Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 12/01/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 21.630
Salta, viernes 12 de enero de 2024

Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020

AVISOS COMERCIALES
BMI SA - MODIFICACIÓN DE ESTATUTO
Mediante Asamblea General Extraordinaria de fecha 15/05/2023 y 12/07/2023, los Accionistas resolvieron en forma unánime reformar los arts. 5, 9, 10 y 14 del estatuto de la sociedad. Como consecuencia queda modificado el estatuto social en su Cláusula Nº 5 de la siguiente manera: ARTÍCULO QUINTO: Las nuevas acciones a emitirse podrán ser ordinarias o preferidas, al portador, nominativa, endosables o no, o escriturares, de conformidad con la legislación vigente. Las acciones preferidas podrán tener derecho a un dividendo fijo preferente, de carácter acumulativo o no, y de acuerdo a las condiciones de emisión. Podrá también acordárseles una participación adicional en las utilidades líquidas y realizadas y reconocérseles prioridad en el reembolso del capital en caso de liquidación de la Sociedad.
Las acciones preferidas no darán derecho a voto, salvo en los casos en que las normas legales le otorguen ese derecho. La Asamblea podrá resolver que las acciones preferidas sean rescatables, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. El rescate podrá ser total o parcial, debiendo la Asamblea resolver las demás condiciones y requisitos relevantes.
Las acciones ordinarias podrán ser convertidas en preferidas, y viceversa. No se emitirán nuevas acciones si no se encuentran previamente suscritas e integradas totalmente las acciones anteriormente emitidas por la Sociedad.; la Cláusula N 9 queda:
ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN. ARTÍCULO NOVENO: La sociedad será administrada por un Directorio compuesto por un mínimo de UN DIRECTOR y un máximo de TRES
DIRECTORES titulares y el mismo número de suplentes, según lo establezca la Asamblea en cada renovación de autoridades. En todos los casos los directores cumplirán los recaudos establecidos por la ley de la materia. Los Directores, en su primera sesión, deben designar un Presidente y podrán designar un Vicepresidente; ese último reemplaza al primero en caso de ausencia, de muerte o de impedimento. El Directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros presentes en forma física o comunicados entre sí a través de medios de transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras -videoconferencia-.
En las actas de reunión de Directorio, se dejará constancia de la participación y voto de los miembros que participen a distancia -mediante videoconferenciay de aquellos que se encuentren presentes, y de todos los datos de la transmisión. El Directorio resuelve por mayoría de votos presentes, ya sea mediante voto presencial o voto emitido por los Directores que participen de la reunión a distancia mediante videoconferencia. El Presidente tendrá doble voto en caso de empate. La Asamblea fija la remuneración del Directorio.; la Cláusula N 10 queda: ARTÍCULO DÉCIMO: Las Directores durarán tres ejercicios en sus funciones y podrán ser reelectos. En caso de ausencia, muerte o incapacidad serán sucedidos por los suplentes en el orden de su elección, hasta la terminación del mandato o cesación del impedimento. La asamblea fijará la retribución de los directores, la que será proporcional a los resultados del ejercicio y no tendrá carácter remunerativo estable ni permanente.; y la Cláusula N 14 queda: ASAMBLEAS: ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO. Las Asambleas tanto ordinarias como extraordinarias serán convocadas, como también su realización y desarrollo se ajustará en todo a lo que establece la Ley General de Sociedades sus modificatorias y complementarias. Son válidas las asambleas a distancia que se realicen a través de medios de transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras videoconferencia.

Pág. N 42

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Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 12/01/2024

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Salta

CountryArgentina

Date12/01/2024

Page count50

Edition count2018

First edition04/01/2016

Last issue05/07/2024

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