Boletín Oficial de la República Argentina del 09/02/2020 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.303 - Segunda Sección

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Viernes 7 de febrero de 2020

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 5
SECRETARÍA NRO. 9

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nro. 5, Secretaría nro. 9, sito en Diag. Roque Saénz Peña 1211 PB CABA, hace saber que en autos: BERGOC, ALBERTO JOSÉ S/ QUIEBRA 22837/2014 CUIT
20-11134215-7, MATYAS, GABRIEL S/ QUIEBRA 22836/2014 CUIT 20-1098 4008-5 y MATYAS GABRIEL
Y BERGOC ALBERTO SOCIEDAD DE HECHO CUIT 30-6 8968614-8 22838/2014, se decretó las quiebras el 11/11/2019, Sindica tura Estudio Cervantes y Asoc domicilio: Luis María Campos nro. 100 1, piso 1, oficina A, CABA, ante quien deberán presentarse los acreedores, que no lo hubieren hecho en la etapa previa concursal, junto con la documentación respectiva para verificar sus créditos hasta el día 10/03/20, de 12 a 18 hs. El Síndico deberá presentar los informes pre vistos por los arts. 35 y 39 LCQ el 27/04/20 y 10/06/20, respectivamente. Junto con el informe individual el síndico debe formular el recálculo previsto en el art. 202 LCQ. Se intima a la fallida a entregar su s libros, papeles y bienes que tuviera en su poder, dentro de las 24 horas art. 88 inc. 4 de la ley falencial; Se abstengan sus administradores, de salir del país sin previa autorización del Tribunal L .C.Q. 103.
Se prohíben los pagos y entrega de bienes a la fallida so pena de considerarlos ineficaces, y se intima a quienes tengan bienes y documentación de la fallida para que los pongan a disposición de la sindicatura dentro de los 5
días. El presente edicto se publicará, por el término de cinco 5 días, en el Boletín Oficial, sin previo pago.
German Paez Castañeda Juez - Julio Cesar Garcia Villalonga SECRETARIO

e. 04/02/2020 N4836/20 v. 10/02/2020

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 5
SECRETARÍA NRO. 10

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial nº5, Secretaría nº10, sito en Diag. Roque Sáenz Peña 1211, PB CABA hace saber que en autos 4 G INTERNATIONAL SRL s/quiebra expte. 28281/2018; CUIT 3070943733-6 se decretó la quiebra el 27 de noviembre de 2019 resultando desinsaculado síndico el Cdor. Hugo Héctor Dogliani domicilio: Pedro Ignacio Rivera nº 3944, piso 1 11 - CABA, ante quien deberán presentarse los acreedores junto con la documentación respectiva para verificar sus créditos hasta el día 19 de febrero de 2020. El síndico deberá presentar los informes previstos por los arts 35 y 39 LCQ el 08.04.2020 y 26.05.2020, respectivamente. Se intima al fallido a entregar al síndico sus libros de comercio y demás documentación vinculada a su contabilidad dentro de las 24 hs. Se prohiben los pagos y entrega de bienes al fallido so pena de considerarlos ineficaces. Se intima a quienes tengan bienes y documentación del fallido para que los pongan a disposición de la sindicatura dentro de los 5 días. Intímase al deudor a dar cumplimiento con la información requerida por el art.
11 incs 1 a 7 LCQdentro de los 5 días.
VALERIA PEREZ CASADO Juez - Marina Meijide Castro Secretaria

e. 06/02/2020 N5343/20 v. 12/02/2020

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 6
SECRETARÍA NRO. 12

El Juzgado Nacional en lo Comercial nº6, a cargo de la Dra. Marta G. Cirulli, Secretaría nº12, interinamente a cargo de la Dra. María Milagros Allende, sito en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 1211, piso 2º, de la ciudad de Buenos Aires; comunica por cinco días que en los autos SATELY S.A. s/ QUIEBRA Expediente nº45586/2007, CUIT
30-65621574-3, con fecha 19 de diciembre de 2019 se ha decretado la quiebra de referencia, siendo la síndica actuante CLARA SUSANA AUREHAN con domicilio en la calle Uruguay 872, piso 4, of. n16 tel: 4815-7545, donde los acreedores deberán concurrir para presentar los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 07/04/2020.
Se prohíbe a los terceros realizar pagos a la fallida, caso contrario serán ineficaces. Asimismo, se intima a la fallida, sus administradores y a quienes tengan bienes o documentos de la misma a ponerlos a disposición de la sindicatura. Deberá la fallida, dentro de las veinticuatro horas, entregar a la sindicatura los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. Intímase a la fallida para que constituya domicilio dentro del radio del Juzgado en el plazo de 48 horas, bajo apercibimiento de tenérselo por constituido en los estrados del Juzgado. MARTA G. CIRULLI Juez - MARIA MILAGROS ALLENDE SECRETARIA INTERINA

e. 06/02/2020 N5166/20 v. 12/02/2020

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Boletín Oficial de la República Argentina del 09/02/2020 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date09/02/2020

Page count67

Edition count9388

First edition02/01/1989

Last issue11/07/2024

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