Boletín Oficial de la República Argentina del 07/05/2019 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.108 - Segunda Sección
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Martes 7 de mayo de 2019

prestación de los servicios descriptos precedentemente podrá administrar, coordinar y contratar las personas, empresas y organizaciones que para su adecuado cumplimiento fueren necesarios. Asimismo, tendrá facultad para promover, organizar, coordinar, administrar y realizar proyectos, desarrollando toda clase de operaciones inmobiliarias, pudiendo importar o exportar bienes o servicios, otorgar o recibir franquicias comerciales, concesiones, agencias, integrar fideicomisos; 2 Celebrar contratos asociativos en general en los términos del Capítulo 16 del Código Civil y Comercial con comunidad de fines que no sea sociedad; a título enunciativo:
negocios en participación, agrupaciones de colaboración uniones transitorias y consorcios de colaboración; 3
Inmobiliarias: Celebrar operaciones inmobiliarias y otorgar o constituir derechos reales como: Compra-venta, urbanización, conjuntos inmobiliarios, subdivisión, superficie, anticresis y prendas, arrendamientos, propiedad horizontal, permuta y administración de bienes inmuebles, urbanos o rurales y todas las operaciones de renta inmobiliaria, incluso hipotecas y financiaciones, pudiendo a tal fin realizar todos los actos necesarios para la formación, instrumentación, escrituración, división y administración de consorcios de copropietarios y todas las obras de ingeniería, arquitectura, energética, de obras sanitarias o de cualquier naturaleza, necesaria para su objeto inmobiliario; 4 Financieras: Otorgar o solicitar préstamos con o sin garantía, a corto o largo plazo, efectuar aportes de capital a empresas o sociedades constituidas o a constituirse, otorgar avales o fianzas y en general y todo tipo de actividades financieras como la compra, venta y comercialización de títulos, acciones, cuotas partes de sociedades, debentures, emisión de obligaciones negociables, factoring, leasing en carácter de dador o tomador, integrar fideicomisos en los términos del Código Civil y Comercial, actuar como acreedor prendario mediante la inscripción en los registros pertinentes La sociedad no podrá realizar las operaciones comprendidas en la ley de entidades financieras y legislaciones complementarias, y otras que requieran el concurso del ahorro público; 5 Exportación e importación: de bienes y servicios; 6 Tecnológicas: la creación, aplicación y difusión de proyectos para innovaciones tecnológicas, especialmente redes e intercambios de datos y sistemas de información y reservas. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, realizar todos los actos, contratos y operaciones que no contraríen las leyes vigentes o que se opusieren a lo establecido en este estatuto, inclusive las prescriptas por el artículo 375 del Código Civil y Comercial; 4 Se reordena el Estatuto Social. Autorizado según instrumento privado Asamblea Extraordinaria de fecha 19/03/2019
Emilio Orlando Manganiello - T: 42 F: 369 C.P.A.C.F.
e. 07/05/2019 N30409/19 v. 07/05/2019

QUADMINDS TECHNOLOGIESS.A.

Comunica que por Asamblea Extraordinaria del 11/05/2018 se resolvió aumentar el capital social de $12.000 a $1.427.838 y, en consecuencia, reformar el artículo CUARTO del estatuto social. Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 11/05/2018
MARIA JIMENA MARTINEZ COSTA - T: 78 F: 482 C.P.A.C.F.
e. 07/05/2019 N30535/19 v. 07/05/2019

RECONQUISTA VALORESS.A.

POR ESCRITURA DEL 12/4/2019 SE PROTOCOLIZO EL ACTA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE
FECHA 11/12/2018 DONDE SE AUMENTO EL CAPITAL SOCIAL Y SE MODIFICO EL ARTICULO 5º EL CUAL QUEDO
REDACTADO DE LA SIGUIENTE MANERA: ARTICULO QUINTO: El capital social se fija en la suma de $11.839.138
Pesos once millones ochocientos treinta y nueve mil ciento treinta y ocho representado por 11.839.138 once millones ochocientos treinta y nueve mil ciento treinta y ocho acciones escriturales de $1.- Un Peso valor nominal cada una y de un voto por acción. El capital puede aumentarse al quíntuplo por asamblea ordinaria, conforme lo dispuesto en el Artículo 188 de la Ley de Sociedades Comerciales Número 19.550. La asamblea podrá delegar en el directorio la época de la emisión de las acciones, forma y condiciones de pago. Podrán ser rescatadas, total o parcialmente, conforme las condiciones establecidas en el acto de emisión y las disposiciones legales que regulen la materia. Autorizado según instrumento público Esc. Nº129 de fecha 12/04/2019 Reg. Nº526
Pedro Martin Pereyra Iraola - Matrícula: 4140 C.E.C.B.A.
e. 07/05/2019 N30649/19 v. 07/05/2019

REMADEX 2S.A.

La Asamblea del 22/04/19 reformó el Art. 3 Objeto Social, quedando así redactado: La prestación de servicios vinculados o complementarios a las actividades inmobiliarias y, en particular, el servicio de soporte administrativo y de marketing necesario para el establecimiento de inmobiliarias y el desarrollo de actividades inmobiliarias, incluyendo, pero sin limitarse a las siguientes actividades: prestación de servicios de publicidad y propaganda,

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Boletín Oficial de la República Argentina del 07/05/2019 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date07/05/2019

Page count135

Edition count9400

First edition02/01/1989

Last issue23/07/2024

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