Boletín Oficial de la República Argentina del 16/11/2022 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.048 - Segunda Sección
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Miércoles 16 de noviembre de 2022

arts. 35 y 39 de la LCQ., respectivamente. Se intima a la fallida y a cuantos tengan bienes y documentación de la misma a ponerlos a disposición de la sindicatura, prohibiéndose hacer pagos o entregas de bienes so pena de considerarlos ineficaces. Se intima a la fallida para que dentro de las 48 hs. cumpla los recaudos pertinentes que exige el art. 86 de la ley 24.522 y constituya domicilio en esta jurisdicción bajo apercibimiento de notificarle las resoluciones ministerio legis. Buenos Aires, 14 de noviembre de 2022. Fernando I. Saravia Juez - Juan Patricio Zemme Secretario

e. 15/11/2022 N92897/22 v. 22/11/2022

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 15 - SECRETARÍA NRO. 29

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial n15 a cargo del Dr. Máximo Astorga Secretaría n29, con sede en Callao 635, Piso 3, C.A.B.A., comunica por cinco 5 días a aquellos clientes y ex clientes con carácter de consumidor final de WenanceS.A. que se encuentra en trámite el expediente caratulado ASOCIACIÓN
DE DEFENSA DE DERECHOS DE USUARIOS Y CONSUMIDORES - ADDUCC/ WENANCE S.A S/ ORDINARIO
Expte. 8732/2019, proceso colectivo que involucra a quienes se les haya cobrado la comisión fija por uso plataforma digital entre el mes de octubre de 2018 y mayo de 2019. Se informa también que, en el marco de la causa referenciada, se ha celebrado un acuerdo colectivo que prevé un reintegro para todos aquellos clientes y ex clientes que efectivamente hayan sido tomadores de créditos en Wenance y se les haya cobrado la comisión anteriormente apuntada en el periodo indicado. Los usuarios que no deseen estar comprendidos en el presente acuerdo podrán manifestar su voluntad de apartarse de la solución adoptada en los términos del art. 54 de la Ley 24.240, debiendo comunicarlo directamente a la accionante. De conformidad con el Art. 54 de la LDC primer párrafo, se deja constancia que el presente Acuerdo no restringe ni limita en modo alguno el eventual derecho de los clientes y ex clientes de apartarse de los términos convenidos por las partes. Por ello, en caso de que alguno de los clientes o ex clientes accione individualmente, Wenance S.A. no podrá aponer los efectos de la cosa juzgada colectiva prevista en el art. 54 de la LDC. Se les hace saber que podrán consultar el expediente a través del sistema www.pjn.gov.ar., o mediante comunicación telefónica o por email con la actora ADDUC al Teléfono 011 4243-2715 los días lunes, miércoles y jueves de 13:00
hs. a 17:00 hs. o por email a adduc3@gmail.com. MAXIMO ASTORGA Juez - ANA PAULA FERRARA SECRETARIA

e. 11/11/2022 N91916/22 v. 17/11/2022

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 15 - SECRETARÍA NRO. 29

El Juzgado Nacional de 1ra. Instancia en lo Comercial Nº15, a cargo del Dr. Máximo Astorga, Secretaría Nº29, sito en Av. Callao 635, Piso 3º, CABA, hace saber por 5 días la quiebra de FABIÁN ANDRÉS SILVA DNI 28.932.946, CUIT 20-28932946-4 decretada el 26/10/22 en el exp. COM 19825/2022. Se ha fijado hasta el 10/2/23 para que los acreedores presenten ante el síndico Fernando José Errecalde, con domicilio procesal en la calle Pte. José Evaristo Uriburu 1234, piso 6 B CABA, sus peticiones de verificación y los títulos justificativos de sus créditos. Se intima al fallido y terceros a entregar a la síndica los bienes pertenecientes a aquél que estén sujetos a desapoderamiento.
El fallido queda, asimismo, intimado a cumplir los recaudos del art. 86 lcq y a entregar los libros y documentación al síndico en un plazo de 24 horas. Se prohíbe hacer pagos al fallido, lo que serán ineficaces lcq: 88 inc. 5.
Máximo Astorga Juez - Ana Paula Ferrara Secretaria

e. 10/11/2022 N91421/22 v. 16/11/2022

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 15 - SECRETARÍA NRO. 30

2380 / 2021 FERRETERIA POMPEYAS.R.L. s/QUIEBRA - EDICTO
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N15 a cargo del Dr. Máximo Astorga, Secretaría N30
a mi cargo, sito en la Av. Callao 635, piso 3 CABA, en autos FERRETERIA POMPEYAS.R.L. s/QUIEBRA Expte.
Nº2380 / 2021 comunica por cinco 5 días la quiebra de FERRETERIA POMPEYAS.R.L., CUIT: 30-715804235, decretada con fecha 01/11/2022. Todos los acreedores de causa o título anterior a la declaración de quiebra deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos ante el síndico designado, MIGUEL A. DRUCAROFF, con domicilio en la calle Av. Corrientes 2470 Piso 4 Of. 15 y 16, C.A.B.A. Teléfonos: 4952-0045, 15-44400420, hasta el día 07/02/2023. Los informes previstos por LCQ: 35 y 39 serán presentados los días 23/03/2023
y 10/05/2023. Se intima a la fallida y terceros a entregar al síndico los bienes pertenecientes a aquél que estén sujetos a desapoderamiento. La fallida queda, asimismo, intimada a cumplir los recaudos del art. 86 LC, a entregar los libros y documentación al síndico en un plazo de 24 horas y a constituir domicilio en el radio del juzgado en un plazo de 48 horas bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del juzgado. Buenos Aires, 09 de noviembre de 2022.- MAXIMO ASTORGA Juez - JUAN PEDRO GIUDICI SECRETARIO

e. 11/11/2022 N91927/22 v. 17/11/2022

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Boletín Oficial de la República Argentina del 16/11/2022 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date16/11/2022

Page count102

Edition count9389

First edition02/01/1989

Last issue12/07/2024

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