Boletín Oficial de la República Argentina del 01/12/2023 - Segunda Sección
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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.310 - Segunda Sección
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Viernes 1 de diciembre de 2023
180 días de notificada la presente, deberá realizar elecciones internas para constituir autoridades definitivas -art.
7 bis inc. b de la ley citada-, las que deberán ser comunicadas al Tribunal. 10 Hacer saber que, dentro de los 60 días, a partir de la notificación del presente resolutorio, deberán presentar las autoridades partidarias para su rúbrica, los libros exigidos por el art. 37 de la Ley 23.298 -modif. por Ley 26.571- y art. 21 de la Ley 26.215 -modif.
por Ley 26.571-, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 50 inc. d de la Ley 23.298 -modif. por Ley 26.571-.
11 Ordenar la publicación por el término de un 1 día en el Boletín Oficial de la Nación del presente resolutorio y de la Carta Orgánica Partidaria de conformidad con lo establecido por el artículo 63, 2 párrafo de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos. 12 Comunicar la presente Resolución y remitir copia certificada de la Declaración de Principios, las Bases de Acción Política y la Carta Orgánica partidaria a la Excma. Cámara Nacional Electoral y al Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda. 13 Regístrese y notifíquese. La Rioja a los 28 días del año 2023.
Fdo. Dr. Daniel Herrera Piedrabuena. Juez Federal de 1 instancia con competencia electoral de la Provincia de La Rioja. Ante Mi: Dr. Víctor Dardo Herrera. Secretario Electoral.
Daniel Herrera Piedrabuena i
e. 29/11/2023 N97058/23 v. 01/12/2023