Boletín Oficial de la República Argentina del 08/11/2022 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.042 - Segunda Sección
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Martes 8 de noviembre de 2022

régimen de propiedad horizontal, se aplicará -en materia de deuda por expensaslo establecido por la Cámara Civil en pleno, en autos Servicios Eficientes c/ Yabra s/Ejecución hipotecaria, del 18.2.99. La deuda por expensas al 20/05/2022 asciende a $ 435.000 fs. 258/260. Estarán cargo del comprador las sumas que correspondan pagarse por impuesto a la transferencia y sellado. TOMA DE POSESION: Fíjese un plazo de diez días para que, quien resulte comprador, tome posesión del inmueble, término que se contará desde la providencia que lo tiene por adquirente definitivo. Dentro de los diez días corrientes de integrado el saldo de precio el martillero deberá entregar posesión al adquirente, con independencia del estado de ocupación del inmueble. Para ello, deberá notificar fehaciente y extrajudicialmente mediante carta documento, acta notarial o personalmente en el mismo acto del remate al adquirente el lugar, día y horario de la entrega de la posesión. COMPRA EN COMISION: no se aceptará la compra en comisión, ni la cesión del boleto, debiendo la martillera suscribir el boleto con quien realmente formule la oferta como comprador. El adquirente, en el acto del remate, deberá anunciar el nombre del poderdante, en caso de invocar poder. SALDO DE PRECIO: el saldo de precio deberá ser depositado dentro del quinto día de aprobada la subasta sin necesidad de notificación ni intimación, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el cpr. 580. ESCRITURACION: La escrituración sólo se cumplirá de ser requerida por el adquirente, mediante el escribano que él mismo proponga, en tanto la venta es al contado, como también que si la inscripción se realizara por testimonio a los fines de su confección deberá dar estricto cumplimiento con lo dispuesto por el art. 94 del decreto 466/99 reglamentario de la ley 17.801 respecto de los datos a incluirse en tal pieza. Para el caso de que el ejecutado no revista el carácter de inscripto en el impuesto a las ganancias, deberá abonarse el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles ley 23.905 con el precio que se obtenga en el remate. Será carga del adquirente realizar las indagaciones pertinentes para obtener constancia fehaciente de la situación del ejecutado frente al impuesto a las ganancias, como también denunciar la cuenta en la cual debe depositarse el I.T.I. en el supuesto en que deba efectuarse dicho pago. No se autorizará el retiro de fondos, ni el libramiento de testimonio u otra pieza para la inscripción del inmueble, hasta tanto no se haya abonado el mencionado impuesto o el Tribunal decida que la venta no se encuentra alcanzada por esa gabela. El comprador deberá constituir domicilio dentro del radio de Capital Federal, bajo apercibimiento de dar por notificadas las sucesivas providencias en la forma y oportunidad previstas por el art. 133 del Código Procesal. ACREDITACION PARA ASISTIR A LA SUBASTA, los posibles compradores deberán inscribirse a través de la web del Alto Tribunal www.csjn.gov.ar ingresando al link Oficina de Subastas -Tramites: turnos registro y deberá presentarse el día y hora asignado con el formulario que indica el sitio aludido reserva n36325. EXHIBICIÓN: los días 23 y 24 de noviembre de 2022 en el horario de 10 a 11:30 horas. Buenos Aires, a los 25 días del mes de octubre del año 2022. PABLO D. BRUNO SECRETARIO

e. 08/11/2022 N86387/22 v. 09/11/2022

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 3 - SECRETARÍA NRO. 6

EDICTO: El Juzgado Nacional de 1ra. Instancia en lo Comercial nº3, Secretaría nº 6, sito en Callao 635 - Piso 6 - CABA, comunica por 5 días que en autos FRIGORIFICO ALCA S.R.L. s/QUIEBRA Expte. N 22722/2010
que el Martillero Leandro Martín Burgos Moroni, 20-26542505-5, con teléfono 4658-6444, rematará el día 12 DE
DICIEMBRE DE 2022 a las 11.30 HS en punto en la Dirección de Subastas Judiciales sito en la calle Jean Jaures 545 de esta Ciudad, el 2/3indiviso 066,6666 del inmueble propiedad de la fallida ubicado en la calle Pedernera Nº757 Villa Madero, Partido de La Matanza, Provincia de Buenos Aires, Nomenclatura Catastral: Circunscripción III, Sección C, Manzana 278, Parcela 40, con más los bienes muebles todo en block que allí se encuentran y están informados y detallados a fs. 1046.- Según constatación obrante fs. 1208: se constató que el mismo se encuentra sin ocupantes en estado de total abandono y sin ningún ocupante en su interior para poder informar. En su interior lo bienes muebles en total estado de abandono y en desuso desde hace varios años.- BASE: U$S39.996.- El comprador abonará en el acto del remate: a la seña 30% del precio de venta, y como comisión el 3% del precio del remate inmueble y 10% bienes muebles para el supuesto de venta en forma separada. En caso de venta en block, fijase la comisión en el 4% c sellado de ley, d arancel 0,25%. El saldo de precio lo abonará dentro del quinto día de aprobado el remate sin necesidad de notificación bajo apercibimiento de ordenar una nueva subasta y de hacerlo responsable de la disminución que se opere en el precio obtenido en la nueva subasta, intereses, gastos, costas y multa arts. 580, 581 y 584 CPCCN. Hágase saber que dichos fondos deberán ser depositados en la cuenta de las presentes actuaciones abierta ante en Banco de la Ciudad de Buenos Aires Suc.
Tribunales.- Está prohibida la adquisición en comisión, y la cesión del boleto de compraventa. El comprador deberá constituir domicilio dentro del radio de Capital Federal.- Estarán a cargo del comprador los impuestos, tasas, y contribuciones devengados solamente con posterioridad a la fecha de toma de posesión del inmueble. Serán admitidas ofertas bajo sobre - art. 212 L.C. y art. 162 del Reglamento del Fuerolas que deberán ser presentadas por ante este tribunal hasta dos días hábiles antes de la subasta. Los sobres serán entregados al martillero bajo recibo y serán abiertas por éste al iniciarse el acto del remate. El martillero antes de la realización de la subasta, dará lectura a la mayor oferta, sirviendo ésta como base para recibir nuevas posturas. En la puja podrán también intervenir quienes efectuaron ofertas bajo sobre. Si la oferta bajo sobre no resulta mejorada en la subasta, el martillero procederá a la adjudicación del bien. Habiéndose ordenado publicitar debidamente la subasta para

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Boletín Oficial de la República Argentina del 08/11/2022 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date08/11/2022

Page count101

Edition count9388

First edition02/01/1989

Last issue11/07/2024

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