Boletín Oficial de la República Argentina del 30/08/2021 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.736 - Segunda Sección
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Lunes 30 de agosto de 2021

EDICTOS JUDICIALES

CITACIONES Y NOTIFICACIONES. CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS
NUEVOS

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 27 - SECRETARÍA NRO. 53

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 27 a cargo de la Dra. María Virginia Villarroel, Secretaría Nº53 a cargo de la suscripta, sito en MONTEVIDEO 546 1 piso, C.A.B.A., comunica por cinco días que con fecha 18/08/2021 se decretó la quiebra de COMPSER SRL CUIT 30708992557, en la cual continúa actuando la síndico Lorena Gisela Lobato con domicilio constituido en 25 De Mayo 577 Piso 8 of. C/D, teléfono 43116407.
En virtud de lo establecido por los arts. 88 y 200 LC, se dispone que los pedidos de verificación de créditos de causa o título posterior al concursamiento de la hoy fallida, deberán presentarse por vía incidental art. 202 1º parr. LCQ. Los acreedores que ya han obtenido la verificación de sus acreencias durante el trámite del concurso preventivo, no deberán verificar tales acreencias nuevamente, el síndico procederá a recalcular estos créditos de conformidad con lo dispuesto por el art. 202, 2 párrafo de la LCQ. El informe general deberá presentarse el día 10.03.2022 art. 39 de la citada ley. Intímase a la fallida y a terceros para que pongan a disposición del síndico la totalidad de los bienes del deudor en la forma que sea más apta para que dicho funcionario tome inmediata y segura posesión de los mismos. Prohíbese a los terceros hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces.
Intímase a la fallida para que en el plazo de 48 hs. constituya domicilio en esta jurisdicción bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Tribunal. Se libra el presente sin previo pago de arancel art. 273, inc. 8
LC en los autos: COMPSERS.R.L. s/QUIEBRA, expte. COM 24652/2019. Buenos Aires, 26 de agosto de 2021.
ALEJANDRA MARTI SECRETARIA

e. 30/08/2021 N61471/21 v. 03/09/2021

JUZGADO NACIONAL ENLOPENAL ECONÓMICONRO. 2 - SECRETARÍA NRO. 4

El Juzgado Nacional en lo Penal Económico N 2 a cargo del Señor Juez, el Doctor Pablo YADAROLA, por la secretaría N 4, sita en la avenida de Los Inmigrantes 1950, piso 2 oficina 206 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires correo electrónico Jnpenalec2@pjn.gov.ar, por medio del presente edicto hace saber a Clara Liliana FANDI Documento Nacional de Identidad Nro. 23.028.220 que en los autos nros. 2128/2003, caratulados:
MAHUEL s/ INF. ART. 302 el día 25 de agosto de 2021 se resolvió I.- Declarar la extinción de la acción penal por prescripción respecto de Clara Liliana FANDI DNI Nro. 23.028.220 con relación al hecho descripto por el considerando 1 de la presente. II.- SOBRESEER a la nombrada. III.- SIN COSTAS. IV DEJAR SIN EFECTO LA
ORDEN DE PARADERO oportunamente dispuesta respecto de Clara Liliana FANDI. LÍBRESE oficio a la Policía Federal Argentina. Regístrese, notifíquese a la Fiscalía interviniente por cédula electrónica y publíquese en el Bolentín Oficial electronicamente por el término de un día. Firme, efectúese las comunicaciones pertinentes al Registro Nacional de Reincidencia y a la División Información de Antecedentes de la P.F.A. Fdo. PABLO YADAROLA
JUEZAnte mi Hernán Pandiella secretario. Buenos Aires, 27 de agosto de 2021. Publíquese por un 1 día. Hernán Pandiella Secretario. Pablo YADAROLA Juez - Hernan Pandiella Secretario

e. 30/08/2021 N61717/21 v. 30/08/2021

JUZGADO NACIONAL ENLOPENAL ECONÓMICONRO. 3 - SECRETARÍA NRO. 5

El Juzgado Nacional en lo Penal Económico N 3, Secretaría N 5 notifica a María Teresa ROMEO titular de L.C N6.177.105 la resolución dictada el 20/07/2021 por la cual se dispuso: I DECLARAR EXTINGUIDA POR
PRESCRIPCIÓN LA ACCIÓN PENAL en la presente causa N3722/98 con relación a María Teresa ROMEO y a la situación fáctica descripta por el considerando 1 de la presente la presunta afiliación a ORIGENES A.F.J.P. de Orlando Luis LOPEZ sin el consentimiento de este último-, por parte de María Teresa ROMEO. Aquella situación fue calificada por la fiscalía interviniente con el art. 135 de la ley 24.241 en concurso ideal con el art. 172 del Código Penal en grado de tentativa arts. 59 inc. 3, 62 inc. 2, 67 párr. 6 y 172 del C.P. y art. 135 de la ley 24.241. II
SOBRESEER POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL POR PRESCRIPCIÓN con relación a María Teresa ROMEO

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Boletín Oficial de la República Argentina del 30/08/2021 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date30/08/2021

Page count93

Edition count9407

First edition02/01/1989

Last issue30/07/2024

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