Boletín Oficial de la República Argentina del 13/11/2014 - Segunda Sección

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Jueves 13 de noviembre de 2014
año posterior al del cese de su mandato en caso de no haber plazo legal. Los administradores designados en calidad de suplentes no estarán obligados al cumplimiento de la garantía sino a partir del momento en que asuman el cargo efectivamente en reemplazo de titulares cesantes para completar el período que corresponda. La garantía será prestada en un todo de acuerdo a lo dispuesto por las normas vigentes.- Artículo 10: En la primera reunión que se celebre el Directorio designará de su seno al Presidente y uno o dos Vicepresidentes, de entre los directores electos por los accionistas Clase A y de la Clase B, pudiendo designar un Secretario y un Tesorero de entre los directores designados por cualquiera de las clases. El quórum será de la mayoría absoluta de sus integrantes y sus resoluciones se adoptarán por más de la mitad de votos presentes, correspondiendo al Presidente doble voto en caso de empate. Se reunirán cuantas veces sea necesario y por lo menos una vez cada tres meses, convocados por el Presidente, quien también lo hará cuando lo requiera cualquiera de los directores o la Comisión Fiscalizadora, dentro del quinto día de recibido el pedido.- El Directorio podrá funcionar con sus miembros presentes o comunicados entre sí por otros medios de transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras. En este sentido, las reuniones de Directorio podrán tener lugar utilizando los medios mencionados siempre que la identidad de los presentes pueda ser debidamente verificada y garantizada su participación en tiempo real en las discusiones atinentes a los distintos puntos del Orden del Día.
Queda expresamente establecido que la presencia de los Directores que participen de reuniones a distancia será considerada a los efectos del cómputo del quórum necesario para el desarrollo de la reunión. Las reuniones de Directorio celebradas de acuerdo a los procedimientos señalados se tendrán como llevadas a cabo en la sede social de la compañía, donde se extenderán y firmarán los libros societarios, dejándose constancia en el acta de los sujetos y el carácter en que participaron en el acto a distancia, el lugar donde se encontraban y los mecanismos técnicos utilizados. En el caso de reuniones a distancia del órgano de administración, las actas serán confeccionadas y firmadas dentro de los cinco 5 días hábiles de celebrada la reunión por los miembros presentes y el representante del órgano de fiscalización. Cuando como consecuencia de problemas técnicos o de conexión una reunión de Directorio no pudiera ser celebrada en la fecha y hora preestablecidas, la reunión no se considerará válida y deberá convocarse a una nueva reunión de Directorio para una hora y/o fecha posterior. Asimismo, cuando se hubiera dado comienzo a una reunión de Directorio y problemas técnicos o de conexión impidieran su continuación, el Presidente deberá suspender dicha reunión, sin perjuicio de que todas las decisiones previas que hubieran sido tomadas hasta el momento de la suspensión se considerarán plenamente válidas. En caso de que uno de los Directores objetara o impugnara la validez o el contenido de las discusiones de una reunión llevada a cabo por medio de los mecanismos técnicos utilizados, el registro óptico y auditivo de dicha conferencia podrá ser utilizado para probar la presencia del Director impugnante. En todos los casos de reuniones celebradas a distancia, el representante de la Comisión Fiscalizadora deberá dejar expresa constancia de la regularidad de las decisiones adoptadas. Artículo 11: La representación de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio, o al Vicepresidente en Ejercicio en ausencia del Presidente que se designe al efecto. Artículo 12: El Directorio tiene todas las facultades para dirigir los negocios sociales y administrar o disponer de sus bienes, no reservadas por la ley o este Estatuto a la Asamblea, inclusive aquellas para las cuales los artículos 782, 806 y 1881 del Código Civil y 9, título 10, libro 2 del Código de Comercio, requieren poderes especiales. Puede en consecuencia celebrar toda clase de actos jurídicos y en especial, está a su cargo: a Cumplir y hacer cumplir el Estatuto y las resoluciones de las Asambleas; b Proveer con toda amplitud al desenvolvimiento del objeto social;
c Organizar un Comité Ejecutivo, únicamente con los Directores que tengan a su cargo la gestión de los negocios ordinarios; d Nombrar Gerentes Generales o Especiales, sean Directores o no, delegándoles las funciones que viere corresponder, y el restante personal; designar apoderados; agentes o representantes;
fijar remuneraciones ordinarias o especiales y
Segunda Sección acordar gratificaciones; e Establecer sucursales o agencias en el país o en el exterior, cerrarlas o cancelarlas; f Realizar toda clase de operaciones con Bancos Oficiales o Privados, Nacionales o Extranjeros, y en especial con los Bancos de la Nación Argentina, Banco de Desarrollo Industrial, Caja Nacional de Ahorro y Seguro y Banco de la Provincia de Buenos Aires; g Comparecer en juicio ante las distintas jurisdicciones y fueros, en el país o en el exterior, como actora o demandada, denunciar y querellar, apoderando a funcionarios o terceros, con las atribuciones que viere convenir y las mismas que el Presidente para absolver posiciones; h Tomar y dar préstamos en dinero, garantizados o no, abrir cuentas corrientes, aceptar o conceder créditos en cuenta corriente y girar en descubierto; i Prestar cauciones y acordar avales o garantías requeridos por operaciones derivadas del giro normal de los negocios sociales; j Aceptar mandatos y representaciones y conferir poderes generales o especiales y revocarlos; k Dar en pago parcial o total de bienes que se incorporen a la sociedad, o de obligaciones que ésta adeude o contraiga, acciones de la misma, cuando la emisión de éstas haya sido efectuada con esa autorización y los precitados bienes u obligaciones representen un valor no inferior al importe nominal de las acciones correspondientes; l Hacer cumplir las resoluciones de las Asambleas Ordinarias sobre emisión de acciones y pago de dividendos sean estos provisorios y/o definitivos como así también de Capitalización de Revalúos Contables; ll Convocar las Asambleas y presentar anualmente la Memoria, el Balance y demás Estados Contables del ejercicio cerrado; proponer el Dividendo y los demás puntos que deban ser considerados por las Asambleas.- Esta enumeración es meramente enunciativa y no taxativa y el Directorio está facultado para resolver todos los actos necesarios o convenientes para el cumplimiento de los fines sociales que no sean privativas de las Asambleas.- TITULO V.- DEL BALANCE Y DISTRIBUCION DE LOS BENEFICIOS.- Artículo 13: El ejercicio comienza el 1ºde Enero y se cierra el 31 de Diciembre de cada año.- Las utilidades realizadas y líquidas que arroje el Balance serán distribuidas de las siguiente manera: a cinco por ciento a la Reserva Legal hasta que ésta alcance el veinte por ciento del capital; b las sumas que la Asamblea resuelva, dentro de las prescripciones legales vigentes, para honorarios del Directorio que deberá comprender la retribución de las tareas previstas en el artículo 12, inc. c, o para gratificaciones especiales que ella fije;
c el saldo, todo o en parte, a dividendo de las acciones en circulación o a la constitución o incremento de reservas o fondos o a cuenta nueva o al destino que fije la Asamblea, determinando si los mencionados dividendos serán abonados en efectivo o en acciones.- La Comisión Fiscalizadora será remunerada por la Asamblea que considere su gestión quien fijará sus honorarios con cargo a costos generales del ejercicio siguiente. A los fines de la determinación de los honorarios del Directorio y la Comisión Fiscalizadora, se estará a la legislación vigente y las Normas de la Comisión Nacional de Valores.- Artículo 14: Los dividendos no cobrados hasta tres años después del día en que se pusieran a disposición prescriben en beneficio de la sociedad e ingresarán a la Reserva Legal.- TITULO VI.- DEL ORGANO
DE FISCALIZACION.- Artículo 15: La fiscalización de la sociedad será ejercida por una Comisión Fiscalizadora integrada por tres síndicos titulares, designados por la Asamblea, la que también designará tres síndicos suplentes que cubrirán las vacantes por el orden de su elección.- Artículo 16: Los Síndicos durarán un año en sus cargos, pudiendo ser reelegidos indefinidamente.- Sus resoluciones se tomarán por mayoría y sus atribuciones y deberes son los asignados por las disposiciones vigentes.- Para su cumplimiento deberán reunirse por lo menos una vez cada tres meses o cuando lo solicite cualquiera de ellos, dejándose constancia de las sesiones celebradas y de las decisiones acordadas en un libro de Actas. En su primera reunión deberán resolver la modalidad de su actuación frente a lo dispuesto por los artículos 212 y 294 de la Ley 19.550.- TITULO VII.- DE LA DISOLUCION Y LIQUIDACION.Artículo 17: Para el caso de disolución, la liquidación se practicará por el Directorio o la Comisión Liquidadora designada por la Asamblea que hubiera resuelto la disolución con intervención de la Comisión Fiscalizadora.-La Asamblea fijará, además, las normas a que se ajustarán los liquidadores, determinará su re-

BOLETIN OFICIAL Nº 33.010

muneración y decidirá las cuestiones vinculadas a la disolución, liquidación y extinción de la sociedad, con las mismas atribuciones que tuviera durante su existencia, aprobando la cuenta final.- DISPOSICIONES VARIAS. Artículo 18: Los casos no previstos en este Estatuto se resolverán con arreglo a las disposiciones legales en vigor. Designado según instrumento privado acta de directorio de fecha 26/04/2012.
Presidente - Laerte Muzi e. 13/11/2014 Nº88625/14 v. 13/11/2014

EUROMAYOR
SOCIEDAD ANONIMA
DE INVERSIONES

EUROMAYOR S.A. DE INVERSIONES informa que, por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de fecha 30/04/2014, se resolvió: i aprobar el traslado del domicilio social de la sociedad a la Ciudad de Córdoba, capital de la provincia de igual nombre, reformando el artículo 1 del Estatuto Social; ii aceptar la renuncia presentada por los Sres. Antonio Goitisolo, Simon Altkorn Monti y Gustavo Daniel Rudolph, a sus cargos de Directores Titulares designados por la Asamblea Especial Clase B y del Sr. Carlos Leandro Martín, a su cargo de Director Titular designado por la Asamblea Especial Clase C; iii aprobar la reducción a cinco 05 de los miembros titulares del Directorio, hasta la finalización del mandato en curso; iv designar al Sr. Alberto Metreb Baracat y a la Sra. Claudia Beatriz Valentino, como Directores Titulares por la Clase B, para cubrir los cargos vacantes hasta completar el período de mandato en curso.
Asimismo, por reunión de Directorio de fecha 30/04/2014, se fijó la sede social de la Sociedad, en la dirección sita en Avenida Rafael Nuñez 5220, piso 2º, Código Postal X5021JLO
de la ciudad de Córdoba, provincia del mismo nombre; y se distribuyeron los cargos del Directorio de la siguiente manera: Presidente:
Laerte Muzi; Vicepresidente: Lucas Leopoldo Ruben; Directores Titulares: Alberto Metreb Baracat, Claudia Beatriz Valentino; Directores Suplentes: María Florencia Gomez, Alberto Luis Basañes Vargas; constituyendo todos ellos domicilio especial en Avenida Presidente Roque Sáenz Peña Nº1142, 3ºpiso, Oficina B CP C1035AAT de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Designado según instrumento privado acta de directorio de fecha 26/04/2012.
Presidente - Laerte Muzi e. 13/11/2014 Nº88626/14 v. 13/11/2014

FUINSO
SOCIEDAD ANONIMA

Por Escritura Nº 253 del 21/10/14, Fº 680
Registro Notarial 1929 de C.A.B.A.; SOCIOS:
Young Ki Kong, casado, coreano, empresario, nacido el 20/07/55, DNI 93.720.604, domiciliado en Fournier 2141, C.A.B.A. y Jorge Omar Godoy, casado, argentino, empresario, nacido el 17/01/46, DNI 8.700.701, domiciliado en Av. Federico Lacroze 2045
piso 1º Dpto. A, C.A.B.A.; Denominación:
FUINSO S.A.; Domicilio: Avenida Córdoba 1432, piso 5º, departamento A de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Objeto: creación y explotación de portales de internet, especialmente dentro del área periodística, edición, publicidad, impresión y distribución de periódicos, revistas y afines en papel, formato digital, Internet o cualquier otro medio, compra, venta, exportación, importación de todo tipo de servicios relacionados con la actividad descripta y a toda actividad que se relacione con el ámbito de la información, servicios y publicidad; Plazo: 99 años; Capital: $100.000.-; Administración: Directorio integrado de 1 a 5 miembros por 3 ejercicios.
Fiscalización: Prescindencia; Presidente:
Young Ki Kong y Director Suplente: Jorge Omar Godoy, quienes constituyen domicilio especial en la sede social; Representación legal: Presidente; Cierre del ejercicio: 30
de Junio de cada año.- Autorizado según instrumento público Esc. Nº 253 de fecha 21/10/2014 Reg. Nº1929.
Ana María Telle Tº: 68 Fº: 43 C.P.C.E.C.A.B.A.
e. 13/11/2014 Nº88181/14 v. 13/11/2014

GEODIS LOGISTICS ARGENTINA

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SOCIEDAD ANONIMA
Por asamblea general ordinaria y extraordinaria del 13/05/2011 se resolvió:1 fijar en uno el número de Director Titular y en uno el de Director Suplente, designándose a Pablo Alejandro Pinnel y Marcelo Eduardo Gallo respectivamente, quienes fijan domicilio especial en Av. Eduardo Madero 1020 Piso 5 CABA,2
reformar el art. 9 del Estatuto Social adecuando el régimen de garantías de los administradores a $10.000 Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 13/05/2011.
Maria Veronica Izaguirre Tº: 104 Fº: 218 C.P.A.C.F.
e. 13/11/2014 Nº88157/14 v. 13/11/2014

GEOPETROL
SOCIEDAD ANONIMA

Se deja constancia que: a por Acta de Asamblea Extraordinaria de fecha 15/06/2005 se resolvió: I Aumento de Capital: Capital Anterior:
$ 0,0012; Monto del aumento: $ 217.799,0088;
Capital Resultante: $ 218.000,00; Composición Capital Resultante: 218.000 acciones ordinarias, no endosables de Valor Nominal $ 1,00 cada una; II Reformar los Artículos Tercero, Cuarto y Quinto del Estatuto Social;
b por Acta de Asamblea Extraordinaria de fecha 29/04/2007 se resolvió: I Aumento de Capital: Capital Anterior: $ 218.000,00; Monto del aumento: $ 7.000,0; Capital Resultante:
$225.000,00; Composición Capital Resultante:
225.000 acciones ordinarias, no endosables de Valor Nominal $1,00 cada una; II Reformar los Artículos Tercero y Octavo del Estatuto Social.- Fernando Luis Koval, D.N.I. 27.089.865, autorizado por Escritura Publica Nº94 de fecha 29/10/2014 pasada al folio 242 del Registro Notarial 1398 de Capital Federal.Fernando Luis Koval Tº: 283 Fº: 052 C.P.C.E.C.A.B.A.
e. 13/11/2014 Nº87911/14 v. 13/11/2014

GIOMERO PRODUCCIONES
SOCIEDAD ANONIMA
Por escritura del 16/10/14 se constituyó la sociedad. Socios: Laura Elena GIORDANO
LA ROSA, 3/11/60, D.N.I. 14.188.542, Pedro de Mendoza 2277, Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires y Yolanda ROMERO, 22/1/47, D.N.I. 5.296.270, Avenida de los Corrales 6542, Cap. Fed., ambas argentinas, casadas, empresarias; Plazo: 99 años;
Objeto: 1 Promoción, creación, producción, realización, dirección, de eventos y espectáculos, dentro del campo de la publicidad, y la comercialización de espacios de publicidad en todas sus formas. 2 La producción de comerciales y espacios de publicidad ya sea a través de espectáculos teatrales, programas de televisión y radio y sitios de internet.
3 Soporte, logística, comercialización de equipos relacionados con las producciones en el campo de la publicidad como ser equipos de iluminación, cámaras de filmación y sobre todo tipo de equipos electrónicos;
Capital: $100.000; Cierre de ejercicio: 31/8;
Presidente: Laura Elena Giordano La Rosa y Director Suplente: Yolanda Romero, ambos con domicilio especial en la sede; Sede:
Blanco Encalada 3477 piso 1 departamento B, Cap. Fed. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 656 de fecha 16/10/2014
Reg. Nº536.
Gerardo Daniel Ricoso Tº: 95 Fº: 2 C.P.A.C.F.
e. 13/11/2014 Nº88196/14 v. 13/11/2014

HALDOR TOPSOE AMERICA LATINA
SOCIEDAD ANONIMA
Por Asamblea Gral. Extraordinaria del 20/10/2014 se resolvió: i aumentar el capital social en $ 10.000, llevándolo de $ 300.000 a $310.000; ii fijar una prima global de emisión de $ 4.116.211 y iii reformar el Artículo Cuar-

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Boletín Oficial de la República Argentina del 13/11/2014 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date13/11/2014

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