Boletín Oficial de la República Argentina del 10/07/2023 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

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BOLETÍN OFICIAL Nº 35.207 - Segunda Sección
Lunes 10 de julio de 2023

L.C.:103. Se prohíbe los pagos y/o entrega de bienes al/la fallida/o so pena de considerarlos ineficaces y se intima a quienes tengan bienes y/o documentos del/la fallida/o en su poder, para que los pongan a disposición del síndico en el término de cinco días. Publíquese por 5 días en el Boletín Oficial. C.A.B.A. de julio de 2023. JAVIER
J.COSENTINO, JUEZ SUBROGANTE Juez - SONIA A.SANTISO SECRETARIA
e. 05/07/2023 N50738/23 v. 11/07/2023

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 25 - SECRETARÍA NRO. 50

EDICTO-El JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO COMERCIAL N25 a cargo interinamente del Dr.Javier Jorge Cosentino, Secretaría n50 a mi cargo, sito en Av. Callao 635, piso 4 de CABA, hace saber que con fecha 30/05/2023 ha sido decretada la quiebra de SUDAMERICA ENERGIAS.R.L. CUIT 33-71583049-9, en los autos SUDAMERICA ENERGIA S.R.L. s/QUIEBRA, Expediente N 18005/2022. Los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes ante al síndico CONTADORA PATRICIA MONICA
NARDUZZI hasta el día 18/08/2023 electrónico ignaciobergaglio@gmail.com, adjuntando en formato PDF copia de la documentación fundante del pedido. Las observaciones a los pedidos verificatorios se deberán remitirse a la misma dirección de correo electrónico denunciado por la sindicatura. Asimismo, en caso de que alguno de los insinuantes deba cumplir con el pago del arancel verificatorio del art. 32 LCQ, el mismo podrá efectuarse mediante transferencia electrónica a la cuenta bancaria de la sindicatura a nombre del Dr. Bergaglio Juan Ignacio en el Banco Patagonia, con CBU 0340206308206018100008. El citado funcionario presentará el informe previsto por el art. 35 LCQ el día 02/10/2023y el prescripto por el art. 39 LCQ el día 15/11/2023. Hasta el día 01.12.2023, podrán deducirse observaciones contra el informe general del síndico en los términos del art. 40 LCQ. Asimismo, se intima a la fallida y a su órgano de administración, para que dentro de las 24 hs. se haga entrega al síndico de todos sus bienes, papeles, libros de comercio y documentación contable perteneciente a su negocio o actividad y para que cumpla los requisitos exigidos por el art. 86 de la ley 24.522. Intimase a terceros que tengan bienesy documentos de la quebrada en su poder a ponerlos a disposición de la sindicatura en el plazo de cinco días, prohibiéndose hacer pagos a la misma, los que serán considerados ineficaces. Publíquese por 5 días. Buenos Aires, 03 de julio de 2023.FEDERICO H. CAMPOLONGO
SECRETARIO JAVIER COSENTINO Juez - FEDERICO CAMPOLONGO SECRETARIO
e. 04/07/2023 N50476/23 v. 10/07/2023

SUCESIONES
ANTERIORES
JUZGADOS NACIONALES EN LO CIVIL
Publicación extractada Acordada Nº41/74 C.S.J.N.
Se cita por tres días a partir de la fecha de primera publicación a herederos y acreedores de los causantes que más abajo se nombran para que dentrodelostreintadíascomparezcanaestaraderecho conforme con el Art.
699, inc. 2º, del Código Procesal en lo Civil y Comercial.
Juzg.
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Sec.

Secretario
UNICA MARIA LAURA PRADA ERRECART

Fecha Edicto 03/07/2023

Asunto ANTONINO FRANCISCO MUSCO Y MARÍA ROSA FURCI

Recibo 50607/23

e. 06/07/2023 N5795 v. 10/07/2023

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Boletín Oficial de la República Argentina del 10/07/2023 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date10/07/2023

Page count83

Edition count9415

First edition02/01/1989

Last issue07/08/2024

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