Boletín Oficial de la Provincia de Palencia del 16/07/2003

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Palencia

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16 de julio de 2003

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE PALENCIA

SECRETARÍA GENERAL

A N U N C I O

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 71 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por R.D.
2568/1986, de 28 de noviembre, se hace público que el Pleno de la Corporación Provincial en sesión celebrada el día 10 de los corrientes, ha acordado delegar en la Comisión de Gobierno las atribuciones que se detallará a continuación en los siguientes términos:
De conformidad con lo dispuesto en los artículo 33 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 28 del R.D. Legislativo 781/86, de 18 de abril, que aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y 70 y 71 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones locales, aprobado por R.D. 2568/86, de 28 de noviembre, se propone a la Corporación Provincial en Pleno que, con el fin de agilizar la gestión administrativa, se delegue en la Comisión de Gobierno las siguientes atribuciones:
1.- El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la Corporación en materias de competencia plenarias.
2.- La aprobación de los proyectos de obra y de servicios cuando sea competente para su contratación o concesión.
3.- El establecimiento y modificación de los Precios Públicos.
4.- La autorización o denegación de compatibilidades del personal al servicio de la Entidad Local, para un segundo puesto o actividad en el sector público, así como la resolución motivada reconociendo la compatibilidad del citado personal para el ejercicio de actividades profesionales, laborales, mercantiles o industriales fuera de las Administraciones Públicas, a que se refieren los artículos 9 y 14 de la Ley 53/84, de 26
de diciembre.
5.- Las demás que, no apareciendo recogidas en el artículo 33 de la Ley 7/85, de 2 de abril, expresamente le atribuyan las leyes y no requieran quórum especial.-Palencia, 7 de julio de 2003. - El Presidente, firmado, Enrique Martín Rodríguez.
Palencia, 11 de julio de 2003. - El Secretario General, José Luis Abia Abia.
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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE PALENCIA

Secretaría General. PLANES PROVINCIALES

A N U N C I O

CONVOCATORIA DE PETICIONES DE INCLUSIÓN DE OBRAS
EN LOS PLANES PROVINCIALES PARA LA
ANUALIDAD DE 2004

Con la presente convocatoria, dictada al amparo del Real Decreto 1328/97, de 1 de agosto, por el que se regula la coo-

peración económica del Estado a las inversiones de las Entidades Locales; del apartado 4 del art. 52 del Reglamento CE número 1260/1999 del Consejo, de 21 de junio de 1999, por el que se establecen las disposiciones generales sobre los Fondos Estructurales y del Decreto 53/2002 de 4 de abril, regulador del Fondo de Cooperación Local como instrumento de cooperación y coordinación económica entre la Comunidad de Castilla y Léon y las Entidades Locales de su ámbito territorial y del acuerdo del Pleno de la Diputación Provincial de fecha 27 de diciembre de 2002, en el que se aprobó el Plan de Obras de Diputación, se pretende que todas las de la Provincia puedan participar en los Planes Provinciales.
A tal efecto, se publica el presente concurso de peticiones de inclusión de obras con arreglo a las siguientes:
CONDICIONES

1 Las obras o servicios a solicitar, en función de sus características y de la previsiones inversoras de los Entes Locales Provinciales, se incluirán dentro del Plan Provincial de Cooperación a las Obras y Servicios de competencia municipal y de Red Viaria Local, subvencionado por el Estado; Programa Operativo Local POL, subvencionado por el Estado y Fondos Europeos FEDER; Fondo de Cooperación Local, subvencionado por la Junta de Castilla y León, Plan de Obras de la Diputación, y Plan Provincial de Urbanismo, subvencionado por la Diputación Provincial.
2 Podrán participar los Ayuntamientos, Entidades Locales Menores en los casos en que les corresponde, Mancomunidades de Municipios y Entidades Locales asociadas para la ejecución de obra o servicios en beneficio de varios municipios, si bien para poder hacerlo en el Programa Operativo Local POL, los Entes indicados no podrán superar los 50.000 habitantes y en el Fondo de Cooperación Local no podrán superar los 20.000 habitantes.
3 Tipos de obras a solicitar: Se podrán solicitar con carácter prioritario aquellas obras que tengan como objetivo la efectiva prestación de los servicios mínimos obligatorios y que se definen en el art. 26 de la Ley 7/85, de 2 de abril, si bien también se podrán solicitar otras obras o servicios que sean de competencia municipal, conforme con lo establecido en el art. 25 de la misma Ley.
Las obras que podrán ser incluidas en el Programa Operativo Local POL, deberán corresponder a estas áreas de actuación:
a Actuaciones en infraestructuras del ciclo del agua:
Mejora de la calidad de los abastecimientos, mejora o dotación de las captaciones o abastecimientos, medidas encaminadas al ahorro del agua y reducción de pérdidas de las canalizaciones, etc.
b Saneamiento y depuración de aguas residuales:
Dotación y mejora de colectores, dotación y mejora de los servicios de depuración de aguas residuales, reutilización de lodos y aguas residuales, etc.
c Mejora de la infraestructura de transporte: Red viaria provincial, red viaria municipal.
En las peticiones de obras habrá de indicarse no sólo el tipo de obra sino su EMPLAZAMIENTO P. ej., Pavimentación con hormigón, aglomerado, etc en la C/ Constitución o C/ Mayor.

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Boletín Oficial de la Provincia de Palencia del 16/07/2003

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Palencia

CountrySpain

Date16/07/2003

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