Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 06/05/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 21.703
Salta, lunes 6 de mayo de 2024

Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020

SALTA, 29 de abril de 2024
RESOLUCIÓN Nº 452
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 386 - 200.395/21 - Cpde. 19 y agregados.
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12 de la obra RECAMBIO Y OPTIMIZACIÓN DE REDES DE AGUA EN CALLES VARIAS DE VILLA MITRE - SALTA
CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA; y, CONSIDERANDO:
Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 369/22 a la firma CE y BA S.R.L31.166.828,24 pesos treinta y un millones ciento sesenta y seis mil ochocientos veintiocho con 24/100 IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022;
Que asimismo, mediante Resolución S.O.P. Nº 253/23, se aprueba el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 36.827.334,58 pesos treinta y seis millones ochocientos veintisiete mil trescientos treinta y cuatro con 58/100 IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022;
Que a fs. 236/247, el Inspector de Obra de la entonces Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;
Que a fs. 200, rola Nota de Pedido N 01 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación artículo 3º Decreto Nº 3.721/13;
Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;
Que a fs. 249, mediante Actuación Nº 59/24 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 270/271 el Dictamen Nº 176/24 y a fs. 271 vta. la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 30,11%, 7,56%, 5,40%, 7,18%, 6,11%, 13,14%, 7,55%, 6,20%, 8,32%, 21,31% y 7,82% del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de Octubre, Noviembre y Diciembre de 2.022, Enero, Febrero, Abril, Mayo, Junio, Julio, Agosto y Septiembre de 2.023, respectivamente;
Que a fs. 254/264, la Dirección de Obras de la entonces Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte Decreto Nº 572/06, procede a informar el descuento del anticipo financiero,
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Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 06/05/2024

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Salta

CountryArgentina

Date06/05/2024

Page count70

Edition count2020

First edition04/01/2016

Last issue10/07/2024

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