Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 23/05/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 21.716
Salta, jueves 23 de mayo de 2024

Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020

SALTA, 21 de Mayo de 2024
DECRETO Nº 261
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Expediente Nº 0100221-22001/2018-0 y Agregados.
VISTO los recursos jerárquicos interpuestos por la señora Fátima Verónica Aramayo, contra la Resolución Nº 974/2021, y por el señor Carlos Federico Vargas Bobba, contra la Resolución Nº 1913/2021, ambas del Ministerio de Salud Pública; y, CONSIDERANDO:
Que los referidos agentes interpusieron recurso de reconsideración en contra de la Resolución Nº 646/2020 del Ministerio de Salud Pública, la cual había aplicado una sanción disciplinaria de quince 15 días de suspensión, sin goce de haberes, por infracción a lo dispuesto en el artículo 11, incisos a y b, de la Ley Nº 7273, con encuadre legal en lo prescripto en el artículo 15, inciso f, del mismo cuerpo legal;
Que por conducto de la Resolución Nº 974/2021, se resolvió hacer lugar parcialmente al recurso cursado por la señora Aramayo, disponiendo la aplicación de la sanción disciplinaria de siete 7 días de suspensión, sin goce de haberes;
Que por medio de la Resolución Nº 1913/2021 del Ministerio de Salud Pública, se decidió rechazar el recurso de reconsideración presentado por el señor Vargas Bobba;
Que, preliminarmente, cabe referir que los recursos jerárquicos fueron presentados dentro del plazo de 10 diez días desde que las resoluciones recurridas fueron notificadas a los interesados, por lo cual resultan formalmente admisibles;
Que, en relación al recurso interpuesto por la agente Aramayo, la recurrente se agravió por entender que el acto administrativo incurre en contradicción al culparla a ella enfermera y al señor Vargas Bobba chofer, ya que se produjo una interferencia en la comunicación a través del VHF, razón por la que no atendieron el llamado, además de que resultaba imposible para ellos percatarse de dicha interferencia. Asimismo, manifestó que de la propia resolución se desprendería la información de que ella tuvo limitada responsabilidad, en atención a que la comunicación, resulta ser una función del chofer;
Que de igual forma, sostiene que se habría introducido una variable en la base fáctica de imputación, ello porque en un inicio se expresó que el equipo VHF no tenía falla y, posteriormente, se reconoció la falla, pero se cuestionó y sancionó la conducta de haber descartado un requerimiento de servicios;
Que en tal orden de ideas, la agente alegó que existiría una falta de tipificación legal adecuada, que pretendió construirse desde la Resolución Nº 646/2020 y completarse con lo posteriormente establecido en la Resolución Nº 974/2021, así como las Leyes Nº 7678 y Nº 7351, manifestando que en ésta última no se describe la conducta sancionada, pues su artículo 14º resulta específico;
Que, finalmente introdujo argumentos que, según su entender, no fueron tratados en la Resolución Nº 646/2020;
Que cabe referir que la responsabilidad de la impugnante es indudable, pues resulta claro de los propios dichos de la señora Aramayo que tuvo conocimiento de la comunicación efectuada con la central sin que haya intentado retomarla, por lo que su conducta es pasible de responsabilidad administrativa;
Que, por otro lado, no existe en los instrumentos emitidos por la administración contradicción alguna, como tampoco la incorporación de elementos ajenos a la imputación, ya que lo que se está sancionando es la conducta desplegada por la agente, es decir, el incumplimiento a su obligación de prestar el servicio del cargo en el que ha sido designada;
Que cabe agregar que cada acto administrativo cuestionado por la recurrente se
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Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 23/05/2024

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Salta

CountryArgentina

Date23/05/2024

Page count76

Edition count2039

First edition04/01/2016

Last issue06/08/2024

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