Boletín Oficial de la República Argentina del 30/05/2024 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.431 - Segunda Sección
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Miércoles 29 de mayo de 2024

Uruguay, casado, con estudios primarios completos, de ocupación soldador, con ultimo domicilio denunciado en Barrio Nuevo Paysandú, Proyectada 100, casa 802, entre 33 y 34 Avenida de las Américas de la ciudad de nacimiento por la supuesta comisión del delito previsto por el art. 5 inc. C de la ley de estupefacientes en concurso ideal con el art. 836y 866 del Código Aduanero, esto es transporte de estupefacientes y contrabando agravado por tratarse de estupefacientes para comercializar en calidad de autor d e acuerdo al siguiente texto que se transcribe:
RESOLUCIÓN N 67/24 Paraná, 08 de mayo de 2024.- VISTO:Y CONSIDERANDO:. Por los fundamentos brevemente expuestos, el TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE PARANÁ, en composición unipersonal RESUELVE: 1 º DECLARAR EXTINGUIDA LA ACCIÓIN PENAL por prescripción arts. 59 inc. 3 y 62 inc. 2 del C.P.
y, en consecuencia, SOBRESEER arts. 336 inc. 1 y 361 del C.P.P.N a Paysandú, República Oriental del Uruguay, casado, con estudios primarios completos, de ocupación soldador, con ultimo domicilio denunciado en Barrio Nuevo Paysandú, Proyectada 100, casa 802, entre 33 y 34 Avenida de las Américas de la ciudad de nacimiento por el delito previsto por el art. 5 inc. C de la ley de estupefacientes en concurso ideal con el art. 836 y 866 del Código Aduanero, esto es transporte de estupefacientes y contrabando agravado por tratarse de estupefacientes para comercializar en calidad de autor REGISTRESE, publíquese, notifíquese, líbrense los despachos del caso, y, en estado, archívese.
Fdo. Roberto M. López Arango PresidenteAnte mí: Valeria Iriso Secretaria de Cámara Roberto M. López Arango Juez - Valeria Iriso Secretaria de Cámara

e. 23/05/2024 N31681/24 v. 29/05/2024

ARCHIVO GENERAL DELPODER JUDICIAL DELANACIÓN

De acuerdo con lo dispuesto por el art. 23 del Decreto-Ley N 6848/63, Ley N 16.478, se hace saber a los interesados que serán destruidos los expedientes judiciales correspondientes a los Juzgados Nacionales de Primera Instancia en lo CIVIL N13, N18, N20, N22, N30, N44, N47, N48, N55, N64, N66, N74, N78, N91, N93, N99, N101; comprendidos entre los años 1975 a 2013; TRABAJO N11, N55, N61, N66 y N70
comprendidos entre los años 1960 a 2014 julio inclusive; de los legajos 153.402 al 154.446; TRABAJO N12 y N42, comprendidos entre los años 1960 a 2014 julio inclusive; de los legajos 2024550001 al 2024550090; TRABAJO
N 50, comprendidos entre los años 1960 a 2014 junio inclusive; de los legajos 2024550091 al 2024550202;
TRABAJO N67, comprendidos entre los años 1987 a 2014 junio inclusive; COMERCIAL N23, a cargo del Dr.
Eduardo Malde, Secretaría N46, a cargo del Dr. Diego Parducci interino; comprendidos entre los años 1992 a 2013, del legajo N202440157 al 202440203; CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL N1; Secretaría N2; comprendidos entre los años 1995 a 2012; de los legajos 202420094 al 202420116; CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
N6 comprendidos entre los años 1996 a 2012; de los legajos 202420068 al 202420091; SEGURIDAD SOCIAL
N2, comprendidos entre los años 1995 a 2014 abril inclusive; SEGURIDAD SOCIAL N4, comprendidos entre los años 1995 a 2013; de los legajos 202460118 al 202460164; de los años 1997 al 2011; de los legajos 202460027
al 202460072 y de los años 1995 al 2014 abril inclusive; SEGURIDAD SOCIAL N6, comprendidos entre los años 1995 a 2014 abril inclusive; SEGURIDAD SOCIAL N7, comprendido hasta los años 1995 al 2012; SEGURIDAD
SOCIAL N8, comprendido hasta los años 1995 al 2012 inclusive; y que estén comprendidos en art. 17 de dicho Decreto-Ley. Las partes interesadas en la conservación de alguno de ellos, podrán requerirla por escrito ante el Señor Secretario de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, antes del vencimiento de los treinta 30 días de esta publicación, debiendo justificar en dicho acto el interés legítimo que les asiste.- CDE. ACT. N I -158/24
1872/24 - 2350/24 -2676/24 -2735/24 2853/24 -2855/24 2856/24 - 2857/24 3384/24 3599/24 -3763/24
3764/24 3784/24 3961/24.- DRA. MARIEL S. LUZZI SUBDIRECTORA GENERALA CARGO DEL ARCHIVO
GENERAL DEL PODER JUDICIAL DE LA NACION.DRA. MARIEL S. LUZZI SUBDIRECTORA GENERAL

e. 28/05/2024 N32950/24 v. 30/05/2024

ARCHIVO GENERAL DELPODER JUDICIAL DELANACIÓN

De acuerdo con lo dispuesto por el art. 23 del Decreto-Ley N 6848/63, Ley N 16.478, se hace saber a los interesados que serán destruidos los expedientes judiciales correspondientes a los Juzgados Nacionales de Primera Instancia en lo CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL N 3, Secretaría N 6, comprendidos en los años 1987 a mayo del 2014 inclusive; CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL N8, comprendidos en los años 1993 al 2012; del legajo N202420026 a 202420063; CRIMINAL DE INSTRUCCIÓN N6, a cargo del Dr.
Julio M. Lucini, Secretaría N118, a cargo del Dr. Domingo E. Montanaro, comprendidos entre los años 1984 a 1989, del legajo N29.737 a 29.769; CRIMINAL DE INSTRUCCIÓN N8, a cargo del Dr. Julio M. Lucini, Secretaría N 125, a cargo del Dr. Manuel Gorostiaga, comprendidos entre los años 1984 a 1989, del legajo N 26.012 a 26.057; CRIMINAL DE INSTRUCCIÓN N17, a cargo del Dr. Fernando Rodríguez Lubary, Secretaría N151, a cargo de Dr. Darío Martin Medina, comprendidos entre los años 1961 a 1969 y de 1984 a 1993, del legajo N31.068 a

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Boletín Oficial de la República Argentina del 30/05/2024 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date30/05/2024

Page count95

Edition count9408

First edition02/01/1989

Last issue31/07/2024

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