Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 09/12/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 20.642 - Salta, lunes 9 de diciembre de 2019

ARTÍCULO 2.- Dejar establecido que el agente renunciante no realizó al examen médico de egreso previsto en la normativa reglamentaria de la Ley N 24557 Decreto Nac. N 1338/96, Art. 9, Resol. SRT N 43/97, Art. 6.
ARTÍCULO 3.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Berruezo Fechas de publicación: 09/12/2019
OP N: SA100033788

SALTA, 2 de Diciembre de 2019
RESOLUCION DELEGADA N 872 D
MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS Y JUSTICIA
Expte. N 0080050-105829/2019-0.VISTO la renuncia presentada por el Cabo Gerardo Elíseo Galian, D.N.I. N
31.949.101, Legajo Personal N 2.737; y CONSIDERANDO:
Que el expediente de referencia se inicia con nota del Cabo Galian en la cual solicita la baja voluntaria del Servicio Penitenciario de la Provincia aduciendo motivos de índoles personales;
Que el mencionado agente fue incorporado al Servicio Penitenciario de la Provincia por Decreto N 450/07;
Que a fs. 67 el Departamento Personal del S.P.P.S., manifiesta que el mencionado agente no registra licencias pendientes de usufructo, y que a través del Departamento de División de Liquidación de Haberes se procedió al corte del mismo a partir del 13-07-2019;
Que de igual manera la Dirección de Administración informa que el numerario no registra deuda en concepto de impuestos por viviendas otorgadas en comodato, ni por productos comercializados en los diferentes sectores de venta de la Institución;
Que a fs. 75 se agrega informe emitido por la Coordinación de Medicina Laboral del cual surge que Cabo Galian no se presentó a realizar los estudios médicos de egreso, a pesar de haber sido debidamente conforme cédula obrante a fs. 73/74;
Que las Asesorías Jurídicas tanto de la Dirección General del Servicio Penitenciario como de la Subsecretaría de Políticas Criminales y Asuntos Penitenciarios toman debida intervención, dictaminando que correspondería el dictado del instrumento legal que acepte la renuncia del Cabo Galian, y lo sea a partir del 13/07/2019;
Que asimismo resulta oportuno destacar que la Ley N 5639, en su artículo 91, inciso b expresa que la baja de un agente podrá producirse a su solicitud, por lo que resulta ajustado a derecho hacer lugar a la renuncia presentada a fs. 01;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia tomó la intervención de su competencia;
Por ello, con arreglo a lo dispuesto en el Decreto N 4955/08, modificado por el Decreto N 1595/12; la Ley N 5639, artículo 91, inciso b, y los artículos 17 inciso 12 y 22
de la Ley N 8.053, EL MINISTRO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS Y JUSTICIA
RESUELVE:
Con vigencia al 13
de julio de 2.019, aceptar la renuncia presentada por el ARTÍCULO 1.Cabo GERARDO ELISEO GALIAN, D.N.I. N 31.949.101, Legajo Personal N 2.737.
ARTÍCULO 2.- Dejar establecido que el Cabo Galian por voluntad propia no se presentó a Ley Nacional N 25.506 - Ley Provincial N 7850 - Disposiciones Boletín Oficial N 374/15 y 375/15

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Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 09/12/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Salta

CountryArgentina

Date09/12/2019

Page count150

Edition count2038

First edition04/01/2016

Last issue05/08/2024

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