disciplina.

contados a partir de la fecha de publicación de este Decreto.

Las autoridades, en caso necesario, auxiliarán a los titulares de la patria potestad en el ejercicio de ésta y de las demás facultades que les concede la ley, haciendo uso de amonestaciones y sujeción al tratamiento integral, respecto a la violencia familiar.

AL EJECUTIVO PARA QUE LO SANCIONE
Y MANDE PUBLICAR

Cuando solo uno de sus progenitores ejerza la patria potestad, deberá procurar el respeto, acercamiento y convivencia constantes de las hijas e hijos con el otro ascendiente; en consecuencia, deberá evitar cualquier acto de manipulación hacia las hijas e hijos encaminado a impedir, menoscabar o destruir los vínculos afectivos con la otra o el otro progenitor, bajo pena de suspendérsele en su ejercicio.
ARTÍCULO 272 BIS.
I. a IV.
V. Asegurar un entorno afectivo, comprensivo, y sin violencia para el pleno, armonioso y libre desarrollo de su personalidad, a través de la crianza positiva;
VI. a VIII.

TRANSITORIOS
ARTÍCULO PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala.
ARTÍCULO SEGUNDO. El Sistema Estatal de Protección Integral deberá emitir por medio de la Secretaría Ejecutiva los lineamientos para la integración, organización y funcionamiento del Sistema Estatal de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, sus comisiones y del Consejo Consultivo, para lo cual no deberá exceder el término de noventa días hábiles,
ARTÍCULO TERCERO. Se derogan las disposiciones que se oponga al contenido del presente Decreto.

Dado en la sala de sesiones del Palacio Juárez, recinto oficial del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, en la Ciudad de Tlaxcala de Xicohténcatl, a los veintiocho días del mes de mayo del año dos mil veinticuatro.
DIP. JOSÉ GILBERTO TEMOLTZIN
MARTÍNEZ. - PRESIDENTE. Rúbrica. DIP.
FÁTIMA
GUADALUPE
PÉREZ
VARGAS. - SECRETARIA. - Rúbrica. - DIP.
YOLANDA
MONTIEL
MÁRQUEZ.
SECRETARIA. Rúbrica Al calce un sello con el Escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos. Congreso del Estado Libre y Soberano. Tlaxcala. Poder Legislativo.
Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo del Estado, en la Ciudad de Tlaxcala de Xicohténcatl, a los trece días del mes de Junio del año dos mil veinticuatro.
LORENA CUÉLLAR CISNEROS
GOBERNADORA DEL ESTADO
Rúbrica y sello LUIS ANTONIO RAMÍREZ HERNÁNDEZ
SECRETARIO DE GOBIERNO
Rúbrica y sello
PUBLICACIONES OFICIALES

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Periódico Oficial de Tlaxcala del 18/6/2024

TitlePeriódico Oficial de Tlaxcala

CountryMexico

Date18/06/2024

Page count5

Edition count592

First edition12/01/2011

Last issue01/07/2024

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