Boletín Oficial de la República Argentina del 18/03/2023 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.132 - Segunda Sección
84

Viernes 17 de marzo de 2023

PARTIDOS POLÍTICOS
NUEVOS

ACCION CHAQUEÑA

La Sra. Jueza Federal con Competencia Electoral en el Distrito Chaco, Dra. Zunilda Niremperger, en los autos caratulados: Acción Chaqueña S/ Reconocimiento de Partido de Distrito, Expte. NCNE 6000616/1988, que se tramita ante este Juzgado Federal con Competencia Electoral, Secretaria Electoral, hace saber por el término de un 1 díaque por Resolución de fecha 16/03/2023, la que se adjunta al presente, se han aprobado las reformas introducidas en la Carta Orgánica del partido ACCION CHAQUEÑA del Distrito Chaco.
e. 17/03/2023 N16777/23 v. 17/03/2023

LALIBERTAD AVANZA

El Juzgado Federal de Primera Instancia con competencia Electoral de la provincia de La Rioja, a cargo del Doctor Jorge Gamal Abdel Chamía, Juez Federal Subrogante con competencia electoral, hace saber, en cumplimiento de lo establecido en el art. Art. 63, párrafo 2do., Ley 23.298 que: el día 24 del mes Febrero de del corriente año, se ha dictado la sentencia de reconocimiento definitivo del partido LA LIBERTAD AVANZA en los autos caratulados LA
LIBERTAD AVANZA S/RECONOCIMIENTO DE PARTIDO DE DISTRITO - Expte. CNE Nº4879/2022:
LA RIOJA, 24 de febrero de 2023.
Y VISTO:
Los autos caratulados: LA LIBERTAD AVANZA S/RECONOCIMIENTO DE PARTIDO DE DISTRITO, Expte.
NCNE 4879/2022;
Y CONSIDERANDO:
Que, según consta en los presentes autos, el partido LA LIBERTAD AVANZADistrito La Rioja obtuvo la personería jurídico política en forma provisoria mediante resolución de fecha 05/12/2022 fs. 67/69, en virtud de haber dado cumplimiento con las exigencias contenidas en el artículo 7 de la Ley 23.298 con la reforma introducida por Ley 26.571.
Previa celebración de la audiencia prevista por el art. 62 de la Ley 23.298, sin que hubiera concurrido agrupación política alguna a formular observaciones exclusivamente con respecto a la falta de cumplimiento de las condiciones y requisitos exigidos por ley o referentes al derecho, registro o uso del nombre partidario propuesto.
En tal sentido, ha sido criterio de la Excma. Cámara Nacional Electoral queen el trámite de reconocimiento de la personalidad jurídico política la audiencia prevista en el artículo 62 de la ley 23.298 es la última oportunidad para que los partidos reconocidos o en formación formulen su oposición al nombre adoptado. Esta circunstancia determina la preclusión de toda posibilidad de oponerse a la denominación en cuestión cf. Fallo CNE 552/88.- Es del caso destacar que la referida audiencia resulta el acto central de todo el mencionado proceso, pues en ella pueden formularse oposiciones no sólo con respecto al nombre adoptado, sino también acerca de la falta de cumplimiento de las condiciones y requisitos exigidos por la ley. Constituye, por ello, el antecedente inmediato de la sentencia que otorga o deniega tal reconocimiento y, conforme la doctrina del Tribunal, opera como una suerte de llamamiento de autos para sentencia, tras el cual no procede formular oposición de ninguna índole cf. Fallo cit. . CAUSA: Incidente de apelación en autos caratulados Partido Movimiento Orden y Participación Ciudadana por la Integración y Organización Natural -Opcións/solicita reconocimiento - Capital Federal Expte.
Nº3686/03 CNE.
Que, la agrupación política acreditó el cumplimiento con las exigencias contempladas por el artículo 7 bis, inc.
c; de la Ley 23.298, en concordancia con lo dispuesto por el artículo 37 del citado cuerpo legal, en cuanto a la presentación de los libros partidarios para su rúbrica y sellado, y lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley 26.215
respecto del Libro Diario.
Que, según el informe de Secretaría que obra a fs. 168 de autos, se encuentra acreditado también el requisito del número mínimo de afiliaciones válidas que establece el artículo 7 bis, inc. a; de la Ley 23.298 con la reforma introducida por Ley 26.571.
Que, el partido LA LIBERTAD AVANZADistrito La Rioja, a fs. 170/172vta., presenta al Tribunal la documentación que da cuenta de la convocatoria a elecciones internas partidarias y su correspondiente publicación; acompañando la proclamación de autoridades partidarias integrantes del Congreso Provincial juntamente con la nómina de las mismas fs. 188/190vta., y designación de miembros del Consejo Provincial fs. 191vta., cuya nómina se acompaña, con mandato desde el 19 de febrero de 2023 hasta el 18 de febrero de 2025, cumplimentando el requerimiento contemplado por el art. 7 bis, inc. b de la Ley 23.298 con la reforma introducida por Ley 26.571.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 18/03/2023 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date18/03/2023

Page count131

Edition count9380

First edition02/01/1989

Last issue03/07/2024

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