Diario Oficial de Extremadura del 18/9/1999
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Source: Diario Oficial de Extremadura
D.O.E.Número 110
18 Septiembre 1999
7255
Ayuntamiento de Alconchel
Ayuntamiento de Haba, La
Normas subsidiarias.Edicto de 31 de agosto de 1999, sobre Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal
Normas subsidiarias.Edicto de 2 de septiembre de 1999, sobre Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal
7289
Ayuntamiento de Cabeza del Buey
Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
Normas subsidiarias.Anuncio de 3 de septiembre de 1999, sobre Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento
Pruebas selectivas.Anuncio de 15 de julio de 1999, sobre concurso oposición para cubrir dos plazas de oficial de la Policía Local
7289
Ayuntamiento de Corte de Peleas
Ayuntamiento de Segura de León
Convocatoria.Resolución de 9 de septiembre de 1999, por la que se anuncia convocatoria para proveer una plaza de Administrativo de Administración General
Normas subsidiarias.Edicto de 3 de septiembre de 1999, sobre modificación puntual n.º 3 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal
I.
7290
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7291
Disposiciones Generales
CONSEJERIA DE PRESIDENCIA Y TRABAJO
DECRETO 156/1999 de 14 de septiembre, por el que se fija el Calendario de días festivos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2000.
El calendario de fiestas laborales de ámbito nacional es el establecido en el Real Decreto 1346/1989, de 3 de noviembre, que fija con carácter permanente los días inhábiles, a efectos laborales, retribuidos y no recuperables, dándose, a través de esta norma, nueva redacción al artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio.
No obstante, de acuerdo con lo establecido en el artículo 37.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, las Comunidades Autónomas, dentro del límite anual de 14 días festivos, pueden señalar aquellas fiestas que por tradición les sean propias, sustituyendo para ello las de ámbito nacional que se determinan en el citado artículo 45 del Real Decreto 2001/1983.
En base a esta facultad, se incorpora a la relación de fiestas, la
del 8 de septiembre, viernes, Día de Extremadura, fecha declarada festiva por la Ley 4/1985, de 3 de junio, del Escudo, Himno y Día de Extremadura, en sustitución del 20 de marzo, lunes, por coincidir con domingo la festividad de San José, día 19 de marzo, de conformidad con lo prevenido en el artículo Unico, punto Tres, párrafo segundo, del Real Decreto 1346/1989, ya citado.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Trabajo y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 14 de septiembre de 1999.
DISPONGO:
Artículo 1.Conforme a lo establecido en el artículo 37.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, en la redacción dada por el Real Decreto 1346/1989, de 3 de noviembre, de no producirse modificación en el calendario laboral de carácter nacional, las fiestas laborales retribuidas y no recuperables, en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2000, serán las siguientes: