Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 28/4/2022

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

28 de abril de 2022

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B.O.P. DE CADIZ NUM. 79

realizadas por esta u otras Administraciones Públicas o entidades, de acuerdo con las normas aplicables.

2. Esta resolución se otorga sin perjuicio de las eventuales reclamaciones que pudieran presentar terceros afectados, que podrían dar lugar, previa tramitación del correspondiente procedimiento con audiencia de los interesados, a la revocación o modificación parcial o total de esta resolución, en lo referido a las instalaciones inscritas.

3. En caso de que, como resultado de las labores de inspección, supervisión y control que corresponden a esta Administración, se detectara que las información o datos suministrados por ENDESA en su solicitud son inexactos, incompletos o falsos, se procederá a la revocación o modificación de esta resolución, tras la instrucción del oportuno procedimiento, con audiencia del interesado. Asimismo, si como resultado de tales inspecciones o controles, se detectaran indicios de la comisión de infracciones administrativas tipificadas en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el órgano competente podrá iniciar el correspondiente procedimiento sancionador.

4. ENDESA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.L.U., como nuevo titular de las instalaciones descritas, en relación a esta resolución tiene las siguientes está OBLIGACIONES:

a Realizar una revisión de las instalaciones en el plazo máximo de un mes desde la notificación de esta resolución, a fin de determinar el estado de seguridad de las mismas y el cumplimiento reglamentario aplicable a ellas. En función del resultado de dicha revisión deberá realizar las reparaciones o sustituciones que corresponda, de las cuales dará cuenta a esta Administración a medida que se vayan realizando.

b Mantener las líneas e instalaciones descritas para su adecuado funcionamiento mientras sean titulares de las mismas y se encuentren en explotación.

c En el plazo máximo de seis meses desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar la solicitud de autorización administrativa previa y autorización de construcción, de las modificaciones necesarias en las instalaciones objeto de esta resolución, a fin de que todos puntos frontera con las instalaciones particulares que derivan de ellos, dispongan de los elementos de corte, seccionamiento, protección y medida, que según la reglamentación y las normas particulares de la compañía sean procedentes.

d Atender el suministro a los clientes existentes, así como atender las nuevas peticiones de suministro que surjan en los puntos frontera de las instalaciones objeto de esta resolución, en los términos que reglamentariamente está establecido.

e Cualquier otra obligación establecida en la legislación vigente, derivada de la condición de distribuidor de energía eléctrica.

TERCERO: ENDESA deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer Recurso de Alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo, Empresa y Comercio en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de recepción de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 121 y 122
de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Ocho de noviembre de dos mil dieciocho. LA DELEGADA TERRITORIAL.
FIRMADO: MARÍA GEMA PÉREZ LOZANO.
Nº 33.923


CONSEJERIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
CADIZ
ACUERDO DE INFORMACIÓN PÚBLICA

ACUERDO de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Cádiz, por la que se abre el periodo de información pública sobre:

EXPEDIENTE DE DESLINDE PARCIAL DE LA CAÑADA REAL DE
UBRIQUE A SEVILLA EXP VP@656/2017

De conformidad con lo previsto en los artículos 15 y 20.1 del Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 155/1998, de 21 de julio B.O.J.A. N.º 87, de 4 de agosto y en virtud de las competencias del artículo 19 del citado Reglamento, así como en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 13.1 e de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, en relación con el expediente VP@656/2017.

ACUERDO

Primero. La apertura del período de información pública a partir del día siguiente de la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, en el seno del procedimiento administrativo relativo al Expediente: VP@656/2017, con la denominación: Proposición de deslinde parcial de la vía pecuaria Cañada Real de Ubrique a Sevilla, en el tramo comprendido desde núcleo urbano de Villamartín hasta la carretera a-384, en el término municipal de Villamartín Cádiz, promovido por la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Cádiz.

Segundo. La publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz del presente Acuerdo, a fin de que durante el plazo de un mes desde el día posterior a su publicación, cualquier persona física o jurídica pueda acceder a la información, otorgándose además de dicho mes, un plazo de veinte días a partir de la finalización del mismo para formular cuantas alegaciones estimen oportunas, presentado los documentos y justificaciones que estimen pertinentes.

Tercero. Durante el periodo de información pública la documentación estará disponible para su consulta a través de la url: https www.juntadeandalucia.es/
servicios/participacion/todos-documentos , así como en las oficinas de la Delegación Territorial en Cádiz, sita en Plaza Asdrúbal Edificio Junta de Andalucía 4 planta, CP

11008 de dicha localidad, en horario de 9:00 a 14:00 horas, previa cita en el teléfono 956 008 700.

Cuarto. Las alegaciones, dirigidas a la persona titular del órgano que adopta este Acuerdo, deberán presentarse por escrito en cualquier registro de la Administración, bien en el Registro Electrónico General de la Junta de Andalucía, bien en cualquier registro de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, o bien en cualquier otro registro administrativo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

07/04/22. EL DELEGADO TERRITORIAL, Fdo.: Daniel Sánchez Román.
Nº 40.736


PRESIDENCIA
DECRETO DEL PRESIDENTE 4/2022, DE 25 DE ABRIL, DE DISOLUCIÓN DEL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA
Y DE CONVOCATORIA DE ELECCIONES

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 127.1 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, y 9, apartados a y b, y 42 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en uso de las facultades que me han sido atribuidas y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 25 de abril de 2022, DISPONGO

Artículo 1. Disolución del Parlamento de Andalucía.

Queda disuelto el Parlamento de Andalucía elegido el 2 de diciembre de 2018.

Artículo 2. Convocatoria de elecciones.

Se convocan elecciones al Parlamento de Andalucía, que se celebrarán el domingo 19 de junio de 2022.

Artículo 3. Diputados y Diputadas que corresponden a cada circunscripción.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.4 de la Ley Electoral de Andalucía, el número de Diputados y Diputadas a elegir en cada circunscripción es el siguiente:
Circunscripción Almería Cádiz Córdoba Granada Huelva Jaén Málaga Sevilla
Diputados y Diputadas Doce Quince Doce Trece Once Once Diecisiete Dieciocho

Artículo 4. Campaña electoral.

La campaña electoral durará quince días, comenzando a las cero horas del día 3 de junio, y finalizando a las veinticuatro horas del día 17 de junio.

Artículo 5. Sesión constitutiva del Parlamento.

El Parlamento elegido celebrará su sesión constitutiva el día 14 de julio a las 12 horas.

Artículo 6. Campaña Institucional.

Entre la entrada en vigor del presente Decreto y el día de la celebración de las elecciones sólo podrán realizarse, por parte de las Administraciones Públicas de Andalucía, las actividades publicitarias enumeradas en el apartado 2 del artículo 6 de la Ley 6/2005, de 8 de abril, reguladora de la actividad publicitaria de las Administraciones Públicas de Andalucía, así como la campaña institucional regulada en el artículo 27.2
de la Ley 1/1986, de 2 de enero, Electoral de Andalucía.

Artículo 7. Normas por las que se rigen estas elecciones.

Las elecciones convocadas por el presente Decreto se regirán por la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General; la Ley 1/1986, de 2 de enero, Electoral de Andalucía; el Decreto 344/2011, de 22 de noviembre, por el que se regulan las condiciones de los locales y elementos materiales a utilizar en las elecciones al Parlamento de Andalucía, y por la restante normativa que sea de aplicación.

Artículo 8. Publicidad del Decreto de convocatoria.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley Electoral de Andalucía, el presente Decreto se insertará íntegramente en los Boletines Oficiales de las ocho provincias andaluzas dentro de los ocho días siguientes a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 25 de abril de 2022. JUAN MANUEL MORENO BONILLA.
Presidente de la Junta de Andalucía.
Nº43.463

ADMINISTRACION LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MEDINA-SIDONIA
ANUNCIO

Por Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Medina Sidonia, en sesión ordinaria celebrada el día 17 de marzo de 2022, acordó la aprobación del Proyecto de Actuación de Interés Público, instado por la mercantil Torrestrella S.L., concretada en la instalación

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 28/4/2022

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date28/04/2022

Page count11

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Last issue27/06/2024

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