Boletín Oficial de la República Argentina del 15/05/2017 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Lunes 15 de mayo de 2017

Segunda Sección
den ser socios o no. Mediante Reunión de Socios se podrá designar a un gerente suplente por el mismo plazo a fin de cubrir las vacantes que puedan surgir. Tanto los gerentes titulares como el suplente se desempeñarán en su cargo indefinidamente, y ejercerán sus cargos hasta que sean sustituidos por otros gerentes designados mediante Reunión de Socios. En caso de ausencia, renuncia o cualquier otro impedimento de algún gerente titular, el gerente suplente asumirá el cargo. Los gerente deberán presentar una garantía de $50.000.- PESOS CINCUENTA MIL
que puede incluir bonos, títulos públicos o sumas de dinero en moneda nacional o extranjera depositados en entidades financieras o depositarias de valores en nombre de la Sociedad, y/o avales, garantías bancarias u otras garantías o seguro de responsabilidad civil en el nombre de la Sociedad, y/o cualquier otro tipo de garantía previsto por las leyes aplicables, que se concederá de acuerdo con la legislación vigente. El gerente será el representante legal de la Sociedad y estará a cargo de la ejecución de las operaciones de la Sociedad. La representación legal prevista en este Artículo se entiende que es indistinta, pudiendo cada gerente titular obligar a la sociedad, sin perjuicio de los poderes especiales o generales que el gerente está facultado a conceder, y en virtud de lo cual otras personas pueden ejercer dicha representación legal en caso de que el gerente así lo determine. Se acuerda además que el gerente o apoderado general o especial puede ejercer la representación legal individualmente ante los tribunales de cualquier jurisdicción, organismos gubernamentales y entidades autárquicas. Las facultades y obligaciones del gerente incluyen: a representar a la Sociedad; b administrar los negocios y bienes de la Sociedad, con plenas facultades de conformidad con las disposiciones legales vigentes y el presente Estatuto. Por lo tanto, sujeto a las restricciones descritas en el Artículo XI, el gerente podrá comprar, vender, hipotecar, gravar e intercambiar muebles, bienes inmuebles y ganado, constituir y aceptar prendas, seguro de garantía, anticresis, hipotecas y cualquier otro derecho real dentro o fuera el país, otorgar y/o solicitar préstamos dentro o fuera del país, adquirir, transferir o efectuar adelantos de dinero en contraprestación por cualquier tipo de pagarés, préstamos, cuotas, emitidos o a ser pagados por individuos, el Estado, nacional, provincial, municipal u otras entidades autárquicas del Estado y de Estados extranjeros, solicitar formalmente de y/o negociar cualquier tipo de concesiones y préstamos con las autoridades nacionales, provinciales o municipales, públicas y/o entidades gubernamentales autárquicos y/o autoridades públicas extranjeras; c abrir cuentas corrientes con o sin fondos, girar cheques u operar en descubierto, emitir, librar, aceptar y endosar letras de cambio, bonos, pagarés y otros documentos de comercio, operar con el Banco de la Nación Argentina, Banco de la Provincia de Buenos Aires, Banco Nacional de Desarrollo, el Banco Hipotecario Nacional, Banco Central de la República Argentina y otros bancos gubernamentales, privados o mixtos, nacionales o extranjeros, actuales o futuros, sus sucursales o agencias en el país o en el extranjero y aceptar las regulaciones pertinentes; d emitir cartas de crédito, otorgar garantías y bonos requeridos para las operaciones relacionadas con el curso normal de los negocios;
e celebrar cualquier acuerdo de asociación, acuerdos de consignación, contrato de agencia, contratos de depósito relacionados con el curso normal de los negocios, establecer sus cláusulas y condiciones y emitir certificados al portador correspondientes o el asiento en los libros, emitir warrants; f someterse a tribunales arbitrales o amigables componedores, transigir cuestiones judiciales o extrajudiciales; g suscribir o comprar y vender acciones y cuotas de otras sociedades, sociedades en proceso de liquidación, adquirir los activos y/o pasivo, constituir sociedades en su propio nombre o a través de terceros, incluyendo empresas conjuntas, o adquirir participaciones en sociedades existentes o que puedan constituirse; h recibir cualquier suma adeudada a la Sociedad o a terceros representados por la Sociedad;
i hacer novaciones de deudas y remisiones; j cumplir y hacer cumplir las resoluciones adoptadas en Reuniones y previstas en el presente Estatuto; k adquirir y transferir marcas de fábrica o marcas, patentes de invención y modelos y diseños industriales; l resolver todo aquello que, al no estar contemplado el presente documento, no incumbe a la Reuniones de Socios; m revocar en cualquier momento los poderes otorgados a terceros; n acordar, otorgar y revocar poderes generales y especiales, otorgados a apoderados, agentes, representantes o terceros; o promover y responder toda acción judicial o extrajudicial en interés de la Sociedad, designando a tal efecto los apoderados o asesores que estime conveniente y fijar su remuneración; p convocar a Reunión de Socios conforme a lo dispuesto en este documento y en la legislación vigente; q presentar cada año en la Reunión de Socios el Informe Anual, el Inventario, el Balance General y el Estado de Resultados de la Sociedad, y, en general, establecer el orden del día que debe considerarse en la Reunión de Socios; r decidir sobre la asignación de los dividendos provisorios autorizados por la legislación vigente, con base en los ingresos netos, rendir este hecho ante la Inspección General de Justicia y siempre que su verificación y otras formalidades de distribución cumplan con las disposiciones legales; s nombrar agentes o representantes en cualquier lugar y fijar su remuneración o comisión; t realizar cualquier otro acto de disposición, adquisición o administración que considere necesario o conveniente y que esté directa o indirecta-

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.624

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mente relacionado con el objeto de la Sociedad; ya que la enumeración anterior es a título enunciativo, el gerente está facultado para llevar a cabo cualquiera de los actos previstos en los artículos 371 y 1535 del Código Civil y Comercial y el artículo 9 del Decreto 5965/63, sus partes relacionadas se considera que han sido aquí transcriptas. Se designa Gerente a Roberto Germán COLATRUGLIO y se ratifica en el cargo a Mariano Aníbal BUSTOS, ambos constituyen domicilio especial en la calle Don Bosco 3759, Piso 2, Dpto. D CABA.
Autorizado según instrumento público Esc. Nº390 de fecha 27/04/2017
Reg. Nº2130
Pablo Caballero - Matrícula: 5288 C.E.C.B.A.
e. 15/05/2017 N31643/17 v. 15/05/2017

INSUTEXS.R.L.
Por resolución del 8/5/2017 se designó gerente a Emanuel Ezequiel Roberto LEURINI con domicilio especial en Dr. Ramon Carrillo 64, Planta Baja Dto. 3, CABA y se reformó el art. 6 del estatuto estableciendo el mandato de los gerentes por la duración de la sociedad. Autorizado según instrumento privado contrato de fecha 08/05/2017
Martín Alberto Fandiño - T: 67 F: 192 C.P.A.C.F.
e. 15/05/2017 N31868/17 v. 15/05/2017

LAMEDITERRANEA GOURMETS.R.L.
Constitución de sociedad. 1 LA MEDITERRANEA GOURMETS.R.L. 2
Instrumento Privado del 09-05-2017. 3 Rafael DE SOUSA NAVARRO, venezolano, soltero, nacido el 27-02-1974, comerciante, Pasaporte Venzolano Nº077119256, CDI 20-60449949-7, con domicilio real y especial en Sinclair 2965, Piso 8, Departamento G, CABA; Cesar David RIVERO LAVERDE, venezolano, soltero, nacido el 29-12-1977, comerciante, con Pasaporte Venezolano Nº137589865, CDI 23-60449987-9, con domicilio real y especial en Sinclair 2965, Piso 8, Departamento G, CABA; Maximiliano Guillermo MANCILLA, argentino, soltero, nacido el 30-10-1984, comerciante, DNI 30679808, CUIT 20-30679808-2, con domicilio real y especial en Avenida Libertador 7336, Piso 4, Departamento A, CABA; y Carlos Alberto MANCILLA, argentino, soltero, nacido el 02-09-1966, comerciante, DNI 14079113, CUIT 20-14079113-0, con domicilio real y especial en Avenida Libertador 7336, Piso 4, Departamento A, CABA. 4 99 años contados a partir de su inscripción. 5 Objeto: Desarrollo de actividades gastronómicas en toda su extensión, en locales propios y/o de terceros, fabricación, elaboración, distribución, compra, venta, consignación, importación y exportación de productos o mercaderías vinculadas o conexas con esta actividad. Servicios de catering, explotación de concesiones gastronómicas, bares, confiterías, restaurantes, pizzerías y/o patios de comidas, distribución de comidas preelaboradas y elaboradas y demás actividades afines a la gastronomía. 6 Capital: $50.000.- 7 Administración a cargo de uno o varios gerentes, socios o no en forma individual e indistinta, por todo el término de la duración de la sociedad. 8 31-05 de cada año. 9 Avenida Libertador 7336, Piso 4, Departamento A, CABA. Se designa gerente:
Rafael DE SOUSA NAVARRO y Maximiliano Guillermo MANCILLA.
Autorizado según instrumento privado contrato constitutivo de fecha 09/05/2017
Patricia Peña - Habilitado D.N.R.O. N2721
e. 15/05/2017 N31656/17 v. 15/05/2017

LIGHTFUELS.R.L.
Constitución de sociedad: 1 LIGHTFUELS.R.L.; 2 Instrumento privado del 10/05/2017; 3 Matías LIX KLETT, D.N.I. 29.951.264, nacido el 1/12/1982, argentino, soltero, fotógrafo, con domicilio real y especial en Gorriti 3808, C.A.B.A.; y Celeste NAJT, D.N.I. 30.408.018, nacida el 9/07/1983, argentina, soltera, fotógrafa, con domicilio real en Las Heras 2925 piso 13 dpto.
62, C.A.B.A.; 4 Tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, dentro y/o fuera del país, a las siguientes actividades: Producción de largometrajes, cortometrajes, filmes publicitarios, programas de televisión y cualquier otro tipo de producción de contenido audiovisual y/o vinculación con la industria del cine y/o televisión; y la prestación de servicios relacionados con las actividades cinematográficas, publicitarias, televisivas y de la fotografía, mediante la representación, producción, prestación o intervención en las actividades mencionadas, y toda otra conexa, accesoria o complementaria.; 5 99 años contados a partir de su inscripción; 6 Capital: $50.000; 7 Cierre: 31/12; 8 Se designa Gerente a: Matías LIX KLETT; 9 Gorriti 3808, C.A.B.A. Autorizado según instrumento privado Constitutivo de fecha 10/05/2017
Ignacio Esteban Morillas - T: 113 F: 926 C.P.A.C.F.
e. 15/05/2017 N31875/17 v. 15/05/2017

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Boletín Oficial de la República Argentina del 15/05/2017 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date15/05/2017

Page count62

Edition count9415

First edition02/01/1989

Last issue07/08/2024

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