Boletín Oficial de la República Argentina del 22/03/2018 - Segunda Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.837 - Segunda Sección
124

Jueves 22 de marzo de 2018

Códigos de ética y conducta La Entidad adhiere a las mejores prácticas en la materia y requiere a todos sus empleados para que actúen de acuerdo con los más altos niveles de integridad personal y profesional en todos los aspectos de sus actividades.
Asimismo, considera fundamental el acatamiento de su Código de conducta y demás políticas y procedimientos que regulan la conducta de sus empleados. Asimismo, el Código de ética para Directores y funcionarios complementa el Código de conducta de la Entidad.
Se ha implementado para Banco Macro SA y sus subsidiarias significativas, la Línea Ética de Grupo Macro, administrada por un tercero independiente, lo que asegura los tres principios rectores de este tipo de canales de denuncia, anonimato, confidencialidad y transparencia. Las denuncias pueden ser canalizadas por diversos medios, como ser el telefónico, web, mail, fax y presencial. Se dispone de mayor información al respecto, en el sitio web www.macro.com.ar, en el link Línea Ética y Transparencia.
Rol de agente financiero La Entidad es agente financiero de las Provincias de Misiones, Salta y Jujuy. Asimismo la entidad controlada Banco del Tucumán SA, es agente financiero de la Provincia de Tucumán y de la Municipalidad de San Miguel de Tucumán. Ver adicionalmente Notas 2.1. a 2.4.
Transacciones con partes relacionadas - Política de conflicto de intereses Como entidad financiera autorizada, cumple con las disposiciones y deberes de información establecidos en la Ley de Entidades Financieras y Cambiarias Nº21.526 y las reglamentaciones emitidas por el Órgano de contralor BCRA.
De acuerdo con lo establecido por las leyes Ley General de Sociedades N 19.550, regulaciones específicas aplicables Ley de Mercado de Capitales y su reglamentación, las normas contables profesionales Resolución Técnica N 21 y lo sugerido por las mejores prácticas, la Entidad informa sobre las operaciones con partes relacionadas, en notas a los Estados contables. Dichas operaciones son efectuadas en condiciones habituales de mercado. Ver adicionalmente Notas 9. y 3. a los Estados contables individuales y consolidados, respectivamente.
Conforme a la legislación vigente, los directores tienen la obligación de realizar sus funciones con la lealtad y la diligencia de un hombre de negocios prudente. Los directores son responsables conjunta y solidariamente ante la Entidad, los accionistas y terceros por la mala ejecución de sus funciones, por violar la ley, los estatutos y reglamentos, en su caso, y asimismo a reparar los daños causados por el fraude, abuso de autoridad o negligencia.
Se consideran deberes leales de un director: i la prohibición de utilizar activos de la empresa y la información confidencial a la que tenga acceso con fines privados, ii la prohibición de aprovechar, o permitir a otro para aprovechar, por acción u omisión, de las oportunidades de negocio de la Entidad, iii la obligación de ejercer las facultades como director sólo para los fines para los cuales la ley, los estatutos de la Entidad o la voluntad de los accionistas o Directorio han pretendido, y iv la obligación de cuidado estricto para que los actos emanados del Directorio, no tengan efectos directos o indirectos, contra los intereses de la Entidad.
Un director debe informar al Directorio y al Comité de Auditoría sobre cualquier conflicto de intereses que pueda tener en una propuesta de transacción y debe abstenerse de votar al respecto.
Información pública La información relativa al Gobierno Societario de la Entidad se encuentra alcanzada por la política de transparencia contenida en dichos preceptos, por lo que se encuentra disponible para el conocimiento del público interesado en el sitio web www.macro.com.ar Conocenos - Relaciones con Inversores, exponiendo asimismo algunos lineamientos en otras notas y anexos de los presentes Estados contables. Asimismo información pública de la Entidad se expone en el sitio web del BCRA www.bcra.gob.ar y en el sitio de la CNV www.cnv.gob.ar.
Asimismo la Entidad publica el Informe de Disciplina de Mercado, conforme los lineamientos establecidos por BCRA para dicho régimen de exteriorización, conforme los criterios del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea, el que se encuentra disponible en la web de la Entidad.
21. SANCIONES APLICADAS Y SUMARIOS INICIADOS POR EL BCRA Y CIERTOS REGULADORES
La Comunicación A 5689 del BCRA, sus complementarias y modificatorias, exigen a las entidades financieras revelar en sus estados contables cierta información relacionada con sumarios iniciados y sanciones dispuestas por ciertos reguladores, independientemente de los montos involucrados y de las estimaciones sobre las conclusiones finales de cada causa. La información requerida, al 31 de diciembre de 2017, se describe a continuación:
21.1. Sumarios iniciados por el BCRA
Sumario penal cambiario: N6545 de fecha 03/09/2015.
Motivo: supuesta infracción del artículo N 1 incs. e y f de la LPC, así como de las disposiciones de la Comunicación A 5264, sus modificatorias y complementarias al realizar operaciones de cambio con un cliente sin la documentación que avale la genuinidad de la operatoria.
Personas sumariadas: Banco Macro SA y responsables de Comercio Exterior y Cambio Susana Lerman, José Luis Vejo, Jorge Francisco Scarinci, Horacio Ricardo Javier Sistac, Carlos Daniel Gómez y Oscar Luis Romero.
Estado: el 11/11/2015 Banco Macro SA y las personas físicas sumariadas presentaron sus descargos ofreciendo prueba y solicitando su absolución. Asimismo mediante resolución del 23/05/2016 el BCRA resolvió no hacer lugar al planteo de prescripción de la acción penal cambiaria invocado por los sumariados. Contra dicho rechazo se presentó con fecha 31/05/2016 un planteo de nulidad con apelación en subsidio. Con fecha 11/07/2016 el BCRA

About this edition

Boletín Oficial de la República Argentina del 22/03/2018 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date22/03/2018

Page count226

Edition count9414

First edition02/01/1989

Last issue06/08/2024

Download this edition

Other editions

<<<Marzo 2018>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031