Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife del 28/9/2022

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Source: Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife

15872
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Boletín Oficial dede la la Provincia dede Santa Cruz dede Tenerife.
Número 117, septiembre Boletín Oficial Provincia Santa Cruz Tenerife.
Número 86,Miércoles Lunes, 1828
de de julio de 2022 de 2022

de Evaluación Ambiental, por aplicación de los principios de eficacia, colaboración y cooperación interadministrativas positivados en los artículos 3.1.h y 140.1, letras c y d de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Considerando que, en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, el órgano ambiental destinatario de la presente delegación es la Comisión Autonómica de Evaluación Ambiental, de acuerdo con los artículos 1.2.a y 11, del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Órgano Colegiado de Evaluación Ambiental e Informe Único de Canarias, aprobado por Decreto 13/2019, de 25 de febrero.
Considerando que, en cuanto el presente acto produce una alteración en el orden competencial establecido, afectando al ejercicio de una competencia originariamente municipal, concurren razones de interés público que exigen publicarlo en el Boletín Oficial de Canarias, por analogía con las delegaciones interorgánicas y de conformidad con el artículo 45.1, primer párrafo, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, por idéntico motivo, deberá ser objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, al ser la Administración delegante el Ayuntamiento de Santiago del Teide.
Considerando que, por definición, la presente delegación no comprende la competencia de evaluación ambiental de la ordenación urbanística estructural del Plan General de Ordenación del municipio de Santiago del Teide, ni de la modificación sustancial del mismo, puesto que esa competencia ya es autonómica por determinación del último párrafo del citado artículo 86.6.c de la LSENPC.
Visto informe jurídico de la Viceconsejería de Planificación Territorial y Aguas, de 11 de julio de 2022.
Vista la propuesta del Viceconsejero de Lucha contra el Cambio Climático y Transición Ecológica, de 11 de julio de 2022.
En su virtud, y de conformidad con las disposiciones de general aplicación, a propuesta del Consejero de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, y previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 21 de septiembre de 2022,
DISPONGO:
Primero. Aceptar la delegación del Ayuntamiento de Santiago del Teide en la Comisión Autonómica de Evaluación Ambiental, de la competencia para la evaluación ambiental estratégica de los instrumentos de ordenación urbanística municipales.
Segundo. La aceptación de la delegación de dicha competencia queda sujeta al cumplimiento de las siguientes condiciones:
1. Para el correcto ejercicio de las funciones delegadas, el Ayuntamiento de Santiago del Teide aportará la documentación necesaria y preceptiva, de conformidad con lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental; en la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias; en el Reglamento de Planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 181/2018, de 26 de diciembre; y en el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Órgano Colegiado de Evaluación Ambiental e Informe Único de Canarias, aprobado por Decreto 13/2019, de 25 de febrero.
2. Toda la documentación deberá estar firmada por sus autores y reflejar su fecha de conclusión.
En especial, la documentación ambiental, además, deberá estar realizada por personas que posean la capacidad técnica suficiente de conformidad con las normas sobre cualificaciones profesionales y de la educación superior, y deberán tener la calidad necesaria, en los términos indicados en el artículo 16
de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
3. La delegación podrá ser revocada en cualquier momento por el Ayuntamiento de Santiago del Teide, dejando de tener eficacia desde el acto de revocación; y ello sin perjuicio de la posible avocación puntual de la competencia por parte de dicha Corporación.
4. Igualmente, en cuanto declaración de voluntad con efectos jurídicos, la presente aceptación de la delegación podrá ser revocada en cualquier momento por el Gobierno de Canarias, en cuyo caso la delegación intersubjetiva dejará de ser eficaz.
5. El Ayuntamiento de Santiago del Teide notificará al Gobierno de Canarias la constitución formal del órgano ambiental municipal, momento en el cual la delegación dejará de tener eficacia sin necesidad de acto expreso que así lo declare.

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Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife del 28/9/2022

TitleBoletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife

CountrySpain

Date28/09/2022

Page count96

Edition count5587

First edition01/01/1992

Last issue19/07/2024

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