Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 14/10/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 20.843
Salta, miércoles 14 de octubre de 2020

de Cobertura del Ministerio de Salud Pública, tomaron la intervención de su competencia;
Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 140 segundo párrafo de la Constitución Provincial, y con arreglo a lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley Nº 6.583, sus modificatorias y sucesivas prórrogas, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Otórgase subsidio a la paciente MARÍA ISABEL GUANTAY, DNI Nº 16.659.769, por la suma de pesos noventa y siete mil ochocientos cuarenta $ 97.840,00, para cubrir el costo de material quirúrgico, con posterior intervención de la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Salud Pública para auditar el destino del mismo.
ARTÍCULO 2º.- La erogación resultante deberá imputarse al Curso de Acción:
081013000300, Gestión de Pacientes, Cuenta Objeto: 415123, Auxiliar: 1004.
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Salud Pública y el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Esteban - Posadas
Fechas de publicación: 14/10/2020
OP N: SA100036553

SALTA, 09 de Octubre de 2020
DECRETO Nº 659
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Expediente. Nº 89-30237/2020
VISTO el subsidio que se gestiona a favor de la señora Justina Adela Mamani; y, CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al diagnóstico acompañado en las presentes actuaciones, deviene necesario cubrir el costo de material quirúrgico para la mencionada paciente;
Que el Gobierno de la Provincia, dentro de la política sanitaria implementada en el Área de Salud, trata de brindar soluciones inmediatas a personas carentes de recursos, mediante el otorgamiento de subsidios para afrontar su efectiva y eficiente atención;
Que la salud, en tanto bien social, es un derecho inherente a la vida y su preservación constituye un deber de cada persona y del Estado, pues éste debe asegurar igualdad de prestaciones ante idénticas necesidades, estableciendo las prioridades con criterio de justicia y utilización racional de los recursos cf. artículos 41 y 42 de la Constitución Provincial;
Que de las constancias de autos surge que la Sra. Mamani ha cumplido con los requisitos necesarios para la viabilidad del subsidio, acreditándose la objetiva razonabilidad para su otorgamiento;
Que la Subsecretaría de Abastecimiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud Pública, tomó la intervención de su competencia;
Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 140 segundo párrafo, de la Constitución Provincial y con arreglo a lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley Nº 6.583, sus modificatorias y sucesivas prórrogas, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020

Pág. N 10

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Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 14/10/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Salta

CountryArgentina

Date14/10/2020

Page count42

Edition count2014

First edition04/01/2016

Last issue01/07/2024

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