Boletín Oficial de la República Argentina del 10/07/2019 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.150 - Segunda Sección

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Miércoles 10 de julio de 2019

CHOCOLATES INDUSTRIALESS.A.

CHOCOLATES INDUSTRIALESS.A. Comunica que por Acta de Asamblea del 14.11.2018 se dispuso el aumento del capital social a pesos 14.400.000.- y reforma de los artículos Cuarto, Octavo y Noveno del estatuto social, los que quedan redactados del siguiente modo: CUARTO: El capital social se fija en la suma de CATORCE MILLONES
CUATROCIENTOS MIL PESOS, representado por 144.000 acciones ordinarias, nominativas, no endosables de cien pesos valor nominal cada una, con derecho a cinco votos por acción.- El capital podrá ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme lo dispone el artículo 188 de la ley 19550.- Toda resolución de aumento de capital deberá ser elevada a escritura pública en cuyo acto se abonará el impuesto fiscal correspondiente.- OCTAVO; La dirección y administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto por el número de miembros que fije la Asamblea entre un mínimo de uno y un máximo de cinco, con mandato por tres años.- La Asamblea deberá designar suplentes en igual o menor número de los titulares y por el mismo plazo con el fin de llenar las vacantes que se produjeran en el orden de su elección.- Los directores en su primera sesión deberán designar a un presidente y a un vicepresidente, quien reemplazará al primero en caso de ausencia o impedimento.- El Directorio funcionará con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resolverá por mayoría de los presentes.- En caso de empate el Presidente desempeñará votando nuevamente.- Mientras la sociedad prescinda de la Sindicatura, la elección por la Asamblea de uno o más directores suplentes será obligatoria.- La Asamblea fijará el número de directores, así como su remuneración.NOVENO: Los directores constituirán una garantía por el ejercicio de sus funciones que conforme al artículo 256
párrafo segundo de la ley 19550 se regirá por las reglas siguientes: 1 Deberá consistir en bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera depositados en entidades financieras o caja de valores, a la orden de la sociedad, o en fianzas o avales bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la misma cuyo costo deberá ser soportado por cada director, en ningún caso procederá constituir la garantía mediante el ingreso directo de fondos a la caja social. 2 Cuando la garantía consista en depósitos de bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera, las condiciones de su constitución deberán asegurar su indisponibilidad mientras esté pendiente el plazo de prescripción de eventuales acciones de responsabilidad.- Dicho plazo se tendrá por observado si las previsiones sobre tal indisponibilidad contemplan un término no menor a tres años contados desde el cese del director en el desempeño de sus funciones.- 3 El monto de la garantía será igual para todos los directores no pudiendo ser inferior al sesenta por ciento 60% del monto del capital social en forma social en forma conjunta entre todos los titulares designados. Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente en ningún caso el monto de la garantía podrá ser inferior en forma individual a pesos diez mil $10.000 ni superior a pesos cincuenta mil $50.000 por cada uno. - Autorizado según instrumento público Esc. Nº3 de fecha 10/04/2019 Reg.
Nº194 Autorizado según instrumento público Esc. Nº3 de fecha 10/04/2019 Reg. Nº194
Carlos Hugo Rivolta - T: 13 F: 782 C.P.A.C.F.
e. 10/07/2019 N48641/19 v. 10/07/2019

CONSIGNATARIA LANDERS.A.

Instrumento privado 26/10/18 reforma Art Primero por cambio de denominacion: Articulo Primero: La sociedad se denomina MET LANDER S.A. siendo la misma continuadora de CONSIGNATARIA LANDER S.A. y tiene su domicilio legal en la Ciudad de Buenos Aires. Autorizado según instrumento privado Acta de fecha 26/10/2018
Autorizado según instrumento privado Acta de fecha 26/10/2018
cesar atilio annovelli - Habilitado D.N.R.O. N11410
e. 10/07/2019 N48599/19 v. 10/07/2019

COPALTERS.A.

Acta de Asamblea del 25/06/2019: Se reforma artículo octavo: el término del mandato de los directores será de tres ejercicios. Autorizado por el acta referida.
Leandro Hernan Volpe - Matrícula: 5343 C.E.C.B.A.
e. 10/07/2019 N48553/19 v. 10/07/2019

COSGS.A.

Constitución Social: Por escritura pública del fecha 04-06-19, Registro Notarial 94. Socios: Quanli YAN, chino, 14/05/79, casado, D.N.I. 95.446.413, empresario, Mariano Acha 484, Hurlingham, Provincia de Buenos Aires y Qifu ZHU, chino, 13/12/82, casado, Pasaporte Chino EE9272444, empresario, Esmeralda 1320 4, departamento A, C.A.B.A.. Duración: 99 años. Objeto: La Sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros, en el país y/o en el extranjero, las siguientes actividades: Servicio de seguridad, vigilancia

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Boletín Oficial de la República Argentina del 10/07/2019 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date10/07/2019

Page count94

Edition count9394

First edition02/01/1989

Last issue17/07/2024

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