Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 01/11/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 21.582
Salta, miércoles 1 de noviembre de 2023

Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020

La Autoridad Metropolitana de Transporte de Salta, hace saber, que en los autos caratulados:
AMT - SECTOR FISCALIZACION - ACTA DE COMPROBACION - B 7875 - DOMINIO HRH398 ILEGAL UBER CON RETENCION, se ha dispuesto notificar a UBER ARGENTINA Y/O RASIER
OPERATIONS B.S. Y/O UBER APP Y/O UBER TECNOLOGIES INC. Y/O UBER BV Y/O QUIEN
RESULTE LEGALMENTE RESPONSABLE, lo resuelto por Disposición AMT Nº 519/23, de fecha 24 de Octubre de 2023, que establece lo siguiente: Y VISTO: El Expediente N
238-70050/23, caratulado: "AMT - SECTOR FISCALIZACIÓN - ACTA DE COMPROBACION - B
7875 - DOMINIO HRH398 - ILEGAL UBER CON RETENCION; la Ley N 7322, la Resolución A.M.T. N 290/18, y; CONSIDERANDO LA GERENCIA JURIDICA DE LA AUTORIDAD
METROPOLITANA DE TRANSPORTE RESUELVE: ARTÍCULO 1º: APLICAR a MARTINEZ, HECTOR
DANIEL GUSTAVO, DNI N 36.280.822 una multa consistente en 40 cuarenta Unidades de Sanción US, es decir la suma de $ 410.000,00 pesos cuatrocientos diez mil con 00/100, por incumplimiento en el marco de la Resolución AMT N 290/18 transportar pasajeros sin habilitación mediante plataforma digital UBER, ello por los motivos expuestos en los considerandos en la presente Disposición. ARTÍCULO 2º: APLICAR a UBER ARGENTINA Y/O
RASIER OPERATIONS B.S. Y/O UBER APP Y/O UBER TECNOLOGIES INC. Y/O UBER BV Y/O
QUIEN RESULTE LEGALMENTE RESPONSABLE, una multa consistente en 100 cien Unidades de Sanción US, es decir la suma de $ 1.025.000,00 Pesos un millón veinticinco mil con 00/100, por incumplimiento en el marco de la Resolución AMT N 290/18 transportar pasajeros sin habilitación mediante plataforma digital UBER, ello por los motivos expuestos en los considerandos en la presente Disposición. ARTÍCULO 3º: INTIMAR al sumariado y a la organización empresarial UBER ARGENTINA Y/O RASIER OPERATIONS B.S. Y/O UBER APP
Y/O UBER TECNOLOGIES INC. Y/O UBER BV Y/O QUIEN RESULTE LEGALMENTE
RESPONSABLE, a realizar el pago del monto establecido en los artículos 1º y 2º, dentro de un plazo de 15 quince días corridos a contar desde la notificación de la presente. El pago se considerará efectivizado una vez cancelado el mismo en los lugares habilitados para el cobro correspondiente, PREVIA EMISION DE LA BOLETA DE PAGO PERTINENTE POR AMT.
ARTÍCULO 4º: EN CONTRA de la presente Disposición procede pedido de Aclaratoria dentro del plazo de 3 tres días de notificada Art. 76 Ley Nº 5348. Asimismo procede Recurso de Revocatoria Art. 4 inc. w ley 7322 - Art. 177 Ley 5348 en el plazo de 10 diez días posteriores a la notificación de la presente. ARTÍCULO 5º: DISPONER que el sumariado, previo a obtener la liberación del vehículo retenido deberá acreditar el pago en concepto de canon de recupero y gastos administrativos, conforme lo establece la normativa AMT
aplicable.- ARTÍCULO 6º: REGÍSTRESE, notifíquese, comuníquese y oportunamente archívese.
El presente edicto deberá ser publicado por 3 tres días en el Boletín Oficial de la Provincia de Salta, de conformidad a lo dispuesto en el art. 150 de la Ley Nº 5348 de Procedimientos Administrativos de la Provincia de Salta.
SALTA, 26 de Octubre de 2023.
Lorenzo, ABOGADA
Valor al cobro: 0012 - 00009108
Fechas de publicación: 31/10/2023, 01/11/2023, 02/11/2023
Importe: $ 3,641.00
OP N: 100108927

Pág. N 36

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Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 01/11/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Salta

CountryArgentina

Date01/11/2023

Page count66

Edition count2022

First edition04/01/2016

Last issue12/07/2024

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